Retenido por
Honorable Tribunal Supremo de la India
En lo que respecta a
M/s ASP Traders contra el estado de Uttar Pradesh & Sons
(APELACIÓN CIVIL NÚM. 9764 DE 2025)
M/s ASP Traders («el apelante») está registrado en el estado de Karnataka y envió un envío de mercancías a Delhi. Durante el tránsito, estas mercancías se cargaron en otro vehículo y desaparecieron 7 maletas. La brigada móvil detuvo un vehículo de este tipo en Jhansi. La Brigada Móvil expidió el SCN en el formulario GST MOV-07 en virtud del artículo 129 (3) de la Ley. El apelante presentó una respuesta detallada contra dicha notificación. A continuación, el apelante depositó el supuesto importe del impuesto mediante el formulario GST DRC-03. El demandado publicó la orden de envío de mercancías en vídeo emitida en el formulario GST MOV-05. Sin embargo, no se emitió ninguna orden final en el formulario GST MOV-09.
El apelante presentó un recurso ante el Honorable Tribunal Superior, en el que sostuvo que, una vez que el procedimiento haya concluido de conformidad con el artículo 129 (5) de la Ley, leído junto con el artículo 142 (3) del Reglamento, no se puede emitir ningún mandamiento al demandado para que dicte una orden en virtud del artículo 129 (3) de la Ley. En consecuencia, el apelante presentó un recurso ante el Honorable Tribunal Supremo de la India.
La Honorable Corte Suprema sostuvo que es un principio bien establecido que cada SCN debe culminar en una orden final y razonada. El artículo 129 (5) de la Ley establece que el procedimiento se considerará concluido tras el pago del impuesto y la multa; sin embargo, no puede interpretarse en el sentido de que el evaluado haya accedido a renunciar o abandonar el derecho a impugnar el impuesto, un derecho que está protegido por la propia ley. El término «conclusión» significa simplemente que no se iniciará ningún otro procedimiento de enjuiciamiento. No exime a la autoridad competente de dictar una orden que ponga fin al procedimiento. Por lo tanto, el funcionario correspondiente tiene la obligación de emitir una orden formal en el formulario GST MOV-09 y subir un resumen de la misma en el formulario GST DRT 07, según lo dispuesto en la Regla 142 (5) y la Circular de fecha 13 de abril de 2018, para que el contribuyente pueda hacer uso del recurso de apelación según lo dispuesto en la ley. Incluso suponiendo que el apelante hubiera realizado el pago, de forma voluntaria o no, no se podía eximir al funcionario correspondiente de la obligación legal de emitir una orden motivada en el formulario GST MOV-09 y subir el resumen correspondiente en el formulario GST DRC-07.
Por lo tanto, se anula la orden impugnada dictada por el Tribunal Superior y se ordena al demandado que dicte una orden final motivada en virtud del artículo 129 (3) de la Ley, en el formulario GST MOV-09 y que suba su resumen en el formulario GST DRC-07.
1. Breves datos del caso:
- M/s ASP Traders («El apelante») es un comerciante registrado en el estado de Karnataka.
- El 14 de enero de 2022, el apelante consignó 17850 kg de cacahuete seco de 51,73 lacas de INR (255 sacos) a Delhi. Durante el tránsito, la mercancía se cargó en otro vehículo. Sin embargo, solo se cargaron 248 bolsas y faltaron 7 bolsas del envío original.
- El 17 de enero de 2022, la Brigada Móvil detuvo un vehículo de este tipo en Jhansi.
- Se emitieron los siguientes avisos y documentos:
- GST MOV-01: Se grabó la declaración del conductor.
- GST MOV-04: El informe de inspección física se emitió el 20 de enero de 2022;
- GST MOV-06: La orden de detención se emitió el 20 de enero de 2022;
- GST MOV-07: El 21 de enero de 2022 se emitió la notificación u/s 129 (3) de la Ley CGST («La Ley»), en la que se destacaban varias discrepancias;
- Respuesta detallada: El apelante presentó una respuesta detallada el 24 de enero de 2022, negando todas las alegaciones;
- GST DRC-03: El apelante depositó 7.20.440/- INR para el IGST, como se indica en SCN, el 27 de enero de 2022.
- GST MOV-05: La mercancía detenida fue liberada el 27 de enero de 2022.
- Sin embargo, a pesar de la liberación, la brigada móvil u/s 129 (3) de la Ley no emitió ninguna orden final.
- Al solicitar la orden final en el GST MOV-09, la Brigada Móvil dio a entender que el representante del apelante solicitó oralmente que se retirara la confianza y se entregara el vehículo. Por lo tanto, no se consideró necesario ningún otro procedimiento.
- En consecuencia, el apelante solicitó al Tribunal Superior las siguientes medidas cautelares:
- Una instrucción al Demandado para que presente una copia de la orden dictada en virtud de la Sección 129 (3) en cumplimiento de la notificación emitida en el formulario GST MOV-07;
- Una instrucción al demandado para que apruebe una orden de uso de la palabra en virtud de la Sección 129 (3) después de haber tenido la oportunidad de escuchar.
- El Honorable Tribunal Superior sostuvo que:
- Se emitió una notificación u/s 129 (3) de la Ley. De conformidad con ello, el peticionario depositó la cantidad por su cuenta en el formulario GST DRC-03 e intimidó al demandado.
- El demandado emitió la orden en el formulario GST DRC-05.
- En consecuencia, el procedimiento relativo a la notificación emitida en virtud del artículo 129 (3) de la Ley CGST concluyó de conformidad con el artículo 129 (5) de la Ley CGST.
- Por lo tanto, la reparación solicitada por el peticionario no puede concederse, ya que el asunto ha concluido de conformidad con el mandato legislativo.
- Una vez que el procedimiento haya concluido de conformidad con el artículo 129 (5) de la Ley, leído junto con la regla 142 (3) del Reglamento, no se podrá emitir ningún mandamiento al demandado para que dicte una orden en virtud del artículo 129 (3) de la Ley.
- Por lo tanto, el apelante presentó un recurso ante el Honorable Tribunal Supremo de la India.
2. Extracto legal relevante
El extracto legal pertinente de la Ley se reitera a continuación para facilitar su consulta:
- Artículo 129 de la Ley CGST:
»129. Detención, incautación y liberación de bienes y medios de transporte en tránsito:
...
(3) El oficial correspondiente que detenga o incaute bienes o medios de transporte emitirá una notificación especificando el impuesto y la multa pagaderos y, posteriormente, emitirá una orden de pago de impuestos y multas en virtud de la cláusula (a) o la cláusula (b) o la cláusula (c).
...
(5) Tras el pago de la cantidad mencionada en la subsección (1), todos los procedimientos relacionados con la notificación especificada en la subsección (3) se considerarán concluidos.
..»
- Regla 142 del Reglamento del CGST de 2017:
«142. Notificación y orden de solicitud de las cantidades pagaderas en virtud de la Ley.
...
(3) Cuando la persona responsable del impuesto pague impuestos e intereses en virtud de la subsección (8) de la sección 73 o, según sea el caso, impuestos, intereses y multas en virtud de la subsección (8) de la sección 74 dentro de los treinta días posteriores a la notificación en virtud de la subregla (1), o cuando la persona interesada pague la cantidad mencionada en la subsección (1) de la sección 129 dentro de los catorce días posteriores a la detención o incautación de la mercancía y transporte, informará al oficial correspondiente de dicho pago en el FORMULARIO GST DRC-03 y el oficial correspondiente emitirá una orden en el FORMULARIO GST DRC-05 concluye el procedimiento con respecto a dicha notificación.
...
(5) Un resumen de la orden emitida en virtud de la sección 52 o la sección 62 o la sección 63 o la sección 64 o la sección 73 o la sección 74 o la sección 75 o la sección 76 o la sección 122 o la sección 123 o la sección 124 o la sección 125 o la sección 127 o la sección 129 o la sección 130 se cargará electrónicamente en el FORMULARIO GST DRC-07, especificando en él el importe de los impuestos, intereses y multas a pagar por la persona responsable del impuesto».
3. Alegación del apelante
El apelante sostuvo que:
- Es una posición legal establecida que cada notificación de causa justificada debe culminar con una orden final motivada que permita a la persona afectada hacer uso de todos los recursos legales.
- El pago de la multa no puede considerarse voluntario en virtud del formulario GST DRC-03, ya que nunca se emitió una notificación de causa justificada en el formulario GST DRC-01 que exigiera al apelante realizar dicho depósito.
- Las autoridades demandadas no siguieron el procedimiento obligatorio prescrito en la regla 142 del Reglamento del CGST.
- Además, incluso si se supone que la multa se pagó voluntariamente para garantizar la liberación de la mercancía, el demandado seguía teniendo la obligación legal de dictar una orden en el formulario GST MOV-09, como se aclara en la circular núm. 41/15/2018-GST de 13 de abril de 2018.
- El artículo 129 (5) se limita a establecer que el procedimiento se considerará concluido tras el pago de la multa, y no exime del requisito de adjudicación, una vez que se haya emitido una notificación en virtud del artículo 129 (3).
- Para un cierre legal adecuado, se debe emitir una orden final en los formularios GST DRC-07 y GST MOV-09.
- Se requiere una orden final para preservar el derecho de apelación del contribuyente en virtud del artículo 107 de la Ley.
- Además, la imposición de sanciones tiene implicaciones más amplias, incluidas las posibles consecuencias en futuros procedimientos de adjudicación o ejecución en virtud de la Ley CGST de 2017.
- En ausencia de una orden formal, el derecho legal de apelación en virtud del artículo 107 se vuelve ilusorio.
- Por lo tanto, el apelante pidió que se anulara la orden impugnada del Tribunal Superior y que se emitieran las instrucciones apropiadas a las autoridades demandadas para que emitieran órdenes finales en los formularios GST MOV-09 y GST DRC-07.
4. Alegación del demandado:
El demandado sostuvo que:
- El artículo 129 (5) estipula que, tras el pago del importe previsto en el artículo 129 (1), «todos los procedimientos relacionados con la notificación especificada en la subsección (3) se considerarán concluidos» y, por lo tanto, no es necesaria ninguna otra orden. Lo mismo se confirma también en la regla 142 (3) del Reglamento de la CGST.
- El apelante podría haber evitado retirar las objeciones y, en cambio, haber optado por garantizar la liberación de las mercancías proporcionando una garantía en virtud de la Ley.
- En el presente caso, el artículo 129 (5) es explícito y ahora no se puede permitir que el apelante reabra el procedimiento concluido.
5. Análisis realizado por el Honorable Tribunal Supremo de la India:
- La cuestión que se plantea a considerar en esta apelación es si, tras el pago del impuesto y la multa por parte del apelante dentro del plazo estipulado en la notificación en virtud del artículo 129 (3), el funcionario correspondiente todavía está obligado a dictar una orden final en virtud del artículo 129 (3), o si la consideración de ficción en virtud del artículo 129 (5) prescinde de dicho requisito.
- Según la Regla 142 (3), sobre el pago de impuestos y multas en virtud de la sección 129 (1), la insinuación se dará en el formulario DRC-03 y el oficial correspondiente emitirá una orden en el formulario DRC-05 para concluir el procedimiento. La subregla (5) exige subir un resumen de la orden final en el formulario GST DRC-07.
- Según la circular núm. 41/15/2018-GST de fecha 14 de abril de 2018, tras el pago de los impuestos y la multa en virtud de la Sección 129 (1), el oficial correspondiente debe emitir la orden de liberación en el formulario GST MOV-05. Además, el oficial debe aprobar una orden de demanda formal en el formulario GST MOV-09 y subirla al portal común. Se debe subir un resumen de esta orden en el formulario GST DRC-07 para que la solicitud quede registrada en el registro electrónico de responsabilidades del contribuyente.
- En el presente caso, el demandado liberó la mercancía y el vehículo emitiendo una orden de descarga en el formulario GST MOV-05. Sin embargo, no se dictó ninguna orden definitiva, según la mencionada notificación emitida en virtud del artículo 129 (3) de la Ley CGST.
- El apelante alegó que, debido a exigencias comerciales, pagaron el impuesto y la multa y obtuvieron la liberación de la mercancía y el vehículo retenidos. Sin embargo, ese pago no puede interpretarse como una admisión de responsabilidad. El pago se efectuó bajo protesta y el apelante tenía la intención de impugnar el asunto. Por lo tanto, el funcionario competente estaba obligado a dictar una orden de uso de la palabra con arreglo al párrafo 3 del artículo 129, a fin de que el apelante pudiera ejercer su derecho legal de apelación.
- El demandado afirmó que el apelante había efectuado el pago de manera voluntaria y que éste había retirado las objeciones presentadas anteriormente. En consecuencia, declararon que, de conformidad con el artículo 129 (5), todos los procedimientos habían concluido y que no era necesario dictar ninguna otra orden.
- La orden de condonación (GST MOV-05) se limita a registrar que los bienes y el vehículo detenidos fueron liberados tras el pago del impuesto y la multa propuestos. No menciona la retirada de las objeciones ni la conclusión de los procedimientos iniciados en virtud del artículo 129 (3) de la Ley CGST de 2017.
- Es un principio bien establecido que cada SCN debe culminar en una orden final y razonada.
- El artículo 129 (5) de la Ley establece que el procedimiento se considerará concluido tras el pago del impuesto y la multa; sin embargo, no puede interpretarse en el sentido de que el evaluado haya accedido a renunciar o abandonar el derecho a impugnar el impuesto, un derecho que está protegido por la propia ley.
- El término «conclusión» simplemente significa que no se iniciará ningún otro procedimiento de procesamiento. No exime a la autoridad competente de dictar una orden que ponga fin al procedimiento.
- Por lo tanto, el funcionario correspondiente tiene la obligación de emitir una orden formal en el formulario GST MOV-09 y subir un resumen de la misma en el formulario GST DRT 07, según lo dispuesto en la Regla 142 (5) y la Circular de fecha 13 de abril de 2018, para que el contribuyente pueda hacer uso del recurso de apelación según lo dispuesto en la ley.
- El lenguaje de la sección 129 (3) es categórico al afirmar que la oficinatodos emiten un aviso... y, posteriormente, aprueban una orden». El uso de las palabras «y después» refuerza el carácter obligatorio de dictar una orden motivada, independientemente del pago, especialmente cuando se presenta una protesta o controversia.
- Además, el pago por parte de un tasado no eximirá de la responsabilidad del oficial correspondiente de emitir una orden que justifique la solicitud de impuestos y multas.
- Según el mandato constitucional en virtud del artículo 265 de la Constitución, no se puede recaudar ni recaudar ningún impuesto excepto en virtud de la ley. No solo existe una prohibición contra la recaudación, sino también contra la recaudación.
- Por lo tanto, aun suponiendo que el apelante hubiera realizado el pago, de forma voluntaria o no, el funcionario correspondiente no podía quedar exento de la obligación legal de emitir una orden motivada en el formulario GST MOV-09 y subir el resumen correspondiente en el formulario GST DRC-07.
- El cumplimiento de estos requisitos procesales es esencial no solo para garantizar la transparencia y la responsabilidad en la administración tributaria, sino también para salvaguardar los derechos de apelación del contribuyente en virtud de la Ley CGST de 2017. Esta adhesión concuerda con el mandato constitucional establecido en el artículo 265 de la Constitución de la India.
6. Pedido final
El Honorable Tribunal Supremo de la India sostuvo que:
- Se anula la orden impugnada dictada por el Tribunal Superior.
- Se ordena al demandado que dicte una orden final razonada en virtud del artículo 129 (3) de la Ley, en el formulario GST MOV-09, tras conceder la oportunidad de ser escuchado según lo dispuesto en la Sección 129 (4), y que suba su resumen en el formulario GST DRC-07 en el plazo de un mes a partir de la fecha de recepción de una copia de esta sentencia.
- Posteriormente, el apelante podrá interponer los recursos legales apropiados contra dicha orden, por ley.