Importancia de llenar la Parte B de la factura Eway

Published on:
May 13, 2019

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En la reciente orden aprobada por el Tribunal Superior de Madhya Pradesh en su orden de fecha 5 de julio de 2018, la Autoridad de Apelación del GST y el comisionado adjunto de Impuestos Estatales, Indore y el subcomisionado de Impuestos Estatales, Indore, confirmaron la demanda y las sanciones a M/s Gati Kintetsu Express Pvt Ltd por parte de la Autoridad de Apelación del GST y el comisionado adjunto de Impuestos Estatales, Indore, por negligencia de la parte B del portal Eway Bill.

Datos de los casos relacionados con la Parte B del portal Eway Bill:

  1. El vehículo de M/s Gati Kintetsu Express Pvt Ltd transportaba mercancías desde Pune (Wadki), Maharashtra hasta Noida pasando por Indore y otros lugares diferentes.
  2. La inspección de su vehículo se llevó a cabo el 27 de abril de 2018.
  3. Tras solicitar información, el conductor (la persona a cargo del transporte) del vehículo presentó la factura y la impugnó.
  4. Tras una consulta, se descubrió que la empresa de transporte peticionaria que transportaba la mercancía no había subido ni actualizado la parte B de la factura electrónica, que es obligatoria. Tal acto violó lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley CGST de 2017 y la regla 138 de la Ley CGST de 2017.
  5. En consecuencia, el procedimiento se inició en virtud del artículo 129 de la Ley y se le impuso una sanción en virtud del artículo 122 de la Ley, ya que transportaba los bienes sujetos a impuestos sin la cubierta de documentos.

Suelo de M/s Gati Kintetsu Express Pvt Ltd

  1. M/s Gati Kintetsu Express Pvt Ltd alegó que la peticionaria no tenía la intención de evadir el pago de impuestos durante el suministro interestatal e intraestatal de bienes o servicios y, debido a un error técnico, la parte B de la factura de Eway no puede actualizarse.
  2. Este motivo fue rechazado por considerar que el portal del GST ofrecía una opción de queja en caso de que el peticionario tuviera algún problema para actualizar la Parte B del proyecto de ley de transporte electrónico. El peticionario no ha presentado ninguna queja de este tipo ni ha presentado ninguna queja por escrito en relación con la actualización; el error técnico no podría haberse tenido en cuenta.
  3. En caso de que la Parte B no esté actualizada, la factura electrónica no es genuina o legal y, por lo tanto, no presentar la Parte B del portal Eway Bill no es un error menor ni puede tratarse como un error técnico cuando existe la opción de presentar una queja en el propio portal del GST.

Según la disposición de la Regla 138 leída junto con la sección 68 de la CGST, toda persona registrada que transporte mercancías por un valor superior a 50 000 rupias debe proporcionar detalles de las mercancías en la Parte A de factura electrónica y debe proporcionar detalles del transporte en Parte B del portal Eway Bill en el portal común antes del inicio de los movimientos de mercancías.

En caso de falta de suministro Parte B del portal Eway Bill detalles, se llevarán a cabo las sanciones procesales en virtud de los artículos 122, 129 y 130 de la Ley CGST.

Sección Sanciones por no portar el E-Way Bill
Art. 122(xiv) Sanción por determinada infracción:
Un contribuyente gravable, persona registrada o cualquier persona que transporte bienes gravables sin documentos válidos (es decir, E-Way Bill), será responsable de una sanción de ₹10,000 o del impuesto presuntamente evadido, lo que sea mayor.
Art. 129 Detención, incautación y liberación de mercancías y medios de transporte en tránsito
Cuando los bienes se transporten o almacenen en contravención de las normas del GST, pueden ser detenidos o incautados. La liberación está sujeta a las siguientes condiciones:

Si el propietario comparece para pagar:
  • Bienes gravables: 100% del impuesto + sanción
  • Bienes exentos: 2% del valor o ₹25,000 (el menor)
  • O presentar garantía equivalente
Si el propietario NO comparece:
  • Bienes gravables: 50% del valor menos el impuesto pagado
  • Bienes exentos: 5% del valor o ₹25,000 (el menor)
  • O presentar garantía equivalente
Salvaguardias adicionales:
  • Debe emitirse orden de detención/incautación
  • Es obligatoria la oportunidad de audiencia
  • Es posible la liberación provisional mediante fianza/garantía (Sección 67(6))
  • El pago de impuesto y sanción finaliza el procedimiento
  • El impago conduce a acciones bajo la Sección 130
Art. 130 Confiscación de bienes y vehículos y aplicación de sanciones

Si el impuesto y las sanciones no se pagan dentro de los 7 días posteriores a la detención/incautación:
  • Los bienes y el vehículo pueden ser confiscados
  • Sanción hasta el valor de mercado de los bienes (excluyendo impuestos)
  • La sanción no puede ser inferior a la de la Sección 129(1)
  • Debe otorgarse oportunidad de audiencia antes de la confiscación
Referencia: Inspección de vehículos en tránsito

 

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