
Inicialmente, no se permitió el reembolso del crédito fiscal soportado acumulado al fabricante y procesador de telas en el sector textil debido a la estructura de derechos invertidos. Dicha denegación se produjo de conformidad con la facultad conferida en virtud del artículo 54 (3), emitido por el departamento Notificación núm. 5/2017 - Impuesto central (tasa) de fecha 28 de junio de 2017 en el que especificó una lista de artículos sobre los que no se permitirá ningún reembolso por razón de la estructura de derechos invertida.
Después de eso, el departamento emitió una circular y una notificación importantes para permitir el reembolso del ITC al fabricante de telas y al trabajador textil a cuenta de estructura de funciones.
En consecuencia, el último CBIC emitió una circular núm. 94/12/2019-GST de fecha 28 de marzo de 2019 para aclarar varios problemas relacionados con los reembolsos a los que se enfrentan los fabricantes de telas y los trabajadores textiles.
Lista de todas las circulares y notificaciones pertinentes en este caso.
*insertado en el mes de septiembre de 2017, # insertado en el mes de noviembre de 2017
La notificación núm. 5/2017 fue modificada nuevamente por N/No. 20/2018-Impuesto central (tasa) de fecha 26 de julio de 2018 que proporcionaba una lista de ciertos artículos en los que se permitía el reembolso debido a la estructura de derechos invertidos suministros internos recibido con efecto a partir del 1 de agosto de 2018. Sin embargo, el reembolso estaba sujeto a la condición de que el crédito tributario soportado («ITC») acumulado sin utilizar en saldo el 31 de julio de 2018 sobre los suministros entrantes recibidos hasta el 31 de julio de 2018 caducara.
Notificación No. 20/2018 - Impuesto central (tasa) de fecha 26 de julio de 2018 insertó el siguiente texto a la Notificación No. 5/2017
Siempre que,
(i) nada de lo contenido en esta notificación se aplicará al crédito fiscal soportado acumulado en los suministros recibidos el 1 de agosto de 2018 o después, con respecto a los bienes mencionados en los números de serie 1, 2, 3, 4, 5, 6, 6A, 6B, 6C y 7 de la siguiente tabla; y
(ii) con respecto a dichos bienes, caducará el crédito tributario soportado acumulado que quede sin utilizar en saldo, tras el pago del impuesto correspondiente al mes de julio de 2018 y hasta el mes de julio de 2018, sobre las entregas entrantes recibidas hasta el 31 de julio de 2018.».
Junto con la notificación núm. 20/2018, el departamento también emitió una circular
30/56/2018 GST de fecha 24.08.2018 en el que se proporcionaron aclaraciones con respecto a las disposiciones para la caducidad del crédito fiscal soportado acumulado debido a la estructura de derechos invertidos sobre la tela durante un período de hasta el 31st Julio de 2018 según la notificación no- 20/2018 dt. 26la Julio de 2018.
La aclaración proporcionada en la circular sobre el reembolso del ITC al fabricante de telas fue la siguiente:
De conformidad con la notificación núm. 20/2018, las personas registradas intentaron solicitar el reembolso debido a la estructura de impuestos invertida para el mes de agosto de 2018 o cualquier mes en el que se hubiera realizado la anulación («período relevante»).
Sin embargo, cuando una persona registrada presentó una solicitud de reembolso en el formulario GST RFD-01A para el período correspondiente, bajo el epígrafe «Solicitud de reembolso del ITC no utilizado por acumulación debido a la estructura impositiva invertida», dicha persona registrada no pudo solicitar el reembolso total del importe debido a un control de validación en el portal del GST.
Dicha validación impidió que la cantidad del ITC reclamada en el formulario GST RFD-01A fuera superior a la del ITC utilizada en el GSTR-3B menos el valor del ITC invertido de ese período relevante, según la circular sobre el reembolso del ITC al fabricante de telas.
Por ejemplo, el Sr. A tuvo que anular el ITC por un importe de 1 000 000 INR, según la notificación 20/2018. En el mes de agosto de 2018, el Sr. A tenía derecho a solicitar el ITC por un importe de 5 000 000 INR. En consecuencia, al presentar la solicitud del GSTR-3B correspondiente al mes de agosto de 2018, el Sr. A reclamó al ITC un importe de 5 000 000 INR y anuló 1 000 000 INR. El Sr. A tiene derecho a solicitar un reembolso de 5 000 000 INR debido a la estructura de impuestos invertida; sin embargo, se le permitió introducir hasta 4 000 000 INR en la solicitud de reembolso en el formulario GST RFD-01A debido a un control de validación.
Como se trata de un problema único que surgirá al presentar la solicitud de reembolso del período en el que la persona registrada haya hecho la anulación según la notificación núm. 5/2018, el departamento permitió a la persona registrada presentar una solicitud de reembolso para dicho período en el formulario GST RFD-01A en la categoría «Cualquier otro» en lugar de «reembolso del ITC no utilizado por acumulación debido a la estructura impositiva invertida».
La persona registrada debe acompañar la solicitud de reembolso con todas las declaraciones, aclaraciones, compromisos y cualquier otro documento que la ley exija presentar al presentar la solicitud en el marco de la «solicitud de reembolso del ITC no utilizado debido a la acumulación debida a la estructura impositiva invertida».
Al recibir dicha solicitud de reembolso, el funcionario correspondiente calculará él mismo el importe de reembolso admisible según la fórmula indicada en la Regla 89 (5) del Reglamento Central del Impuesto sobre Bienes y Servicios de 2017 («Reglamento del CGST») de la manera prevista en la circular núm. 56/33/2018-GST de fecha 4 de septiembre de 2018.
Después del cálculo del monto del reembolso, si el oficial correspondiente está convencido de que el solicitante ha presentado todos los documentos requeridos y tiene derecho a solicitar el reembolso, solicitará al contribuyente que debite dicho monto en su cuenta electrónica. libro de crédito mediante el formulario GST DRC-03.
Tras el débito de dicha cantidad en libro de crédito electrónico, el oficial correspondiente otorgará el monto del reembolso mediante una orden en el formulario GST RFD-06.
Todas solicitud de reembolso en el formulario GST RED-01A debido a la estructura de derechos invertida para el período siguiente, debe archivarse en la categoría «reembolso del ITC no utilizado a causa de la acumulación debido a la estructura impositiva invertida»
El Departamento ha aclarado que si la persona registrada aún no ha realizado la anulación según la notificación núm. 20/2018, debe hacer dicha anulación en el formulario GST DRC-03 en lugar de GSTR-3B.
El GST DRC-03 es una insinuación que se da por el pago realizado de forma voluntaria o por el pago realizado contra una notificación o declaración de causa justificada.
Si la persona registrada no realiza la anulación necesaria antes de la fecha de vencimiento del GSTR-3B para el mes de agosto de 2018, estará obligada a pagar intereses según la sección 50 (1) de la Ley CGST por el importe anulado tardíamente.
Los intereses se calcularán para el período desde la fecha de vencimiento del formulario para la presentación del GSTR-3B para el mes de agosto de 2018 hasta la fecha de anulación del ITC, ya sea mediante el GSTR-3B del período posterior o mediante el GST DRC-03, según sea el caso.
Si una persona registrada anula el ITC después de la fecha límite de presentación del GSTR-3B para el mes de agosto de 2018, seguirá teniendo derecho a solicitar el reembolso del GST debido a la estructura de derechos invertida para el período a partir del 1 de agosto de 2018. Sin embargo, el reembolso se concederá tras la anulación del ITC mediante el GSTR-3B de cualquier período posterior o mediante el GST DRC-03, junto con el pago de los intereses aplicables.
