
El impuesto recaudado en la fuente («TCS») es un concepto previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta que es similar a la Impuesto deducido en la fuente («TDS»). Las disposiciones que crean la responsabilidad por el cobro del TCS figuran en la sección 206C de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Según TCS, el proveedor de bienes o servicios cobra al comprador de bienes o servicios una cantidad adicional por encima de la contraprestación de venta acordada en forma de TCS.
Por ejemplo, el Sr. A vende productos al Sr. por un valor de 1.000 INR. Según la sección 206C, el TCS se aplica a una tasa del 1% a dichos productos. Por lo tanto, el Sr. A cobrará 1000 INR del Sr. B como contraprestación por la venta y 10 INR adicionales (1000* 1%) para TCS.
Hasta la fecha, las disposiciones del TCS sobre las mercancías se aplican a los productos seleccionados, como las bebidas alcohólicas para consumo humano, la chatarra, las hojas de tendu, la madera obtenida de los bosques, el contrato de arrendamiento de estacionamientos, las plazas de peaje, etc.
Sin embargo, con el objetivo de frenar la generación de dinero negro, la CBDT ha ampliado el alcance de las disposiciones de la Sección 206C y ha intentado incluir la mayoría de las transacciones en su versión preliminar.
En virtud de la Sección 206C, se ha insertado la subsección (1H) en la Ley de Finanzas de 2020. Según la subsección (1H), todo vendedor de bienes que reciba una contraprestación o una contraprestación total por la venta de productos que superen los 50 Lac de INR en un año, cobrará al comprador el TCS del 0,1% de la contraprestación de venta por un importe superior a 50 Lac INR, es decir, el TCS sobre la venta de productos, aplicable a partir del 1 de octubre de 2020.
A los efectos de esta sección, «vendedor» se refiere a todas las personas cuyas ventas totales o ingresos brutos de la empresa superen los 10 crores de INR durante el ejercicio financiero inmediatamente anterior.
Por lo tanto, todos los vendedores que tengan una facturación total superior a 10 millones de INR durante el año anterior estarán obligados a cobrar el TCS al 0,1% cuando los ingresos totales superen los 50 Lacs de INR.
Las disposiciones de la sección 206C (1H) entrarán en vigor a partir del 1 de octubre de 2020.
Por ejemplo, el Sr. A es un proveedor de bienes para el Sr. B. A continuación se presentan diferentes ejemplos para entender la aplicabilidad de la Sección 206C (1H) al Sr. A:
A los efectos de recopilar el TCS en virtud de la sección 206C (1H), no se considerarán las siguientes ventas:
Comprador se refiere a cualquier persona que compre bienes, pero no incluye lo siguiente:
Por lo tanto, si el vendedor vende productos a alguno de estos compradores, no se aplicarán las disposiciones de la Sección 206C (1H), es decir, no se cobrará el TCS.
Al igual que en el caso de TDS, también en el caso de TCS, el crédito del importe cobrado como TCS está disponible como crédito para el comprador.
Si un comprador no proporciona un PAN/AADHAAR válido, se cobrará el TCS al 1% en lugar del 0,1%.
La responsabilidad del vendedor de cobrar los TCS del comprador surge en la fecha de recepción del importe del comprador, independientemente de la fecha de venta. Por ejemplo, A limitó la venta de productos a B limited el 13 de octubre de 2020. Sin embargo, B limited recibirá el importe el 1 de noviembre de 2020. En tal caso, la responsabilidad de cobrar el TCS surgirá el 1 de noviembre de 2020.
Tras el cobro de los TCS, el vendedor debe depositar los TCS cobrados mensualmente. Los TCS recolectados deben depositarse en un plazo de 7 días a partir del final del mes correspondiente.
Además, cada vendedor debe presentar su declaración para TCS trimestralmente en el formulario 27EQ en el que se revele SARTÉN Se recopilaron los detalles sabios de los compradores y los TCS correspondientes. Las siguientes son las fechas límite para presentar las declaraciones de TCS:
Cualquier retraso en la presentación de TCS Devolución se cobrará un recargo de 200 INR por día durante el cual el incumplimiento continúe sujeto al importe máximo de impuestos recaudados.
Algunas de las preguntas frecuentes relacionadas con el cobro de los TCS en las ventas de bienes en virtud de la sección 206C (1H) son las siguientes:
Todo vendedor que tenga ingresos brutos o una facturación superior a 10 millones de INR durante el ejercicio anterior será responsable de cobrar el TCS de los recibos por ventas de productos al 0,1%. Sin embargo, el TCS se cobrará únicamente a aquellos compradores cuyos ingresos totales superen los 50 Lacs de INR durante el año.
En tal caso, el TCS debe cobrarse únicamente en los recibos de venta que superen los 50 Lacs de INR. Por ejemplo, A Limited vendió productos de 52 Lacs de INR a B Limited durante el año. La responsabilidad de A Limited por el cobro de TCS solo surgirá cuando los ingresos totales por venta superen los 50 Lacs de INR. En un ejemplo dado, si la totalidad del pago se recibe en el mismo ejercicio financiero, A Limited es responsable de cobrar el TCS a partir de 2 INR Lacs.
Según la Sección 206C (1H), la responsabilidad de cobrar el TCS surge si el monto total recibido por la venta de cualquier producto supera los 50 Lacs de INR durante el año. Por lo tanto, en el caso de que los ingresos totales superen los 50 Lac de INR, la obligación de recaudar el TCS se generará por un importe superior a 50 Lac de INR, independientemente de que dicho importe se reciba por ventas del año anterior o del año siguiente.
A los efectos del TDS, la CBDT aclaró en la circular núm. 23/2017, de fecha 19 de julio de 2017, que, a los efectos de la deducción del TDS en virtud del capítulo XVII-B, el importe pagado o por pagar se deducirá sin incluir el GST. Sin embargo, no se ha emitido ninguna circular similar a los efectos de TCS. Por lo tanto, a falta de aclaraciones por parte del departamento, la contraprestación de venta debe interpretarse en el sentido de que incluye el importe del GST. En consecuencia, el TCS debe cobrarse sobre la base del importe, incluido el IVA. Sin embargo, al igual que el TDS, el departamento debe emitir las aclaraciones pertinentes sobre si el importe del GST debe incluirse en la contraprestación de venta o no.
La responsabilidad del cobro de TCS surge en la fecha de recepción de la contraprestación de venta por parte del comprador. Por lo tanto, si se hace una devolución de venta o se recauda una nota de crédito antes del cobro de la contraprestación de venta y, posteriormente, se recibe la contraprestación de venta neta, TCS se cobrará sobre el importe neto. Sin embargo, si se hace una declaración de venta o se emite una nota de crédito después del cobro de la contraprestación de venta, TCS se cobrará sobre el importe bruto sin deducir la nota de crédito o la devolución de venta. En caso de nota de débito, se recibe un pago en exceso por encima de la contraprestación de venta decidida. Por lo tanto, el importe cobrado de conformidad con la nota de débito será responsable ante TCS en la fecha de recepción.
Por ejemplo, 1
La obligación de cobrar el TCS aumentará en el mes de julio de 2020 sobre 8 000 000 INR
Por ejemplo, 2
La obligación de cobrar el TCS surge en el mes de junio de 2020 y asciende a 10 000 000 INR. Siempre que el proveedor ajuste 2 000 INR en recibo cualquier futuro, se cobrará el TCS sobre dichos recibos netos.
El vendedor es responsable de cobrar los TCS por el importe recibido. Por lo tanto, la contraprestación de venta recibida después de compensar el importe de la compra se tendrá en cuenta a los efectos del cálculo de la responsabilidad de TCS.
Según la sección 206 (1H), si un vendedor recibe cualquier cantidad como contraprestación por venta y la suma total de dicha cantidad supera los 50 000 000 INR durante cualquier año, entonces surge la responsabilidad de cobrar el TCS. Por lo tanto, el límite máximo de 50 000 000 INR se calculará sobre la base de la cantidad recibida.
Por ejemplo, 1
Como suma de la contraprestación de venta recibida no supera los 50 000 000 INR, por lo que no se debe cobrar el TCS.
Por ejemplo, 2
Como suma de la contraprestación de venta recibida supera los 50 000 000 INR, por lo que el TCS cobrará el TCS en el mes en que el importe total supere el límite.
Según la Sección 206C (1H) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la responsabilidad de recaudar los TCS por las ventas surge en la fecha de recepción, independientemente de la fecha de venta. Por lo tanto, el vendedor también está obligado a cobrar el TCS por los recibos anticipados si el importe total recibido durante el año supera los 50 000 000 INR.
