En poder de la Honorable Autoridad de Gobierno Avanzado de Bengala Occidental
En el asunto de la M/s. Exservicemen Resettlement Society (caso número 10 de 2021, número de orden 09/WBAAR/2021-22)
El solicitante (M/s Exservicemen Resettlement Society) es un proveedor de servicios de seguridad y recolección de basura para las facultades de medicina del Gobierno. Hospitales, etc. La factura presentada por el solicitante incluye el salario mínimo, la parte que le corresponde al empleador en concepto de ESI y EPF y el GST del 18% sobre el valor bruto de la factura. El importe de los salarios se transfiere a los empleados a través de canales bancarios y el importe de la EPF, el ESI y el GST se abona a la autoridad correspondiente a través de un concurso electrónico.
Uno de los clientes del solicitante sostuvo que el GST debería cobrarse únicamente sobre la comisión de gestión o los cargos por servicio y que la EPF y el ESI se pagan a las autoridades fiscales respectivas, por lo que el GST no debería cobrarse por lo mismo. La Autoridad Tributaria sostuvo que el valor del suministro se determinará con arreglo al artículo 15 de la Ley CGST. Según el artículo 15 (2), el importe total que figura en la factura, excluido el GST, se considera valor imponible y no se prevé la deducción del importe del ESI y el EPF.
El Honorable AAR confirmó la opinión sobre los ingresos y sostuvo que la Sección 15 no deja margen para deducir el monto de ESI y EPF del valor imponible. Por lo tanto, el GST se aplica a la totalidad del valor de la factura.
La resolución detallada se analiza a continuación:
1. Breve dato del caso
- El solicitante (M/s Exservicemen Resettlement Society) es una sociedad registrada que presta servicios de seguridad y de recogida de basura (karma Bandus) a diferentes facultades y hospitales de medicina, hospitales de distrito y otros hospitales del Gobierno de Bengala Occidental.
- Por la prestación del servicio, el solicitante cobra la siguiente cantidad en la factura mensual:
- Salario mínimo,
- Porción del empleador de la EPF al 13%,
- ESI al 3,25% y
- IVA al 18% sobre el valor bruto de la factura.
- Sin embargo, el destinatario del servicio se ha opuesto a que se le haya cobrado un exceso de GST. Según el destinatario, el GST debe pagarse únicamente sobre las comisiones de gestión o los cargos por servicios y todos los demás importes deben excluirse a efectos del cálculo del GST.
- Además, otros beneficiarios se han opuesto a que los montos de la EPF y el ESI se depositen en sus respectivas autoridades gubernamentales y, por lo tanto, los mismos deberían estar exentos del GST.
2. Preguntas antes de la AAR
Se ha solicitado la resolución anticipada para aclarar las siguientes cuestiones:
- ¿Se pagará el GST únicamente sobre los gastos de gestión o administrativos o sobre el importe total de la facturación?
- ¿La parte del empleador del monto de la factura de EPF y eSL está exenta del pago del GST?
3. Extractos legales relevantes
El extracto relevante de la Ley CGST se reproduce a continuación para facilitar su consulta:
- Sección 15: Determinación del valor del suministro
«15. (1) El valor de una entrega de bienes o servicios, o ambos, será el valor de la transacción, que es el precio realmente pagado o pagadero por dicha entrega de bienes o servicios, o ambos cuando el proveedor y el destinatario del suministro no estén relacionados y el precio sea la única contraprestación de la entrega.
(2) El valor del suministro incluirá:
(a) cualquier impuesto, arancel, cesación, tasa y cargo recaudado en virtud de cualquier ley vigente que no sea esta Ley, la Ley del Impuesto Estatal sobre Bienes y Servicios, la Ley del Impuesto sobre Bienes y Servicios del Territorio de la Unión y la Ley del Impuesto sobre Bienes y Servicios (Compensación a los Estados), si el proveedor lo cobra por separado;
3. Presentación del solicitante
El solicitante ha presentado la siguiente alegación ante la Honorable Autoridad de Resolución Anticipada:
- El solicitante cobra un salario mínimo según la legislación laboral notificada por el Gobierno de Bengala Occidental, junto con una parte del empleador de la EPF (13%), el ESI (3,25%) y el GST @18% sobre el importe bruto de la factura.
- El importe del salario se paga al empleado mediante un pago bancario y los montos del EPF, el ESI y el GST se depositan en las autoridades gubernamentales respectivas a través de challans.
4. Presentación de los ingresos
Los Ingresos han presentado sus puntos de la siguiente manera:
- El aspecto de la valoración se trata en la Sección 15 de la Ley CGST de 2017. Según el artículo 15 (2), está muy claro que el valor total indicado en la factura debe tenerse en cuenta a los efectos de la valoración.
- Además, la afirmación del solicitante de que solo deben tenerse en cuenta las comisiones de gestión o los cargos administrativos a los efectos de la valoración del GST no está respaldada por ninguna ley. El artículo 15 (2) de la CGST establece claramente que el importe total que figura en la factura, excluido el componente del GST, constituye un valor imponible.
- Por lo tanto, no hay ninguna ambigüedad en cuanto a que el importe de la EPF y el ESI que se muestra en la factura debe incluirse en el valor imponible para calcular la obligación por el GST.
- Además, el monto de la contribución a la ESI y la EPF no tiene nada que ver con el destinatario o el proveedor del servicio. Dicha cantidad pertenece al empleado del solicitante. En este caso, el solicitante solo actúa como recaudador y depositante del importe del ESI y la EPF. El proveedor del servicio ha recibido el importe total de la prestación del servicio. Por lo tanto, toda la cantidad recibida y mencionada en la factura debe estar sujeta a impuestos según la Ley.
- La autoridad fiscal también se basó en la precedencia de Autoridad Gobernante Avanzada, Karnataka [Resolución Anticipada No. KAR ADRG 02/2021 de fecha 29/01/2021], donde se sostuvo que «El valor de la prestación imponible de los servicios de mano de obra es el valor de la transacción equivalente al importe de la factura...».
- En consecuencia, en este caso, el valor imponible será el importe total de la factura, incluidos el importe de la EPF y el ESIC y cualquier otro importe con el nombre que se le dé.
5. Hallazgo del Honorable AAR
Al analizar la presentación del solicitante y los ingresos, la Honorable Autoridad de Anticipación que resolvió hizo el siguiente análisis:
- La cuestión que se plantea en el caso es la valoración del servicio prestado por el solicitante.
- Según la sección 9 de la Ley CGST leída junto con la sección 5 de la Ley IGST, excepto a los efectos del cálculo del IGST en la importación de mercancías, el CGST/SGST/IGST se cobrará sobre el valor determinado en virtud del artículo 15 de la Ley CGST.
- De la disposición de la sección 15 se desprende claramente que la sección 15 (2) especifica los elementos que formarán parte del valor de la oferta y la sección 15 (3) menciona los elementos que no deben incluirse en el valor de la oferta.
- Según la sección 15, no hay ninguna disposición disponible que prevea la deducción de la tarifa de gestión, la contribución al ESI y a la EPF. Por lo tanto, en este caso, el GST es responsable de la totalidad del valor de la factura, incluidos el EPF y el ESI.
6. Conclusión
Sobre la base de la discusión anterior, el Honorable AAR sostuvo lo siguiente:
Pregunta 1: ¿Se pagará el GST únicamente sobre los gastos de gestión o administrativos o sobre el importe completo de la facturación?
Responder: Como se mencionó anteriormente, el GST se aplicará al valor total del suministro.
Pregunta 2: ¿La parte del empleador del importe de la factura de EPF y eSL está exenta del pago del GST?
Responder: El importe de EPF y ESI estará sujeto a impuestos, por lo que no hay exención del GST.