El GST sobre intereses adicionales/penales en virtud de los esquemas del EMI

Published on:
July 21, 2019

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El CBIC aclara la aplicabilidad del GST a los intereses adicionales/penales en virtud de los esquemas del IME

Una cuota mensual equivalente («EMI») es una cantidad fija que el prestatario paga al prestamista en una fecha específica cada mes. El IME incluye los componentes del capital y los intereses mensuales, que, en conjunto, dan como resultado una cantidad igual de salida cada mes. Durante un período específico, el préstamo se cancela en su totalidad junto con los intereses. En caso de que no se cumpla el calendario de pagos del EMI, se podrían aplicar intereses adicionales o intereses penales para compensar el retraso.

Se solicitaron aclaraciones sobre si el GST también era aplicable a los intereses adicionales o penales cobrados por el retraso en los pagos del EMI.

Vídeo Circular núm. 102/21/2019-GST de 28 de junio de 2019, el CBIC ha aclarado

El resumen de la circular figura a continuación:

1. El financiador cobraría los intereses adicionales/penales por cualquier retraso en el pago del IME en la fecha prevista. Se formularon preguntas ante el CBIC sobre el tratamiento de las mismas en virtud de la ley del GST:

  • Exento en virtud del GST al considerar lo mismo que los intereses de préstamos o anticipos (según el número de serie 27 de la Notificación núm. 12/2017, impuesto central (tasa) de fecha 28 de junio de 2017)
  • Está sujeto a impuestos en virtud del GST al considerar lo mismo que la contraprestación por daños liquidados (según la entrada 5 (e) del Anexo II de la Ley Central del Impuesto sobre Bienes y Servicios de 2017).

2. El CBIC ha proporcionado dos ejemplos para explicar la posición:

1. Escenario 1: el vendedor ofrece un servicio de financiación al comprador para la compra

  1. En el momento de la venta, el vendedor ofrece al comprador la opción de realizar el pago en cuotas.
  2. El contrato tiene una cláusula para el pago de intereses adicionales/penales por demoras en el pago.
  3. En algunos casos, el proveedor emitiría una factura separada para el móvil y una factura separada para la ampliación de los servicios de préstamo, es decir, para los intereses y los intereses adicionales/penales.

Aclaración del CBIC:

  • Según la Sección 15 (2) (d) de la Ley CGST, cualquier importe en forma de interés/recargo o multa por retraso en el pago equivale a una contraprestación por el suministro de bienes.
  • Por lo tanto, el importe de los intereses penales debe incluirse en el valor del suministro y estaría sujeto al GST aplicable a la transacción principal.
  • La forma de facturación no cambiaría la implicación del GST.

2. Escenario 2: Un tercero ofrece un servicio de financiación al comprador para su compra

  • El vendedor se compromete a vender el producto al comprador.
  • El comprador tiene la opción de hacer uso de un servicio de financiación de un tercero.
  • El contrato tiene una cláusula para el pago de intereses adicionales/penales por demoras en el pago.

Aclaración del CBIC:

  • La transacción se lleva a cabo entre el comprador y un tercero financiero.
  • Los intereses penales/adicionales cobrados no formarían parte de la contraprestación por las mercancías.
  • La transacción entre el comprador y un financiador externo estaría cubierta por el número de serie 27 de la Notificación núm. 12/2017 (Impuesto central (tasa) de fecha 28 de junio de 2017) - «servicios mediante la ampliación de depósitos, préstamos o anticipos en la medida en que la contraprestación esté representada por intereses o descuentos (distintos de los intereses derivados de los servicios de tarjetas de crédito)». Por lo tanto, lo mismo estaría exento del GST.
  • Además, lo mismo no entraría en el ámbito de la entrada 5 (e) del Anexo II de la Ley CGST - «aceptar la obligación de abstenerse de realizar un acto, de tolerar un acto o una situación o de realizar un acto».
  • Sin embargo, si se cobra al cliente alguna comisión por servicio, cargo por servicio o cualquier otro cargo, no calificaría para considerarse «interés» y, por lo tanto, estaría sujeto al GST.

La circular reafirma la posición actual de la ley sobre el GST y proporciona orientación a las empresas para evaluar el impacto del GST en los intereses adicionales o penales recaudados a los clientes. Las empresas deben ser conscientes de las implicaciones anteriores en caso de estructurar transacciones con acuerdos de financiación.

California Sachin Jindal
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