
La COVID 19 ha superado todos los negocios desde marzo de 2020 y cada vez es más difícil para las empresas y los establecimientos cumplir con todos los requisitos legales a tiempo, y la crisis de liquidez también está afectando con fuerza.
Las fábricas y establecimientos también están obligados a pagar los salarios y salarios a sus trabajadores y empleados durante estos períodos afectados. Con el pago del salario, Cumplimiento de ESIC y EPF ven conmigo.
Para proporcionar algunas relajaciones a los establecimientos sin afectar los ingresos de los trabajadores, el gobierno ha propuesto varias medidas de ayuda por parte de la EPF y la ESIC durante el covid-19 en relación con los requisitos de cumplimiento con respecto a la ESIC y la EPF.
Además, el gobierno se ha ofrecido a contribuir a las cuentas de los empleados de la EPF para reducir la carga financiera de las fábricas.
En este artículo, hemos discutido todas las relajaciones ofrecidas por el gobierno central para evitar esta epidemia.
Para hacer frente a la situación sin precedentes de COVID 19, el gobierno central ha permitido un período de gracia de 30 días (de 16la De abril de 2020 al 16la mayo de 2020) para presentar la declaración electrónica cum Challan (ECR) para el mes de marzo de 2020.
En ECR archivado hasta 15la En mayo de 2020, el empleador debe declarar la fecha real de desembolso de los salarios del mes de marzo de 2020 en ECR y remitir la contribución y los gastos administrativos/de inspección el 15 de mayo de 2020 o antesla Mayo de 2020.
Fuente: (No. C-I/Misc./2019-20/Vol.II/Part./9 de fecha 15la (abril de 2020)
Fuente: No. C-I/Misc./2019-20/Vol.II/Part./9 de fecha 15la abril de 2020, No. C-I/Misc./2020-21/Vol.I./1112 de fecha 15la mayo de 2020
Bajo Paquete Atmanirbhar Bharat, la tasa legal de contribución a la EPF tanto para el empleador como para el empleado se ha reducido del 12% al 10%.
La fecha reducida de la EPF se aplica a los meses de mayo de 2020, junio de 2020 y julio de 2020.
La tasa reducida de la EPF se aplica a todas las clases de establecimientos cubiertos por la Ley de la EPF y el MP de 1952, excepto:
La tarifa reducida no se aplica a los establecimientos que reúnen los requisitos para recibir las prestaciones del PMGKY, ya que el Gobierno Central aporta la totalidad de las contribuciones de los empleados y los empleadores (que representan un total del 24% de los salarios).
No hay cambios en las tasas administrativas (el 0,5% de los salarios de la EPF) y las contribuciones a la EDLI (el 0,5% de los salarios) que paga el empleador.
Fuente: Notificación fechada el 18 de mayo de 2020
El Gobierno Central anunció el paquete Pradhan Mantri Garib Kalyan Yojana (PMGKY) para ayudar a los pobres a luchar contra la pandemia de la COVID-19.
Como parte de este paquete, el gobierno central anunció que depositaría tanto la contribución del empleador (12%) como la contribución de los empleados (12%) en la cuenta de la EPF durante tres meses: marzo de 2020, abril de 2020 y mayo de 2020.
Solo las organizaciones que tengan empleados de hasta el 100 y el 90% o más de esos empleados deberían cobrar un salario mensual inferior a 15 000 INR.
Empleados elegibles para cotizar:
Fuente: Pradhan Mantri Garib Kalyan Yojana
Antes, el pago de la contribución y los gastos administrativos/de inspección es un requisito previo para presentar el ECR.
Sin embargo, para que los establecimientos puedan cumplir con los requisitos sin problemas durante el bloqueo, la declaración electrónica Cum Challan (ECR) se puede presentar sin el pago simultáneo de la contribución.
El ECR no caducará y también estará disponible para su pago en una fecha futura.
Las cuotas pueden remitirse dentro de la fecha límite o dentro de un plazo extendido, si lo hubiera, según lo anunciado por el Gobierno Central. El gobierno central ha renunciado a cualquier indemnización por el retraso en el depósito de la contribución durante el período de bloqueo.
Aquellas entidades que sean elegibles para el esquema PMGKY, pueden presentar una declaración para el mes de marzo de 2020 y abril de 2020 hasta el 15la Mayo de 2020.
Fuente: PREGUNTAS FRECUENTES: PRESENTACIÓN DE ECR Y PAGO DE CONTRIBUCIONES
En la lucha contra la COVID-19, todas las fábricas y establecimientos están cerrados temporalmente. Durante este período, los empleados y trabajadores pueden quedarse sin fondos. Por lo tanto, el gobierno ha permitido a los empleados aceptar anticipos no reembolsables de la EPF que trabajan en establecimientos y fábricas.
Cualquier miembro del esquema de la EPF con un UAN (número de cuenta universal) empleado en cualquier fábrica o establecimiento es elegible para recibir anticipos.
El importe del reembolso se permite al menos de los siguientes importes:
Dado que la retirada no es reembolsable, no es necesario reembolsar el importe.
El proceso de solicitud anticipada también es completamente en línea. Por lo tanto, cualquier empleado puede solicitar dicha cantidad si su UAN está validado en Aadhar y el KYC de la cuenta bancaria y el número de teléfono móvil están ingresados en UAN.
Fuente: (No. C_I/Misc./2019-20/Vol.II/Part/ de fecha 28la marzo de 2020)
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL AVANCE DE LA EPF PARA COMBATIR LA PANDEMIA DE COVID-19
El artículo 14B de la Ley EPF de 1952 prevé la recuperación de los daños y perjuicios del empleador que no pague la contribución antes de la fecha de vencimiento.
Durante esta epidemia, el Gobierno Central ha aclarado que la demora en el depósito de la contribución durante el período de bloqueo se debe a razones operativas y económicas y que el empleador no tiene ninguna intención culpable detrás de ello.
Por lo tanto, en caso de retraso en el depósito de la contribución o de los cargos administrativos durante el período de bloqueo, no se iniciará ningún procedimiento de cobro de daños penales.
Fuente: (No. C-I/Misc./2020-21/Vol.I./1112 de fecha 15la mayo de 2020)
Para hacer frente a la pandemia de COVID-19, la fecha límite de contribución de ESIC se extendió para los meses de febrero de 2020 y marzo de 2020 de la siguiente manera:
Fuente: (No. P-11/14/Misc./1/2019-Rev. de fecha 16la marzo de 2020 leer con aviso de fecha 13la abril de 2020)
Leer más sobre Reducción de la tasa de ESIC del 6,5% al 4%
La fecha límite de presentación de la declaración de ESIC para el período de octubre de 2019 a marzo de 2020 se ha extendido hasta el 11la junio, 2020 a partir de 11la mayo de 2020
Fuente: (No. P-11/12/Misc./1/2019 (M) -Rev. Salió con 18la mayo de 2020)
