Normas del RBI para carteras semicerradas en la India

Published on:
August 21, 2023

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El concepto de instrumentos de pago prepago (PPI) o billeteras digitales o billeteras electrónicas (billeteras electrónicas) se ha extendido ampliamente en la India en los últimos años. Los PPI o monederos electrónicos se utilizan casi en todas partes para adquirir bienes y servicios y para transferir fondos de una persona a otra. La aceptación de pagos a través de billeteras digitales también acelera la facturación empresarial. Para promover un entorno sin efectivo, la digitalización y los pagos sin contacto, el gobierno está tomando todas las medidas posibles para promover los PPI. Hasta ahora se han emitido varios PPI en la India, como Bharatpe, Paytm, UPI, Phonepe, etc., y los PPI los emiten tanto empresas bancarias como no bancarias.

Al igual que las cuentas bancarias, las carteras digitales contienen dinero en forma digital. Sin embargo, en comparación con los bancos, es bastante fácil utilizar los fondos que se encuentran en las carteras digitales. Por lo tanto, al igual que ocurre con los bancos, las empresas que operan plataformas de pago con PPI también deben estar reguladas. Por lo tanto, para garantizar la seguridad y la protección de los fondos de los clientes, el Banco de la Reserva de la India ha emitido varios reglamentos y circulares sobre la emisión y el funcionamiento de los PPI.

Después de tres tipos de instrumentos de prepago se emiten en la India:

  1. PPI de sistema cerrado
  2. PPI semicerrados
  3. PPI de sistema abierto

Los monederos cerrados no se pueden usar para pagos de terceros y no requieren la autorización ni la aprobación del RBI. Sin embargo, el Banco de la Reserva de la India especifica varias regulaciones para las carteras semicerradas. En este artículo, se ha llevado a cabo un análisis detallado de las normas establecidas en la India para las carteras semicerradas.

1. ¿Qué es una billetera semicerrada?

  • Estas carteras digitales o PPI se utilizan para la compra de bienes y servicios, incluidos los servicios financieros, los servicios de envío de remesas, etc., en un grupo de ubicaciones o establecimientos comerciales claramente identificados.
  • Estos PPI se pueden utilizar para pagar o enviar remesas a terceros que tengan un contrato específico con el emisor del PPI para aceptar los PPI como instrumentos de pago. Este contrato puede celebrarse a través de un agregador de pagos o una pasarela de pago y no es necesario que se celebre directamente entre el emisor del PPI y el comerciante.
  • Sin embargo, estos instrumentos no permiten la retirada de efectivo.
  • Los PPI del sistema semicerrado son emitidos únicamente por instituciones bancarias aprobadas por el RBI o por instituciones no bancarias autorizadas por el RBI.
  • Paytm Wallet es un ejemplo de PPI de sistema semicerrado. El saldo de la billetera Paytm se puede utilizar para comprar productos de un tercero que esté registrado en Paytm como comerciante.

En resumen, las carteras semicerradas son instrumentos de pago prácticos que se utilizan con un grupo de comerciantes previamente identificados.

2. ¿Quién es elegible para emitir carteras semicerradas

El RBI ha emitido la «Dirección maestra sobre la emisión y operación de instrumentos de pago prepago», véase la Directriz No. RBI/DPSS/2017-18/58 Dirección General DPSS.co.pd.no.1164/02.14.006/ 2017-18 de fecha 11 de octubre de 2017.

Según estas instrucciones maestras, las carteras semicerradas pueden ser emitidas por:

  1. Bancos que cumplan con los criterios de elegibilidad, incluidos los estipulados por el departamento regulador respectivo del RBI, tras obtener la aprobación del RBI.
  2. Entidades no bancarias que cumplan con los criterios de elegibilidad, incluidos los estipulados por el departamento regulador respectivo del RBI, tras obtener la autorización del RBI.

Las aprobaciones y autorizaciones se obtienen del RBI mediante la presentación de una solicitud en virtud de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de 2007.

3. ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para una billetera semicerrada

Según las instrucciones maestras, todas las entidades bancarias y no bancarias que presenten solicitudes ante el RBI para la aprobación y autorización de los PPI de pago semicerrados deben cumplir con el requisito de capital mínimo y otros criterios de elegibilidad.

Lee sobre el capital y otros requisitos de elegibilidad para las carteras semicerradas.

4. ¿Cuál es el proceso para obtener la autorización del RBI

  • Una entidad no bancaria que desee establecer PPI de pago semicerrados deberá solicitar la autorización al RBI en Formulario A en virtud del Reglamento de Sistemas de Pago y Liquidación de 2008, junto con las tasas de solicitud requeridas.
  • El RBI llevará a cabo la evaluación inicial de la solicitud para garantizar prima facie la elegibilidad de los solicitantes. El RBI también verificará 'en forma y adecuado' estado del solicitante y de la dirección y, para este fin, puede obtener información de otros reguladores, departamentos gubernamentales, etc., según lo considere adecuado.
  • Las solicitudes que estén incompletas o no estén en el formato prescrito o que no cumplan con los criterios de elegibilidad se devolverán sin reembolso de las tasas de solicitud.
  • Además del cumplimiento de las directrices aplicables, el RBI también aplicará otros controles sobre ciertos aspectos esenciales, como el servicio al cliente y la eficiencia, los requisitos técnicos y otros relacionados, los aspectos de seguridad y protección, etc., antes de conceder, en principio, la aprobación a los solicitantes.
  • Siempre que se cumplan los criterios de elegibilidad y otras condiciones, el RBI emitirá una aprobación «en principio» y seguirá siendo válida durante un período de 6 meses.
  • La entidad presentará un informe de auditoría del sistema (SAR) satisfactorio al RBI en un plazo de 6 meses; de lo contrario, la aprobación, en principio, caducará automáticamente. El SAR deberá ir acompañado de un certificado de contador público que acredite el cumplimiento del requisito mínimo de patrimonio neto. Una entidad puede solicitar una prórroga única, por un período máximo de 6 meses, para la presentación del SAR mediante una solicitud por escrito. Sin embargo, el RBI se reserva el derecho de rechazar dicha solicitud de prórroga.
  • Tras la emisión de la aprobación, si el RBI se entera de alguna característica adversa relacionada con la entidad, los promotores, el grupo o las prácticas comerciales, etc., el RBI puede imponer condiciones adicionales y, si se justifica, la aprobación en principio puede retirarse.
  • El RBI emitirá el certificado final de autorización tras recibir un certificado satisfactorio de SAR y patrimonio neto. Las entidades a las que se conceda la autorización definitiva iniciarán sus actividades en un plazo de seis meses a partir de la expedición del certificado; de lo contrario, la autorización caducará automáticamente. Sin embargo, la entidad podrá solicitar una prórroga sujeta a un período máximo de 6 meses.
  • El certificado de autorización tendrá una validez de 5 años, a menos que se especifique lo contrario, y estará sujeto a revisión, incluida la cancelación del certificado de autorización.
  • La solicitud de renovación de la autorización se presentará al menos 3 meses antes de la expiración de la validez del certificado de autorización. De lo contrario, el RBI se reserva el derecho de rechazar la solicitud de renovación.
  • Cualquier cambio importante propuesto, como cambios en las características o el proceso del producto, la estructura o el funcionamiento del sistema de pago, etc., se comunicará al RBI con todos los detalles. El RBI se esforzará por responder en un plazo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la comunicación anterior.
  • En caso de cualquier toma de posesión o adquisición del control o cambio en la administración de una entidad no bancaria, se comunicará al RBI en un plazo de 15 días con todos los detalles. El RBI examinará la idoneidad de la dirección y, si es necesario, podrá imponer las restricciones adecuadas a dichos cambios.

5. ¿Cuáles son las salvaguardias emitidas por el RBI?

Hay enormes fondos involucrados en los PPI y se realizan varias transacciones en un día a través de los PPI. Por lo tanto, existe la posibilidad de utilizar estos fondos para diversas transacciones ilegales, como prácticas de blanqueo de dinero, financiación del terrorismo, etc. Por lo tanto, el RBI ha implementado las siguientes protecciones:

  1. Todas las directrices sobre KYC (conozca a su cliente), contra el blanqueo de dinero (AML) y contra la financiación del terrorismo (CFT) emitidas por el Departamento de Regulaciones Bancarias (DBR) se aplicarán a todas las entidades que emitan PPI y a sus agentes.
  2. Las disposiciones de la Ley de Prevención del Blanqueo de Dinero de 2020 también se aplican a todos los emisores de PPI. Todas las entidades deberán implementar los sistemas necesarios para garantizar el cumplimiento de estas pautas.
  3. Los emisores de PPI mantendrán un registro de todas las transacciones realizadas con los PPI durante al menos 10 años y dichos datos se pondrán a disposición del RBI o de cualquier otra agencia o agencia para que los analice. Los emisores de los PPI también deberán presentar las denuncias de transacciones sospechosas (STR) a la Unidad de Inteligencia Financiera de la India (FIU-IND).

6. Conozca a su cliente («KYC») y las condiciones para la emisión de PPI semicerrados

Al emitir PPI, el emisor bancario o no bancario recopilará cierta información de KYC sobre los titulares de PPI para garantizar la seguridad. Las normas del KYC son las mismas para los emisores bancarios y no bancarios. Es necesario recopilar diferentes conjuntos de información en función del valor de los PPI.

a. El PPI es de hasta 10.000 INR

  1. Los emisores bancarios y no bancarios solo podrán emitir PPI de hasta 10 000 INR después de recopilar la siguiente información mínima:
    • número de teléfono móvil verificado con contraseña de un solo uso (OTP),
    • autodeclaración de nombre; y
    • Número de identificación único de cualquiera de los documentos «oficialmente válidos»
  1. Estos PPI deberán ser recargables por naturaleza. Se puede recargar un importe máximo de 10 000 INR durante un mes y el importe total de la recarga durante el ejercicio financiero no debe superar las 1 000 000/-.
  2. El importe pendiente en cualquier momento en dichos PPI no superará las 10.000 rupias/-
  3. El débito total de dichos PPI no superará los 10 000 INR en ningún mes.
  4. Estos PPI se utilizarán únicamente para la compra de bienes y servicios. No se permitirá la transferencia de fondos a cuentas bancarias ni a otros titulares de PPI.
  5. No se proporciona ningún límite separado en función de la naturaleza de la compra de bienes y servicios. El titular del PPI puede gastar cualquier cantidad dentro del límite general del PPI.
  6. Estos PPI se convertirán en PPI semicerrados que cumplan con los requisitos de KYC en un plazo de 24 meses a partir de la fecha de emisión del PPI; de lo contrario, no se permitirá ningún crédito adicional en dichos PPI. Sin embargo, el titular del PPI podrá utilizar el saldo disponible en el PPI.
  7. Los emisores de PPI se asegurarán de que esta categoría de PPI no se emita al mismo usuario en el futuro utilizando el mismo número de teléfono móvil y los mismos detalles mínimos.
  8. Los emisores de PPI tendrán la opción de cerrar el PPI en cualquier momento y el saldo restante de la cuenta PPI en el momento del cierre se transferirá a la «cuenta bancaria propia del titular del PPI» (debidamente verificada por el emisor), tras cumplir con los requisitos de KYC del titular del PPI. Los emisores de PPI también pueden transferir los fondos «de vuelta a la fuente» (fuente de pago desde la que se cargó el PPI) en el momento del cierre.
  9. Las características de dichos PPI se comunicarán claramente al titular del PPI por SMS, correo electrónico, correo postal o por cualquier otro medio en el momento de la emisión del PPI o antes de la primera carga de fondos.

b. El PPI es de hasta 100.000 INR

  1. Los emisores bancarios y no bancarios emitirán estos PPI después de completar el KYC del titular del PPI (como se indica en el párrafo 6).
  2. El importe pendiente en estos PPI no superará las 100.000 rupias/- en ningún momento.
  3. Los fondos de estas cuentas PPI se pueden utilizar para la compra de bienes o servicios o para transferirlos a cualquier cuenta bancaria u otra cuenta PPI.
  4. Los emisores de PPI tendrán la posibilidad de añadir «beneficiarios» proporcionando los detalles de su cuenta bancaria.
  5. En el caso de dichos beneficiarios preinscritos, el emisor del PPI puede transferir los fondos dentro del límite establecido. Sin embargo, dicho límite no superará las 100.000 rupias/- al mes por beneficiario.
  6. Los límites de transferencia de fondos para todos los demás casos se limitarán a 10.000 rupias/- al mes.
  7. Los emisores de PPI deberán indicar claramente estos límites a los titulares de PPI y también ofrecerles las opciones necesarias para que establezcan sus propios límites de transferencia de fondos.
  8. En caso de cierre, el saldo de la cuenta PPI se transferirá a una cuenta bancaria previamente designada u otros PPI del mismo emisor (u otros emisores según lo permitido).

c. El PPI es de hasta 10.000 rupias/- y solo se carga desde una cuenta bancaria

(vídeo circular insertado dpss.co.pd.no.1198/02.14.006/2019-20 de fecha 24 de diciembre de 2019)

  1. Dichos PPI serán emitidos por emisores de PPI bancarios y no bancarios tras obtener los siguientes detalles mínimos del titular del PPI:
    • Número de teléfono móvil verificado con OTP;
    • Una autodeclaración de nombre; y
    • número de identidad único de cualquier «documento obligatorio» o «documento oficialmente válido»
  2. Estos PPI son recargables y el importe de recarga no debe superar los 10000 INR en un mes ni los 120 000 INR durante un año.
  3. El importe pendiente en cualquier momento en dichos PPI no superará las 10.000 rupias.
  4. Estos PPI se utilizarán únicamente para la compra de bienes y servicios y no para la transferencia de fondos.
  5. En el momento del cierre, los fondos del saldo se transferirán «de vuelta a la fuente».

7. Validez y reembolso de los PPI

  1. Todos los PPI emitidos en el país deberán tener un período de validez mínimo de 1 año a partir de la fecha de la última carga o recarga del PPI.
  2. Sin embargo, los emisores de PPI pueden emitir PPI con una validez más prolongada. En caso de que el PPI se emita en forma de tarjeta (con el período de validez mencionado en la tarjeta), el cliente tendrá la opción de solicitar el reemplazo de la tarjeta.
  3. Los emisores del PPI informarán sobre el vencimiento del instrumento del PPI a intervalos razonables, durante el período de 45 días anterior al vencimiento del PPI.
  4. En caso de caducidad o cierre de una cuenta PPI y no se hace ninguna reclamación por el saldo existente en la cuenta PPI en el momento del cierre, en ese caso, los emisores de PPI no bancarios no pueden transferir dicho saldo a su cuenta de pérdidas y ganancias durante al menos 3 años a partir de la fecha de vencimiento del PPI. En caso de que el titular del PPI se ponga en contacto con el emisor del PPI para solicitar el reembolso de dicho importe, en cualquier momento después de la fecha de caducidad del PPI, se pagará el mismo importe al titular del PPI en una cuenta bancaria.
  5. Los emisores de PPI dejarán inactivos los PPI que no hayan realizado ninguna transacción financiera durante un período consecutivo de 1 año tras enviar una notificación al titular del PPI. Solo se pueden reactivar después de la validación y de la diligencia debida correspondiente. Estos PPI se comunicarán al RBI por separado.

8. Despliegue del dinero recaudado por el emisor de PPI

Las empresas bancarias o no bancarias que emiten PPI llevan consigo fondos de los titulares de PPI y es muy importante mantener estos fondos seguros. Por lo tanto, el RBI ha especificado la forma en que se destina el dinero recaudado por los emisores de PPI.

a. Emisor de PPI bancario

En el caso de los sistemas gestionados por los bancos, el saldo pendiente formará parte de los «pasivos netos frente a la demanda y a plazo» a los efectos del mantenimiento de los requisitos de reservas. Esta posición se calculará sobre la base de los saldos que figuraban en los libros del banco en la fecha de presentación de la información.

b. Emisor de PPI no bancario

Los emisores de PPI no bancarios deben mantener su saldo pendiente en una cuenta de depósito en garantía en cualquier banco comercial registrado. La empresa puede mantener una cuenta de depósito en garantía adicional en un banco comercial registrado diferente. El mantenimiento del saldo de depósito en garantía estará sujeto a las siguientes condiciones: -

  • Al final del día, el saldo de la cuenta de depósito en garantía no será inferior al valor de los PPI pendientes y los pagos adeudados a los comerciantes.
  • En la medida de lo posible, los emisores de PPI garantizarán el crédito inmediato de los fondos para su depósito en garantía en el momento de la emisión, carga o recarga de los PPI. Sin embargo, bajo ninguna circunstancia, dicho crédito se realizará después del cierre del día hábil (el día en que se emitió, cargó o recargó el PPI). El emisor del PPI cumplirá este requisito a diario y cualquier déficit se comunicará inmediatamente a la Oficina Regional del DPSS (RBI).
  • Solo se permitirán los siguientes débitos y créditos en la cuenta de depósito en garantía:

Créditos

  • Pagos recibidos para emitir, cargar o recargar los PPI, incluso en las oficinas de las agencias.
  • Reembolsos recibidos por transacciones fallidas, disputadas, devueltas o canceladas.
  • Los pagos recibidos de los bancos patrocinadores para cubrir las obligaciones de liquidación derivadas de la participación en sistemas de pago interoperables, según lo permita el RBI de vez en cuando.

Débitos

  • Pagos a varios comerciantes o proveedores de servicios para el reembolso de las reclamaciones recibidas de ellos.
  • Pago al banco patrocinador por procesar las instrucciones de transferencia de fondos recibidas de los titulares del PPI, según lo permita el RBI de vez en cuando.
  • Pagos realizados al banco patrocinador para cumplir con las obligaciones de liquidación derivadas de la participación en sistemas de pago interoperables, según lo permita el RBI de vez en cuando.
  • Pago de los impuestos gubernamentales aplicables.
  • Reembolsos por cancelación de transacciones. Los fondos se acreditarán a la misma fuente de donde se recibieron. Estos fondos no se perderán hasta que se resuelva el caso.
  • Cualquier otro pago adeudado al emisor de PPI en el curso normal de las operaciones de PPI (por ejemplo, cargos por servicio, importe decomisado, comisiones, etc.).
  • Cualquier otro débito según lo indique el regulador, los tribunales o los organismos encargados de hacer cumplir la ley.

9. Mecanismo para la reparación de quejas de los clientes

En el momento de la emisión, todas las entidades que emitan PPI a los usuarios deben definir claramente todos los términos, condiciones y uso. Por otro lado, al mismo tiempo, es probable que surjan disputas, lo que da lugar a una serie de quejas que requieren un mecanismo de reparación. Esta es la razón por la que las entidades deben tramitar las quejas de los clientes de manera eficaz.

Los clientes deben tener acceso a los siguientes servicios proporcionados por las entidades:

  • Número gratuito o línea directa de servicio al cliente
  • Validez
  • Folleto de términos y condiciones
  • La URL del sitio web
  • Información de cargos
CA Kapil Mittal
El Sr. Kapil Mittal es socio de la firma y tiene una sólida formación legal y fiscal con más de 15 años de experiencia. Dirige la Práctica de Asesoramiento y Cumplimiento Tributario de la Firma. Se especializa en
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