No se pagan intereses por la presentación tardía del GSTR-3B cuando el monto del impuesto se deposita en el libro mayor de crédito electrónico antes de la fecha de vencimiento

Published on:
February 21, 2024

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Ocupado por el Honorable Tribunal Superior de Madrás

En lo que respecta a

m/S.Eicher Motors Limited contra el Superintendente de GST y Central Excise (W.P.Nos. 16866 y 22013 de 2023)

El peticionario tenía un crédito fiscal soportado acumulado bajo el régimen anterior al GST. El peticionario presentó el GST TRAN-01 para la transmisión de dicho ITC acumulado en el marco del GST. Sin embargo, debido a problemas técnicos, el importe total del ITC no se transmitió con cargo al GST y el importe total no estaba disponible en el libro de crédito electrónico del peticionario. Por lo tanto, el peticionario no pudo presentar el GSTR-3B correspondiente al mes de julio de 2017. Debido al efecto dominó, el peticionario no pudo presentar el GSTR-3B de los meses siguientes hasta diciembre de 2017. Sin embargo, el peticionario depositó su obligación de pagar el GST de cada mes antes de la fecha límite mediante la presentación del GST PMT-06. El peticionario presentó declaraciones pendientes tras la resolución del problema. El peticionario recibió una notificación en la que se le imputaba la obligación de pagar intereses por el retraso en la presentación del GSTR-3B.

El Honorable Tribunal Superior sostuvo que el monto del impuesto recaudado por el tasado debía acreditarse en la cuenta del Gobierno antes de la fecha límite de presentación de las declaraciones mensuales, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 39 (7) de la Ley. Una vez que se haya pagado el importe del impuesto generando el PMT-06 del GST, dicho importe se acreditará en la cuenta pública inmediatamente después del depósito. La obligación tributaria se considerará cancelada en la medida en que la cantidad se deposite en poder del Gobierno. Por lo tanto, es irrelevante si el GSTR-3B se presenta dentro de la fecha de vencimiento o no para enviar el impuesto a la cuenta del Gobierno.

1. Breves datos del caso

  • El peticionario es un reconocido fabricante de motocicletas de tamaño mediano y tiene una unidad de fabricación en Tamil Nadu.
  • En la fecha de entrada en vigor del GST, es decir, el 1 de julio de 2017, el peticionario había acumulado el ITC del régimen anterior al GST. El peticionario presentó el formulario GST TRAN-1.
  • Sin embargo, por razones desconocidas, el importe total del crédito no se puso a disposición del peticionario en el portal GST. Como el importe total del ITC no figuraba en el libro electrónico de crédito, el peticionario no pudo presentar el GSTR-3B de julio de 2017 antes de la fecha límite.
  • La no presentación del formulario GSTR-3B en julio de 2017 tuvo un efecto dominó y el peticionario tampoco pudo presentar el GSTR-3B en los meses siguientes.
  • Aunque el peticionario no pudo presentar el GSTR-3B, el peticionario pagó todas las cuotas tributarias dentro de las fechas estipuladas. El peticionario depositó el monto del impuesto en el libro de caja electrónico.
  • Tras la resolución de la cuestión del GST TRAN-01, el peticionario presentó todos los GSTR-3B pendientes para el período comprendido entre julio de 2017 y diciembre de 2017.
  • Sin embargo, el peticionario recibió una notificación de recuperación en la que se exigía el pago de intereses por el retraso en el pago del GST desde julio de 2017 hasta diciembre de 2017.
  • El peticionario presentó una respuesta detallada. Sin embargo, el Departamento dictó una orden confirmando la demanda de intereses contra el peticionario.
  • El peticionario, agraviado por esa orden, presentó la petición de auto ante el Honorable Tribunal Superior.

2. Tema implicado en la petición

La cuestión que plantea la petición es si el peticionario está obligado a pagar intereses sobre el importe del GST depositado en el Libro de Crédito Electrónico (ECL) antes de la fecha de vencimiento. El Departamento sostuvo que el depósito de impuestos en el libro de caja electrónico no equivaldría al pago de impuestos.

3. Alegación del peticionario

El peticionario sostuvo que:

  1. El peticionario remite debidamente el importe del impuesto a la cuenta del Tesoro Público mantenida en el RBI bajo los epígrafes respectivos, es decir, CGST, SGST e IGST.
  2. Según la explicación (a) de la Sección 49 de la Ley GST, el depósito del importe del impuesto a ECL no es más que un depósito en una cuenta gubernamental mantenida en el RBI.
  3. El evaluado puede retirar la cantidad depositada en ECL a menos que el Departamento haya aprobado una orden adecuada. Por lo tanto, la cantidad depositada en ECL pertenece al Gobierno.

4. Alegación del demandado

El demandado sostuvo que:

  1. El peticionario debía presentar las declaraciones mensuales junto con el impuesto autoliquidado admitido en virtud de la Sección 39 (7) de la Ley GST el 20 de los meses siguientes o antes.
  2. Sin embargo, el peticionario presentó lo mismo tardíamente durante el período comprendido entre julio de 2017 y diciembre de 2017.
  3. Por lo tanto, en virtud del artículo 50 de la ley, el peticionario estaba sujeto al pago de intereses.
  4. Además, la falta de disponibilidad del «crédito tributario transitorio a los insumos» no influye en la presentación del GSTR-3B mensual.
  5. El peticionario es únicamente un «agente autorizado» para recaudar el GST en nombre del Gobierno y es responsable de remitirlo al gobierno en la fecha límite o antes. Si no se deposita a tiempo, se generará el «interés compensatorio» previsto en el artículo 50 de la Ley del GST.
  6. Además, la cantidad depositada en la propia ECL del peticionario no es el impuesto pagado al Gobierno, a menos que dicha cantidad se debite al presentar las declaraciones mensuales del GSTR-3B.
  7. Según la Sección 49 (3) de la Ley del GST, el importe disponible en la ECL puede utilizarse para realizar cualquier pago de impuestos, intereses, multas, comisiones o cualquier otro importe pagadero en virtud de las disposiciones de esta Ley o de las Normas establecidas en virtud de la misma.
  8. Por lo tanto, el contribuyente autoevalúa la obligación tributaria mediante la presentación de las declaraciones del GSTR1 y el monto del impuesto se paga mediante la presentación del GSTR-3B después de debitar dicho monto únicamente de la ECL.
  9. Solo después de debitar en ECL, se dice que la obligación tributaria está liberada. De lo contrario, dicha cantidad se refleja como saldo crediticio en ECL, que el peticionario puede recuperar en cualquier momento presentando una solicitud de reembolso en virtud del artículo 54 de la Ley del GST dentro de un plazo estipulado.

5. Análisis realizado por el Honorable Tribunal Superior

El Honorable Tribunal Superior hizo el siguiente análisis:

5.1 No se presenta la devolución por parte del peticionario

  • El peticionario no estaba disponible con todo el importe del ITC que había pasado del régimen anterior al GST, por lo que no pudo presentar la declaración mensual en el formulario GSTR-3B de julio de 2017.
  • Debido a que no presentó el formulario GSTR-3B para julio de 2017, el peticionario no pudo presentar el GSTR-3B para los meses siguientes, hasta diciembre de 2017.
  • Si bien el peticionario no pudo presentar las declaraciones, el peticionario se eximió de su responsabilidad en materia de GST sin demora al depositar los montos de los impuestos tanto en el libro de crédito electrónico como en el libro de caja electrónico.
  • El Consejo del GST, en su 26ª reunión, recomendó anular el recargo por mora pagado por los contribuyentes al presentar el formulario GSTR-3B debido a la demora en la presentación del formulario GST-TRAN-1.
  • El Consejo del GST eximió el pago por pago atrasado debido a problemas técnicos.
  • Además, si un evaluado no ha presentado las declaraciones del formulario GSTR-3B durante un mes antes de la fecha límite, no se le puede permitir presentar las declaraciones del formulario GSTR-3B para los meses siguientes, de conformidad con las disposiciones de la Sección 39 (10) de la Ley CGST.
  • Es una disposición clara que establece que, antes de presentar el formulario GSTR-3B, el impuesto debería haberse pagado utilizando el GST PMT-06.

5.2 Fecha límite para el pago del impuesto

  • Según la Sección 39 (7) de la Ley CGST, para el pago de impuestos al Gobierno, la presentación del GSTR-3B no es el asunto. Sin embargo, la última fecha para presentar la declaración mensual es importante.
  • Ya sea que la declaración mensual se presente a tiempo o no, pero es obligatorio remitir el GST hasta la última fecha para presentar las declaraciones mensuales.
  • Por lo tanto, no importa si el GSTR-3B se presenta dentro de la fecha límite o no para el envío de impuestos a la cuenta del Gobierno.

5.3 Control of fondos in the major credit book

  • La fecha del crédito a la cuenta del Gobierno en un banco autorizado será la fecha del depósito en el libro mayor electrónico de efectivo.
  • No es correcto afirmar que el pago del impuesto se realizaría solo después de la presentación de la declaración del GSTR-3B y después de debitar el libro de crédito electrónico o el libro de caja electrónico.
  • Una vez depositado el GST, se pone a disposición del Gobierno para su uso y el Gobierno no puede esperar ni posponer la utilización hasta la fecha de presentación del GSTR-3 o el GSTR-3B.
  • Por lo tanto, desde el momento en que se deposita el GST generando el PMT-06 del GST, es el dinero del Tesoro, ya que el dinero se recaudó únicamente a nombre del Tesoro en forma de GST.
  • Por lo tanto, para el pago del impuesto a la cuenta del Gobierno, la presentación del GSTR-3B es irrelevante.

5.4 Aplicabilidad de los intereses en virtud del artículo 50 de la Ley CGST

  • Los intereses, si los hubiera, en virtud de la sección 50 (1) de la Ley CGST se aplicarán sobre el monto que no se pague antes de la fecha de vencimiento de la presentación de las declaraciones.
  • La afirmación del demandado de que solo si la anotación del débito se realiza en la ECL, solo se considerará como la fecha del pago real del impuesto.
  • Por el contrario, el artículo 50 (1) de la Ley CGST establece que el dinero en efectivo debe pagarse al gobierno dentro del período prescrito, que es el día 20 de cada mes en términos del artículo 39 (7) de la Ley CGST.
  • Este período prescrito es el único plazo previsto en el artículo 50 (1) de la Ley CGST.
  • El Tribunal Superior de Gujarat también ha aclarado que no se pagan intereses, ya que el importe del impuesto ya se ha acreditado al gobierno dentro del plazo prescrito, es decir, antes de la fecha de vencimiento.
  • La aplicación correcta de la condición al artículo 50 de la Ley CGST debería garantizar que no vaya más allá de la disposición, a la que es una condición. Una condición solo establece una excepción y se refiere a la disposición principal, para la que no se ha promulgado como condición para ninguna otra.
  • La Sala de División del Tribunal Superior de Jharkhand, en una decisión anterior, interpretó dicha condición de tal manera que la condición invalidaría la disposición y, por lo tanto, modificaría la fecha de pago del impuesto al gobierno, lo que no está permitido y es contrario a lo dispuesto en el artículo 50 (1) de la Ley.

6. Conclusión

  • El crédito a la cuenta del Gobierno siempre debe efectuarse antes de la fecha límite de presentación de las declaraciones mensuales, según lo dispuesto en la Sección 39 (7) de la Ley.
  • Una vez que se pague el importe del impuesto generando el PMT-06 del GST, dicho importe se acreditará en la cuenta gubernamental inmediatamente después del depósito. La obligación tributaria se considerará cancelada en la medida en que la cantidad se deposite en poder del Gobierno.
  • Por lo tanto, si hay algún incumplimiento en el pago del GST, incluso después de la fecha límite para presentar las declaraciones mensuales, es decir, el 20 de cada mes siguiente o antes, solo durante dicho período retrasado, una persona registrada está obligada a pagar intereses en virtud del artículo 50 (1) de la Ley.
  • En consecuencia, la orden impugnada puede anularse.
California Sachin Jindal
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