Según la Notificación núm. 47/2017, el impuesto central (tasa) siguiente a los siguientes servicios se cobrará una tasa impositiva nula a partir del 15 de noviembre de 2017.
- Servicio prestado por Fair Price Shops al gobierno central, al gobierno estatal o al territorio de la Unión mediante la venta de cereales alimenticios, queroseno, azúcar, aceite comestible, etc. en el marco del sistema de distribución pública a cambio de una contraprestación en forma de comisión o margen
- Servicios mediante la admisión a un monumento protegido declarado en virtud de la Ley de Monumentos Antiguos y Sitios y Restos Arqueológicos de 1958 (24 de 1958) o cualquiera de las leyes estatales, por el momento en vigor
NOTIFICACIÓN NO. 47/2017-IMPUESTO CENTRAL (TASA), DE FECHA 14-11-2017
En ejercicio de las facultades conferidas por la subsección (1) de la sección 11 de la Ley Central del Impuesto sobre Bienes y Servicios de 2017 (12 de 2017), el Gobierno Central, al comprobar que es necesario hacerlo por razones de interés público, por recomendación del Consejo, introduce las siguientes modificaciones adicionales en la notificación del Gobierno de la India, en el Ministerio de Finanzas (Departamento de Ingresos), núm. 12/2017- Impuesto central (tasa), fechada el 28 de junio de 2017, publicado en la Gaceta de la India, Extraordinario, segunda parte, sección 3, subsección (i), vídeo número G.S.R. 691 (E), de fecha 28 de junio de 2017, a saber: —
En dicha notificación, en la Tabla, —
|
|
| (a) |
Frente al número de serie 11A, en sustitución de la entrada en la columna (3), se insertará la siguiente, a saber:—
“Servicio prestado por las tiendas de precio justo al Gobierno Central, Gobierno Estatal o Territorio de la Unión mediante la venta de granos alimenticios, queroseno, azúcar, aceite comestible, etc., en el marco del Sistema Público de Distribución, a cambio de una contraprestación en forma de comisión o margen.”
|
| (b) |
Se suprimirá el número de serie 11B y las entradas correspondientes;
|
| (c) |
Después del número de serie 79 y de las entradas correspondientes, se insertarán el siguiente número de serie y las entradas, a saber:—
|
|
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
|
“79A |
Partida 9996 |
Servicios consistentes en la admisión a un monumento protegido declarado como tal en virtud de la Ley de Monumentos Antiguos y Sitios y Restos Arqueológicos de 1958 (24 de 1958) o de cualquier ley estatal vigente en ese momento
|
Nulo |
Nulo”. |
2. Esta notificación entrará en vigor a partir del 15 de noviembre de 2017.
Lea más en Cuestión relacionada con la tributación de los derechos de arrendamiento en virtud del GST