
Cada año, las empresas deben presentar sus diversos formularios y declaraciones anuales, como las declaraciones anuales y los estados financieros, etc. A veces, se producen varios eventos en las empresas que también hacen que una empresa cumpla con los requisitos en el portal del Ministerio de Asuntos Corporativos (MCA), como la asignación de valores por parte de una empresa requiere la presentación de la declaración de asignación en el PAS-3, el aumento del capital autorizado requiere la presentación del formulario SH-7, etc. Para cumplir con todos esos requisitos presentaciones, en la Ley se prescriben varias fechas límite.
La COVID-19 ha cambiado el panorama de todo, desde el estilo de vida diario hasta el funcionamiento de las empresas, debido a diversas interrupciones, como cierres, enfermedades graves, instalaciones médicas inadecuadas, etc. Teniendo en cuenta todos estos factores, el Gobierno siempre ha tomado medidas para apoyar a las personas y las empresas y para facilitar el entorno empresarial, de vez en cuando se han dado varias relajaciones.
En este artículo, obtendrá información informativa sobre varias relajaciones recientes proporcionadas por el Gobierno.
Según la circular general núm. 17/2021, de fecha 29 de octubre de 2021, la MCA ha decidido no cobrar tasas de presentación adicionales durante un período que finaliza el 31 de diciembre de 2021 con respecto a los formularios electrónicos AOC-4, AOC-4 (CFS), AOC-4 XBRL, AOC-4 no XBRL, MGT-7 y MGT-7A se presentan para el ejercicio económico 2020-21.
Por lo tanto, las empresas pueden presentar estos formularios con las tarifas normales solo hasta el 31st Diciembre de 2021.
En la tabla que se menciona a continuación, puede encontrar las fechas de vencimiento originales y ampliadas de los formularios ROC antes mencionados para el ejercicio financiero 2020-21.
La regla 6 (5) del Reglamento de Sociedades (registros de costos y auditoría) de 2014 exige que las empresas especificadas en las reglas 3 y 4 de dicho reglamento presenten los informes de auditoría de costos en el formulario CRA-4 (XBRL) recibidos del auditor de costos al Gobierno Central.
El informe debe presentarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción del informe de auditoría de costos por parte del Consejo de Administración. Es pertinente mencionar aquí que el auditor de costos está obligado a presentar un informe de auditoría de costos a la Junta en un plazo de 180 días a partir del cierre del ejercicio financiero. En consecuencia, la fecha límite para la presentación del informe de auditoría de costos para el ejercicio financiero era 30la septiembre de 2021 y debe entregarse al Registrador antes del 31 de octubre de 2021.
Mediante la circular núm. 18/2021, la MCA extendió la última fecha para la presentación del informe de auditoría de costos al Consejo de Administración hasta el 30la Noviembre de 2021, por lo tanto, la presentación del CRA-4 se extendió automáticamente hasta el 30la Diciembre de 2021.
Con el fin de reducir la retención de cumplimiento de la junta general anual (AGM), el plazo se amplía 2 meses después de la fecha límite original en la que las empresas deben llevar a cabo sus AGM para el ejercicio financiero 2020-21 que finalizó el 31 de marzo de 2021. [Memorándum de oficina CL-II-03/252/2021-O/O-DGCoA/MCA].
Requisito de celebrar una asamblea general según el artículo 96 de la Ley.
La Ley no contiene ninguna disposición específica para las juntas de accionistas mediante videoconferencias o cualquier otro medio audiovisual. El artículo 108 de la ley permite el voto electrónico, mientras que el artículo 110 de la ley permite que la resolución se apruebe mediante votación por correo.
Según la circular núm. 14/2020, de 8 de abril de 2021, se pidió a las empresas que tramitaran sus asuntos mediante votación postal o electrónica, excepto en el caso de las operaciones ordinarias, y en los casos en que fuera inevitable celebrar una EGM, lo mismo podría hacerse mediante videoconferencia o cualquier otro modo audiovisual.
En medio del escenario de la COVID-19, el Gobierno ha extendido esta instalación hasta el 31st 21 de diciembre en virtud de la circular núm. 10/2021 de 23 de junio de 2021.
Con la omisión de la regla 4 del Reglamento de Sociedades (Reuniones del Consejo de Administración y sus poderes), de 2014, véase la Notificación No. Según la ley G.S.R. 409 (E), de 15 de junio de 2021, ahora todos los asuntos, incluida la aprobación de los estados financieros y los informes del consejo de administración, se pueden resolver mediante una reunión del consejo por videoconferencia.
Requisito de que la reunión de la Junta Directiva se celebre mediante videoconferencia
Según lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 173 de la ley, los directores pueden participar en las reuniones de la junta por videoconferencia u otros medios audiovisuales. Sin embargo, la regla 4 del Reglamento de Sociedades (reuniones del consejo de administración y sus poderes) de 2014 mantuvo las restricciones sobre los siguientes asuntos, que no podían tratarse o aprobarse mediante videoconferencia u otros medios audiovisuales
a) Aprobación de los estados financieros anuales;
(b) Aprobación del informe de la junta;
c) Aprobación del folleto;
(d) Reunión del comité de auditoría para la aprobación de los estados financieros; y
(e) Fusión, fusión, escisión, adquisición y absorción.
El artículo 149 de la Ley exige que haya un mínimo de un director que resida en la India durante al menos 182 días al año. Esta condición es menos estricta y no habrá ningún incumplimiento en caso de que todos los directores no residieran en la India durante el ejercicio económico 2020-21.-Vide https://www.pib.gov.in/PressReleasePage.aspx?PRID=1737223.
Las empresas han ayudado en los tiempos difíciles de la COVID-19. Ya sea proporcionando mascarillas y desinfectantes o asistencia médica, las empresas han aportado fondos suficientes para ayudar al Gobierno y a los ciudadanos de la India.
A cambio, el Gobierno ha ampliado la red de actividades de RSE mediante la circular núm. 9/2021, de fecha 5la Mayo de 2021. Los fondos de responsabilidad social corporativa destinados a la creación de infraestructuras sanitarias para la atención de la COVID, el establecimiento de plantas de generación y almacenamiento de oxígeno para uso médico y la fabricación y suministro de concentradores de oxígeno, ventiladores, bombonas y otros equipos médicos para combatir la COVID-19 o actividades similares se convirtieron en actividades de responsabilidad social corporativa elegibles.
La regla 3 del Reglamento de Sociedades (Cuentas) de 2014 establece que todas las empresas que utilicen software de contabilidad para la preparación de libros de cuentas están obligadas obligatoriamente a utilizar únicamente el software que tenga la función de registrar el registro de auditoría. Este requisito se aplicó anteriormente a partir del 1 de abril de 2021 y ahora se extiende hasta el 1 de abril de 2022.
En caso de que una persona no haya solicitado la inscripción de su nombre en un banco de datos de directores independientes, dicha persona aún puede ser nombrada como director independiente y puede solicitar la inclusión de su nombre en el IICA con tasas adicionales de 1000 INR.
Al expirar el registro, si una persona no renueva su registro en un banco de datos en un plazo de 30 días, esa persona puede seguir siendo un director independiente. Solo tiene que solicitar la renovación del registro con una tasa adicional de 1000 INR para conservar su nombre.
Con efecto a partir del 1 de abril de 2021,
