No hay revocación del ITC sobre la pérdida de insumos en el proceso de fabricación

Published on:
July 9, 2021

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Retenido por el Honorable Tribunal Superior de la Judicatura de Madrás en el asunto de

m/S.ars Steels & Alloy International Pvt. Ltd., contra el funcionario tributario estatal (W.P.núm. 2885 de 2021)

En el presente caso, el peticionario se dedicaba a la fabricación de billetes y lingotes MS. Debido a la naturaleza inherente del proceso de fabricación, una parte de los insumos se pierde durante el proceso de fabricación. En virtud del artículo 17 (5) (h) de la Ley CGST, el demandado revocó el ITC correspondiente a dicha pérdida de insumos, debido a la pérdida, el robo, la destrucción, el paso a pérdidas y ganancias o la eliminación de bienes en forma de obsequio o muestras gratuitas. El peticionario sostuvo que las hipótesis previstas en el artículo 17 (5) (h) son aquellas pérdidas que son de naturaleza cuantificable y que también implican factores externos o compulsivos. Sin embargo, la pérdida en el proceso de fabricación es inherente a la naturaleza.

El Honorable Tribunal Superior se basó en el caso de Rupa & Co. Ltd. V. Cestat, Chennai (2015 (324) ELT 295) en el que se sostuvo que era inevitable consumir cierta cantidad del insumo en el proceso de fabricación.

Por lo tanto, el ITC debería concederse sobre la cantidad original de insumos utilizados, a pesar de que la cantidad total de insumos no figuraría en el producto acabado. Por lo tanto, el Honorable Tribunal Superior sostuvo que la pérdida debida a la naturaleza inherente del proceso de fabricación no está cubierta por el artículo 17 (5) (h) de la Ley CGST de 2017 y la orden impugnada puede anularse.

La discusión detallada se lleva a cabo de la siguiente manera:

1. Breves datos del caso:

  • Los peticionarios se dedican a la fabricación de billetes y lingotes MS. La chatarra de MS es un insumo que se utiliza para fabricar palanquillas y lingotes, y esas palanquillas y lingotes se convierten en insumos para la fabricación de barras TMT/CTD.
  • Según la naturaleza inherente del proceso de fabricación, una parte de los insumos se pierde durante el proceso de fabricación.
  • El demandado emitió una orden impugnada para anular una parte del ITC reclamada por los peticionarios con respecto a la pérdida de insumos en virtud del artículo 17 (5) (h) de la Ley CGST de 2017.
  • Por lo tanto, el peticionario presentó una petición ante el Honorable Tribunal Superior de Madrás impugnando la orden impugnada.

2. Extractos legales relevantes

  • También se establecieron disposiciones sobre la elegibilidad del ITC y la anulación de la Ley del impuesto sobre el valor agregado de Tamil Nadu de 2006 («Ley TNVAT»). El artículo 19 de la Ley del TNVAT preveía diversas situaciones para la concesión y anulación del ITC.
  • Siguiendo las disposiciones de la Sección 19, también se incorporan disposiciones similares en la Sección 17 de la Ley CGST de 2017.
  • La sección 17 (1) a (4) establece los casos en los que el evaluado tiene derecho a reclamar el ITC. Por el contrario, el artículo 17, apartado 5, prevé los supuestos en los que el ITC no es admisible.
  • El extracto pertinente de la sección 17 (5) (h) es el siguiente:

«Sección 17: Reparto de créditos y créditos bloqueados

(5) Sin perjuicio de lo contenido en la subsección (1) de la sección 16 y la subsección (1) de la sección 18, el crédito fiscal soportado no estará disponible con respecto a lo siguiente, a saber:

...

(h) bienes perdidos, robados, destruidos, dados de baja o desechados mediante obsequios o muestras gratuitas».

3. Comunicación presentada por el peticionario:

El peticionario sostuvo que:

  • El demandado revocó la ITC invocando las disposiciones de la Sección 17 (5) (h) de la Ley CGST, que significa que el ITC está relacionado con bienes perdidos, robados, destruidos, dados de baja o desechados mediante obsequios o muestras gratuitas.
  • Sin embargo, las pérdidas ocurridas durante el proceso de fabricación no pueden considerarse pérdidas por las razones mencionadas anteriormente.
  • Los escenarios que figuran en la Sección 17 (5) (h) son la pérdida de insumos que son cuantificables e involucran factores externos o compulsión. Sin embargo, la pérdida en el proceso de fabricación es inherente a la naturaleza.

4. Sentencia del Honorable Tribunal Superior

  • El Honorable Tribunal Superior se basó en el caso de Rupa & Co. Ltd. V. Cestat, Chennai (2015 (324) ELT 295) en la que la Sala de División de este Tribunal resolvió una cuestión de derecho sobre los derechos del ITC con respecto a los insumos utilizados en el proceso de fabricación, en virtud de las secciones 9A y 2 (g) del Reglamento de Crédito del CENVAT de 2002.
  • En ese caso, el insumo en los productos terminados fue marginalmente menor en comparación con el insumo utilizado por el evaluado y el departamento invierte el ITC en caso de diferencia entre la cantidad original de insumo y el insumo contenido en el producto terminado.
  • El Honorable Tribunal sostuvo que era inevitable consumir cierta cantidad del insumo en el proceso de fabricación. Por lo tanto, el ITC debía concederse sobre la cantidad original de insumo utilizada, a pesar de que la cantidad total del insumo no figurara en el producto acabado, y además debía añadirse:
    • Las expresiones «insumos de dicho producto acabado» y «contenidos en los productos acabados» no pueden interpretarse de manera teórica.
    • Debe entenderse en el contexto del proceso de fabricación.
    • Si no se discute el hecho de que cada proceso de fabricación provocaría automáticamente algún tipo de pérdida, como la evaporación, la creación de subproductos, etc., la cantidad total de insumos que se utilizaron para fabricar el producto terminado representa los insumos de dichos productos en su totalidad»

5. Decisión del Honorable Tribunal Superior

Teniendo en cuenta la sentencia, el Honorable Tribunal Superior sostuvo:

  • La anulación del ITC a causa de la pérdida por consumo de insumos que es inherente a la pérdida de fabricación en virtud del artículo 17 (5) (h) es un concepto erróneo.
  • Dichas pérdidas no están cubiertas por la Sección 17 (5) (h) de la Ley CGST.
  • Por lo tanto, la orden impugnada puede anularse.
California Sachin Jindal
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