
Debido a la pandemia de la COVID-19, la mayoría de las empresas siguen esforzándose por regularizar sus operaciones comerciales y tienen dificultades para cumplir con todos los requisitos aplicables antes de los plazos establecidos. El Gobierno recibió varias solicitudes solicitando una prórroga de las fechas de vencimiento de las declaraciones de impuestos sobre la renta. Considerando lo mismo, el Gobierno ha extendido las siguientes fechas límite. La prórroga de las fechas de vencimiento de la declaración del impuesto sobre la renta, la auditoría fiscal y la declaración anual del GST es la siguiente:
Véase el comunicado de prensa del 24 de octubre de 2020. El Gobierno ha prorrogado aún más la fecha límite de presentación de las declaraciones de impuestos sobre la renta y los informes de auditoría fiscal para el año de evaluación 2020-21:
Originalmente, la desgravación se concedía en la fecha límite del pago del impuesto de autoliquidación para los contribuyentes de clase media y pequeña. La exención se concedía cuando la obligación tributaria de autoliquidación no superaba 1 lacs de INR.
Para extender aún más dicha desgravación, la fecha de vencimiento del pago del impuesto de autoliquidación se amplía aún más hasta el 31 de enero de 2021 para los contribuyentes que deben auditar sus cuentas o que deben presentar un informe de transacción nacional especificada/internacional y, para otros contribuyentes, la fecha de vencimiento revisada del pago de la obligación tributaria de autoliquidación es el 31 de diciembre de 2020.
No se concede ninguna prórroga a los evaluados cuya obligación tributaria por autoliquidación supere los 1 Lacs de INR.
https://www.pib.gov.in/PressReleasePage.aspx?PRID=1667281
Véase el comunicado de prensa del 24 de octubre de 2020, el CBIC ha extendido la fecha límite de presentación de Declaración anual del GST (GSTR-9/GSTR-9A) y declaración de conciliación (GSTR-9C) para el año fiscal 2018-19 del 31 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020.
Tenga en cuenta que la declaración anual es opcional para los proveedores cuya facturación total sea inferior a 2 crores de INR durante el año fiscal 2018-19 y, del mismo modo, la declaración de conciliación en el GSTR-9C también es opcional para los proveedores cuya facturación total sea inferior a 5 crores de INR durante el año en cuestión.
https://twitter.com/cbic_india/status/1319926457745903616/photo/1
