Retenido por el Honorable Tribunal Superior de Madrás en materia de
Asociación de propietarios de Greenwood contra la Unión de la India [W.P. núms. 5518 y 1555 de 2020 de fecha 1 de julio de 2021].
Tras la implementación del GST, véase la entrada 77 de la notificación núm. 12/2017-CT de fecha 28 de junio de 2017, se concedió una exención con respecto a las contribuciones recibidas por las RFA que superaran los 7.500 INR. Según los volantes y aclaraciones publicados inicialmente por el CBIC, se aclaraba que el GST se aplicaría a las contraprestaciones recibidas que superaran las 7.500 INR.
Sin embargo, más adelante, una RWA presentó una solicitud ante la Autoridad de Resolución Anticipada para solicitar aclaraciones sobre este asunto. El Honorable AAR se pronunció en contra y declaró que la exención solo está disponible si se recibe una contribución de hasta 7.500 INR. Por lo tanto, si el importe de la contribución supera las 7.500 INR, la totalidad de la contribución estará sujeta al GST. Inspirándose en dicha sentencia, el CBIC emitió un vídeo aclaratorio Circular núm. 109/28/2019-GST de 22 de julio de 2019 indicando que la exención de contribución solo estará disponible si se recibe una cantidad de hasta 7.500 INR. Si se recibe una cantidad en exceso, la totalidad de la contribución estará sujeta al GST. Por lo tanto, el peticionario presentó un recurso ante el Honorable Tribunal Superior impugnando la validez de la sentencia de la AAR y de la circular emitida posteriormente por el CBIC.
El Honorable Tribunal Superior sostuvo que las sencillas palabras empleadas en la entrada 77 eran: «hasta» una cantidad de 7.500 rupias/- solo puede interpretarse en el sentido de que cualquier contribución que supere la misma estaría sujeta a impuestos. El término «hasta» connota un límite superior y el mismo es intercambiable con el término «hasta». Significa que cualquier cantidad que no supere el límite máximo de 7.500 rupias/- estaría exenta a los efectos del GST. Por lo tanto, la aclaración del Departamento del GST, ya en 2017, ha adoptado el punto de vista correcto.
1. Breves datos del caso
- Las asociaciones de bienestar de residentes presentan una petición contra una sentencia anticipada que sostenía que el GST se aplica a la totalidad de la contribución recibida por la RWA.
- Tras la introducción del GST, se concedió una exención a las contribuciones realizadas por los miembros de la RWA mediante la Notificación 12/17- CT de fecha 28 de junio de 2017, en la que se concedía una exención para las contribuciones realizadas hasta 5000 INR al mes por miembro. El límite de 5.000 INR se modificó hasta llegar a 7.500 INR mediante la notificación núm. 2/18 de 25 de enero de 2018.
- Se concedió una exención para las contribuciones hechas a la RWA de hasta 7.500 INR al mes por miembro para la adquisición de bienes y servicios de una tercera persona para el uso común de los miembros de la RWA, es decir, complejos de viviendas o complejos residenciales.
- En muchos casos, RWA recibió contribuciones superiores a 7.500 INR. En tal situación, surgió la pregunta de que:
- Si, en caso de que la contribución supere las 7.500 INR, la RWA perdería por completo el beneficio de la exención, es decir, la contribución total de 7.500 INR estaría sujeta a impuestos; o
- La exención continuará hasta una contribución de 7.500 INR y solo la cantidad recibida que supere los 7.500 INR estará sujeta a impuestos.
- En el período inicial, el Departamento de GST emitió una aclaración en el caso de la Sociedad de Vivienda Cooperativa, en la que se mencionaba específicamente que el GST se aplicaría a la contraprestación recibida que superara las 7.500 INR. Los volantes cubrían todas las sociedades cooperativas de vivienda, es decir, las sociedades cooperativas de vivienda, las sociedades de vivienda o las sociedades en complejos residenciales.
- Por lo tanto, teniendo en cuenta la aclaración, todas las RWAS estaban cobrando el GST sobre las contribuciones recibidas en consecuencia.
- Sin embargo, en 2009, uno de los peticionarios se dirigió a la Autoridad de resolución anticipada solicitando aclaraciones sobre este asunto.
- El Honorable AAR se mostró en contra y declaró que la exención solo está disponible si se recibe una contribución de hasta 7.500 INR. Si el importe de la contribución supera las 7.500 INR, el derecho a la exención quedará anulado y la totalidad de la contribución estará sujeta al GST.
- Inspirado por la sentencia del Honorable AAR, el CBIC emitió un video circular Circular núm. 109/28/2019-GST de 22 de julio de 2019 en el que también aclaró que la exención de contribución solo estará disponible si se recibe una cantidad de hasta 7.500 INR. Si se recibe una cantidad en exceso, la totalidad de la contribución estará sujeta al GST.
- El peticionario, agraviado por la circular del CBIC y la sentencia de la AAR, presentó la petición de auto (W.P.núm. 27100 de 2019) ante el Honorable Tribunal Superior de Madrás. Los peticionarios impugnaron la circular núm. 109/28/2019, de fecha 22 de julio de 2019, sobre la cuestión de la recaudación de impuestos sobre el importe total de las contribuciones recibidas por RWA.
2. Extractos legales relevantes
- La «Descripción del servicio» en la entrada número 77 de la notificación número 12/2017- CT de fecha 28 de junio de 2017 se reitera a continuación:
«Prestación de servicios por parte de una entidad no constituida en sociedad o una entidad sin fines de lucro registrada con arreglo a cualquier ley en vigor a sus propios miembros mediante el reembolso de los cargos o la parte de la contribución-
a) como sindicato;
(b) para la realización de cualquier actividad que esté exenta del impuesto sobre bienes y servicios; o
(c) hasta una cantidad de siete mil quinientas rupias al mes por miembro para la adquisición de bienes o servicios de una tercera persona para el uso común de sus miembros en una sociedad de vivienda o un complejo residencial».
- A continuación se reitera el extracto relevante de la circular emitida posteriormente por el departamento (circular núm. 109/28/2019-GST del 22 de julio de 2019):
| S. NO. |
Issue |
Clarification |
| 5. |
How should the RWA calculate GST payable where the maintenance charges exceed Rs.7500/- per month per member? Is the GST payable only on the amount exceeding Rs.7500/- or on the entire amount of maintenance charges? |
The exemption from GST on maintenance charges charged by a RWA from residents is available only if such charges do not exceed Rs.7500/- per month per member. In case the charges exceed Rs.7500/- per month per member, the entire amount is taxable. For example, if the maintenance charges are Rs.9000/- per month per member, GST @ 18% shall be payable on the entire amount of Rs.9000/- and not on (Rs.9000- Rs.7500) = Rs.1500/- |
3. Alegación del peticionario
El peticionario sostuvo que:
- La interpretación del Departamento es contraria al lenguaje expreso y a la intención de la exención otorgada.
- Se hace hincapié en la frase 'hasta'. La exención se otorga por la contribución recibida hasta 7.500 rupias/- y este derecho permanece constante independientemente del cambio en el monto de la contribución.
- Además, según el artículo 13 (3) de la Constitución de la India, la retirada de cualquier exención legal mediante circular es contraria a las disposiciones de la Constitución.
- Además, según la aclaración inicial del propio Departamento, el peticionario solo recaudó el GST por esa contribución que superara las 7.500 rupias/-. Ahora bien, si se opina lo contrario en esta coyuntura, sería imposible que las RWAS recaudaran el déficit, ya que, entretanto, se habrían producido varios cambios en la titularidad de la propiedad.
4. Alegación del demandado
Ld. El abogado del demandado sostuvo que:
- Se hizo hincapié en el artículo 15 de la Ley CGST, según el cual, el GST se aplica al valor de la transacción. En este caso, el valor de la transacción es la contribución recibida y debe tenerse en cuenta en su totalidad a la hora de recaudar impuestos.
- Además, la exención está destinada a las clases medias y no a los apartamentos de lujo o a sus propietarios.
- Además, en la notificación de exención, no se indica ninguna losa. Más bien, solo se indica un rango que da derecho al evaluado a solicitar la exención. Cualquier variación en el importe privaría automáticamente del derecho a la prestación.
- Además, el demandado confía en la sentencia del tribunal supremo en el asunto de Comisionado de Aduanas e Importación, Mumbai V. Dilip Kumar & Company (361 ELT 577) en el que se sostuvo que, en caso de ambigüedad en la interpretación de una disposición o notificación de exención fiscal, la interpretación debería ser estricta y la carga de probar la aplicabilidad recaería en el evaluado. Por lo tanto, en este caso, la disposición de exención debe interpretarse de manera estricta y, por lo tanto, los peticionarios no tienen derecho a solicitar un trato beneficioso.
5. Análisis del Honorable Tribunal Superior de Madrás
El Honorable Tribunal Superior de Madrás hizo el siguiente análisis:
- En estos casos, no hay ambigüedad en el lenguaje de la disposición de exención. Por lo tanto, la sentencia del Tribunal Supremo en Dilip Kumar (supra) no lo haría en este caso.
- La intención de la notificación de exención es clara, ya que quiere eliminar la contribución del ámbito tributario hasta una cantidad de 7.500 rupias/-.
- Si se compara esta exención con el lenguaje de otras exenciones, se pone claramente de manifiesto la diferencia de lenguaje adoptada por los ingresos en materia de concesión de exenciones.
- En el caso de que la legislatura tuviera la intención de que la exención se aplicara solo a los casos en que la cantidad cobrada no supere un límite pecuniario específico, así lo establece, como se puede ver en el lenguaje utilizado en la condición de la cláusula 56 de la Notificación 25 de 2012, donde se afirma: «la exención se aplicará únicamente cuando el importe bruto cobrado por dicho servicio no supere las 5.000 rupias/- en un ejercicio financiero».
- Del mismo modo, en la entrada núm. 78 de la Notificación núm. 12/2017 de fecha 28 de junio de 2017, la exención está disponible para lo siguiente:
«Servicios de un artista mediante una actuación en formas de arte folclóricas o clásicas de:
(a) música, o
(b) bailar, o
(c) teatro,
si la contraprestación cobrada por dicha actuación no es superior a un lakh de cincuenta mil rupias:
Siempre que la exención no se aplique al servicio prestado por dicho artista como embajador de la marca.»
- Los «artistas» son categorías basadas en sus ganancias. Los que cobren menos de 1,50 INR están exentos. Si la contraprestación supera los 1,50 lakhs de INR, aunque sea por una rupia, el artista perderá el beneficio de la exención.
- Estas entradas figuran en la misma notificación de exención, por lo que la elección de las palabras empleadas es consciente de que tiene diferentes aplicaciones.
- Según el Tribunal Supremo en el caso de Dilip Kumar (supra), el Tribunal Supremo reitera la firme proposición de que una notificación de exención debe interpretarse estrictamente. Las sencillas palabras empleadas en la entrada 77 son: «hasta» una cantidad de 7.500 rupias/- por lo tanto, solo puede interpretarse en el sentido de que cualquier contribución que supere la misma estaría sujeta a impuestos.
- El término «hasta» connota un límite superior y el mismo es intercambiable con el término «hasta». Significa que cualquier cantidad que no supere el límite máximo de 7.500 rupias/- estaría exenta a los efectos del GST.
- Por lo que respecta al argumento relativo al tipo impositivo, un bloque es una medida para determinar la obligación tributaria. La prescripción de una tabla implica que los ingresos por encima de esa tabla quedarían fuera del ámbito de aplicación del impuesto al ser exigibles a un tipo impositivo más bajo y que los ingresos por encima de esa tabla recibirían un trato diferente. La intención de la entrada de exención en cuestión es simplemente eximir las contribuciones hasta un cierto límite específico.
- Por lo tanto, la aclaración del Departamento de GST, ya en 2017, adoptó el punto de vista correcto.
6. Decisión del Honorable Tribunal Superior de Madrás
El Honorable Tribunal Superior sostuvo que la aclaración del Departamento de GST en 2017 era correcta. La sentencia dictada por la AAR y la posterior aprobación de la Circular por la CBDT pueden ser anuladas. Por lo tanto, no se aplica el GST a las contribuciones recibidas hasta un máximo de 7.500 INR y, en caso de que las contribuciones recibidas superen las 7.500 INR, el GST solo cobrará un importe adicional.