Proceso actualizado de presentación de reembolsos y reclamaciones del GST

Published on:
January 9, 2019

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Introducción

Con el fin de facilitar un flujo fluido del proceso de presentación y reclamación de reembolsos del GST, la Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas («CBIC») se ha esforzado por implementar un proceso de reembolso sencillo en cada etapa.

De acuerdo con este objetivo, el Consejo del GST, en su 31ª sesión celebrada el 22 de diciembre de 2018 ha racionalizado e introducido varias medidas favorables a los contribuyentes en el proceso de presentación y reclamación de reembolsos del GST.

Además, se han emitido varias aclaraciones sobre los aspectos procesales de las solicitudes de reembolso, la jurisdicción, la estructura de derechos invertidos, las reclamaciones de compensación, los créditos fiscales soportados, etc., que aportarían claridad práctica sobre el proceso que adoptarán los funcionarios del GST.

En este contexto, el CBIC ha emitido un Circular núm. 79/53/2018-GST de 31 de diciembre de 2018 sobre el tema. El resumen de la circular se presenta a continuación para facilitar la consulta:

1. Se introduce el proceso de presentación electrónica de reembolsos: ahora diga adiós a las solicitudes de reembolso físicas

1.1 Proceso de presentación física existente

Según el proceso actual para presentar las solicitudes de reembolso, los contribuyentes debían realizar las siguientes acciones en secuencia:

  1. Presente el FORMULARIO GST RFD - 01A en el portal GST
  2. Generar el número de referencia de la aplicación (ARN)
  3. Lleve copias impresas de la solicitud junto con todos los documentos de respaldo
  4. Presente la solicitud junto con todos los documentos de respaldo físicamente en la oficina del oficial jurisdiccional del GST.

1.2 Proceso de presentación electrónica de reembolsos

Para simplificar el proceso, el CBIC ha prescrito el siguiente proceso revisado:

  1. Presente el FORMULARIO GST RFD - 01A en el portal GST
  2. Sube todos los documentos, compromisos o declaraciones junto con la solicitud de reembolso en el formulario GST RFD — 01A
  3. De conformidad con lo dispuesto en la circular núm. 59/33/2018-GST de 4 de septiembre de 2018, los siguientes documentos pueden presentarse electrónicamente junto con el formulario GST RFD - 01:
    • un estado de cuentas en un formato prescrito en lugar de proporcionar copias de todas las facturas
    • copias únicamente de las facturas que no se encuentran en el FORMULARIO GSTR-2A puede presentarse
  4. Generar el número de referencia de la aplicación (ARN)
  5. No es necesario imprimir ni el solicitud de reembolso o los documentos justificativos
  6. No es necesario presentar físicamente los documentos en la oficina del oficial jurisdiccional del GST

1.3 Presentación manual de reembolsos a elección del contribuyente

Sin embargo, el contribuyente aún tendrá la opción de presentar físicamente la solicitud de reembolso al oficial competente de la jurisdicción en el formulario GST RFD-01A, junto con los documentos de respaldo, si así lo desea.

1.4 Proceso posterior a la presentación de la solicitud de reembolso

Tan pronto como se genere el ARN, la solicitud de reembolso, junto con todos los documentos de respaldo, se transferirán electrónicamente al oficial jurisdiccional del GST.

El oficial de GST jurisdiccional podría ver la solicitud en el sistema.

La fecha de presentación de la solicitud de reembolso se considerará la fecha de generación del ARN

El oficial jurisdiccional del GST emitiría el acuse de recibo de la solicitud completa o la nota de deficiencia, según corresponda, basándose en los documentos recibidos electrónicamente del portal común.

El acuse de recibo se emitirá en un plazo de 15 días a partir de la fecha de la ARN. La nota de acuse de recibo o deficiencia se emitirá manualmente por el momento.

1.5 Cuando la jurisdicción no esté asignada a las autoridades centrales o estatales del GST

Cuando la jurisdicción de un contribuyente no esté asignada a la Autoridad Tributaria Central o Estatal, la solicitud de reembolso debe presentarse físicamente ante el funcionario jurisdiccional del GST del Estado o de la autoridad tributaria central, a elección del contribuyente.

1.6 Solicitudes de reembolso asignadas a un oficial de GST jurisdiccional incorrecto

En relación con la transferencia de las solicitudes de reembolso asignadas a un funcionario jurisdiccional del GST incorrecto, el CBIC ha aclarado lo siguiente:

Cuando una solicitud de reembolso se transfiera electrónicamente al funcionario jurisdiccional incorrecto, dicho funcionario la reasignará electrónicamente al funcionario jurisdiccional correcto dentro de un período de tres días.

En tales casos, la fecha de presentación de la solicitud de reembolso se contará solo después de que la misma haya sido reasignada.

En tales casos, no se emitirá una nota de deficiencia a los contribuyentes simplemente porque las solicitudes se recibieron electrónicamente en la jurisdicción equivocada.

Cuando no esté disponible la posibilidad de reasignación electrónica, se mantendrá la actual disposición de reasignación manual.

1.7 El proceso de presentación física debe seguirse para todas las solicitudes rectificadas presentadas de conformidad con una nota de deficiencia

Cuando se haya emitido una nota de deficiencia en relación con una solicitud de reembolso, los contribuyentes deberán presentar la solicitud de reembolso rectificada únicamente con arreglo al ARN anterior.

El CBIC ha aclarado lo siguiente:

  • La solicitud rectificada debe tratarse como una solicitud de reembolso nueva.
  • La solicitud rectificada, junto con los documentos de respaldo, deben presentarse manualmente en la oficina del oficial jurisdiccional del GST.

2. Intereses del 6% si no se desembolsan los reembolsos en un plazo de 60 días

El CBIC ha aconsejado a todas las autoridades del GST que emitan las órdenes de sanción finales en el FORMULARIO GST RFD - 06 en un plazo de 45 días a partir de la fecha de recepción del ARN, de modo que las autoridades tributarias centrales y estatales completen el desembolso del reembolso en un plazo de 60 días.

Cuando un impuesto cuya devolución se ordene no se reembolse en un plazo de 60 días a partir de la fecha del ARN, las autoridades del GST pagarán al contribuyente un interés del 6% anual sobre el importe del reembolso, a partir de la fecha de vencimiento del reembolso hasta la fecha del reembolso real.

3. El camino a seguir para las solicitudes de reembolso generadas en el portal pero no presentadas físicamente

El CBIC ha aclarado el camino a seguir de la siguiente manera:

3.1 El importe del reembolso es inferior a 1000 INR

Se rechazarán las solicitudes de reembolso y se volverá a acreditar el importe al libro de crédito electrónico del contribuyente mediante la emisión del FORMULARIO GST RFD-01B.

3.2 Cuando el importe del reembolso sea superior a 1000 INR

Si el funcionario jurisdiccional del GST no ha recibido una solicitud en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la ARN, se puede enviar un correo electrónico al solicitante para que vuelva a enviar la solicitud en un plazo de 15 días a partir de la fecha del correo electrónico.

Los datos de contacto y la dirección del funcionario jurisdiccional también pueden proporcionarse en dicha comunicación.

Si el contribuyente no presenta físicamente la solicitud incluso después de la comunicación por correo electrónico, la solicitud de reembolso se rechazará sumariamente y cualquier saldo se volverá a acreditar a la libro de crédito electrónico.

3.3 Cuando haya un saldo en exceso en el libro de caja electrónico que dé lugar a un reembolso

  • El importe ya debitado en el libro de caja electrónico puede volver a acreditarse.
  • Dicho reembolso se procesará mediante el FORMULARIO GST RFD - 01B, si no hay ningún pasivo en el registro electrónico de responsabilidades.
  • Dicho reembolso se procesará aunque no GSTR-3B se ha llenado.

4. ITC correspondiente a las facturas de períodos impositivos anteriores utilizadas en períodos impositivos posteriores con derecho a reembolso

El CBIC se ha enterado de que los funcionarios del GST excluyen las facturas emitidas por los proveedores el mes anterior, pero el ITC las utilizó en el período impositivo actual y las archivó en el GSTR - 3B.

El CBIC ha aclarado lo siguiente:

La ley del GST exige que el ITC solo pueda utilizarse después de recibir la mercancía.

Si el proveedor presenta una factura (por ejemplo, agosto de 2017) y la mercancía llega a las instalaciones del comprador al mes siguiente (por ejemplo, septiembre de 2017), el comprador puede hacer uso del ITC para bienes en el formulario GSTR - 3B únicamente para el mes siguiente (por ejemplo, septiembre de 2017).

Por lo tanto, la solicitud de reembolso presentada para el período correspondiente es por el importe del ITC neto utilizado y no se limita únicamente a las compras realizadas durante el período.

Además, la Sección 16 (4) también permite a la persona registrada solicitar el ITC en o antes de la fecha límite de presentación de la declaración del mes de septiembre siguiente al ejercicio financiero al que se refiere la factura o a la fecha de presentación de la declaración anual, lo que ocurra primero.

Por lo tanto, no se debe denegar el crédito utilizado en las compras de los meses siguientes.

5. El ITC reúne los requisitos para obtener insumos que no se consumen directamente en el proceso de fabricación

El CBIC ha aclarado y reiterado que el alcance del término «insumos» es muy amplio y abarca cualquier bien que no sea un bien de capital utilizado o destinado a ser utilizado por un proveedor en el curso o promoción de los negocios.

No hay restricciones en cuanto a la forma de utilizar los insumos para hacer un suministros externos siempre y cuando se usen o estén destinados a usarse en el curso o promoción de los negocios.

Por lo tanto, no se debe negar el uso del ITC a los insumos que no se consumen directamente en el proceso de fabricación (como almacenes y piezas de repuesto, materiales de embalaje, reparación de maquinaria, impresión y estación)

6. ¿Debe tenerse en cuenta si el ITC anulado debe tenerse en cuenta para calcular el importe del «ITC neto» en virtud de la Regla 89?

El CBIC ha aclarado que la cantidad de ITC anulada no se considerará utilizada por el ITC. Por lo tanto, no debe incluirse lo mismo al calcular el importe neto del ITC.

Sin embargo, se puede considerar lo mismo para el reembolso si se vuelve a utilizar, sujeto a la restricción establecida en el artículo 16 (4) de la Ley CGST,

Compruebe ciertos aclaración sobre cuestiones relacionadas con los reembolsos

California Sachin Jindal
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