
La inversión extranjera directa es la base de la economía y es esencial para el desarrollo económico. El Banco de la Reserva de la India (RBI) implementa medidas para garantizar que el cumplimiento para los inversores extranjeros se gestione de manera eficaz, evitando dificultades o complicaciones innecesarias. Con este objetivo, el RBI ha flexibilizado las condiciones relacionadas con la inversión de los inversores extranjeros en cartera en valores representativos de deuda corporativa mediante la notificación general núm. RBI/2025-26/35 FMRD.fmd.no.01/14.01.006/2025-26 de fecha 8 de mayo de 2025.
El RBI ha liberalizado las condiciones relacionadas con la inversión del FPI en valores corporativos a través de la Ruta General.
Según el párrafo 4.4 de las Directrices maestras del Banco de la Reserva de la India (inversión de no residentes en instrumentos de deuda) de 2025, las siguientes son las condiciones para invertir en valores representativos de deuda corporativa:
(i) Requisito mínimo de vencimiento residual: Un FPI solo puede invertir en valores representativos de deuda corporativa con un vencimiento original/residual superior a un año.
(ii) Un FPI no invertirá en:
a. valores representativos de deuda corporativa con cualquier cláusula de opcionalidad que pueda ejercerse en el plazo de un año a partir de la fecha de la inversión;
b. planes de fondos mutuos de deuda con un vencimiento o una duración de Macaulay de la cartera inferior a un año;
c. instrumentos de deuda parcialmente pagados; y
d. Instrumentos de deuda corporativa amortizados cuando la duración del instrumento sea de hasta un año.
(iii) Límite de inversión a corto plazo: Las inversiones de una FPI en valores representativos de deuda corporativa con un vencimiento residual de hasta un año no superarán el 30% de la inversión total de la FPI en valores representativos de deuda corporativa. El límite de inversión a corto plazo se aplicará a las inversiones al final del día.
(iv) Límite por emisión: Inversión por parte de cualquier FPI, incluidas las inversiones de las IFP relacionadas, no superará el 50% de ninguna emisión de un título de deuda corporativa.
(v) Límite de concentración: La inversión en valores representativos de deuda corporativa por parte de una IFP (incluidas sus IFP relacionadas) no superará el 15% del límite de inversión vigente para estos valores en el caso de las IFP a largo plazo y el 10 por ciento del límite de inversión vigente para otras IFP.
Hay varias otras condiciones prescritas en la Cláusula 4.4 de la Circular maestra.
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Estas modificaciones ofrecerán flexibilidad para invertir en valores representativos de deuda a corto o largo plazo sin tener que preocuparse por los límites regulatorios. La inversión que pretenda invertir fondos durante un período más corto ahora tendrá esa ventana abierta. Sin embargo, el RBI siguió prefiriendo los flujos a largo plazo, ya que los flujos a corto plazo podrían afectar a los tipos y la liquidez
