Información detallada de la sección 74A de la Ley CGST de 2017 | Disposiciones comunes para casos de fraude y no fraude en virtud de la ley GST

Published on:
August 8, 2024

Table of contents

Talk to Us
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.

One Firm,
Global Solutions

We support cross-border business with confidence and clarity.
Book a Call

Hasta ahora, las disposiciones relacionadas con la emisión de una notificación de causa justificada, la determinación del impuesto no pagado, el pago en corto, el ITC reclamado erróneamente y el reembolso erróneo figuran en las siguientes secciones:

  1. Artículo 73: Cuando los impuestos se pagan en corto o no se pagan por cualquier motivo que no sea el fraude o cualquier tergiversación deliberada de los hechos o la supresión de hechos;
  2. Artículo 74: Cuando los impuestos se pagan en corto o no se pagan por cualquier motivo de fraude o cualquier tergiversación deliberada de los hechos o supresión de hechos;

En ambas secciones, se proporcionan disposiciones separadas sobre límites de tiempo y penalización.

Sin embargo, para agilizar los procedimientos de evaluación en casos de fraude y otros tipos de fraude, de acuerdo con las recomendaciones del Consejo del GST en el 53a reunión del Consejo del GST, el presupuesto de la Unión ha propuesto introducir nuevos Sección 74A en Ley del Impuesto Central sobre Bienes y Servicios, 2017 que sustituirá al Artículo 73 y Artículo 74 de VUELO 2024-25 en adelante.

Por lo tanto, según la propuesta, Till VUELO 2023-24, se emitirá un aviso de causa justificada en Artículo 73 o 74 según los hechos del caso. Sin embargo, desde VUELO 2024-25 en adelante, el SCN se emitirá bajo Sección 74A.

Este artículo desarrolla las disposiciones de Sección 74A.

Lea también: La empresa bancaria está obligada a pagar el GST sobre el valor total de los cargos por servicio

1. Emisión de un aviso de causa justificada en virtud de la sección 74A (1):

  • Según Artículo 74A (1), cuando algún impuesto se haya pagado en corto o no se haya pagado o se haya reembolsado por error, o cuando el ITC se haya utilizado o utilizado indebidamente, el oficial correspondiente emitirá una notificación de causa justificada a la persona en cuestión exigiéndole que pague la cantidad junto con los intereses y la multa aplicables al mismo.
  • Sin embargo, no se emitirá ningún SCN cuando el importe del impuesto o el ITC en cuestión sea inferior a 1000 INR.
  • Dicha notificación de justificación se emitirá dentro de los 42 meses a partir de la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración anual del ejercicio financiero correspondiente o dentro de los 42 meses a partir de la fecha del reembolso erróneo.

Por ejemplo.

Para VUELO 2024-25, la fecha límite para la presentación de la declaración anual es el 31 de diciembre de 2025. En consecuencia, muestre el número de aviso de causa sección 74A se puede emitir antes del 30 de junio de 2029 (es decir, 42 meses a partir del 31 de diciembre de 2025)

  • Anteriormente, se proporcionaron las siguientes fechas límite para la emisión del aviso de causa justificada:
    • Sección 73: La notificación se emitirá dentro de los 3 meses anteriores al plazo previsto para la emisión de una orden en virtud de Artículo 73 (10). La orden debía emitirse en un plazo de 3 años a partir de la fecha límite de presentación de la declaración anual del año correspondiente.
    • Sección 74: La notificación se emitirá dentro de los 6 meses anteriores al plazo previsto para la emisión de una orden en virtud de Artículo 74 (10). La orden debía emitirse en un plazo de 5 años a partir de la fecha límite de presentación de la declaración anual del año correspondiente.
  • En consecuencia, Sección 74A ha ampliado el plazo para la emisión de la notificación en los casos auténticos de 33 a 42 meses a partir de la fecha límite de presentación de la declaración anual. Considerando que el plazo para los casos de fraude se ha reducido de 54 a 42 meses.
  • También es necesario emitir una declaración que contenga los detalles del impuesto a pagar junto con un aviso de causa justificada.

2. Disposición sancionadora

Según la Sección 74A propuesta, se impondrá la siguiente multa:

  • Cuando la notificación se emita por cualquier motivo, que no sea por fraude o cualquier declaración errónea deliberada o supresión de hechos: el 10% del impuesto adeudado o 10.000 INR, el que sea mayor;
  • Cuando la notificación se emita por motivos de fraude o cualquier declaración errónea deliberada o supresión de hechos, importe equivalente al impuesto adeudado.

3. Emisión de la orden

  • Según Artículo 74A (7) de la Ley CGST, el oficial correspondiente emitirá la orden en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de emisión de la notificación. Por lo tanto, para VUELO 2024-25, si la notificación se emite el 30 de junio de 2029, la orden debe emitirse antes del 30 de junio de 2030.
  • Por lo tanto, el plazo para la emisión de pedidos para casos auténticos se ha incrementado de 36 meses (3 años) a 52 meses. Por el contrario, el plazo para los casos de fraude se ha reducido de 60 meses (5 años) a 52 meses.
  • Ampliación del plazo de emisión de la orden: Si un funcionario competente no puede emitir la orden dentro del período especificado, el Comisionado, o un funcionario autorizado por el Comisionado pero no por debajo del rango de Comisionado Conjunto de Impuestos Centrales, puede extender dicho período por un período adicional, sujeto a un máximo de seis meses. La orden de prórroga debe emitirse antes de que expire el período especificado.

4. Pago anticipado de impuestos

Según Sección 74A (8) de la Ley CGST, la persona responsable de pagar impuestos por cualquier motivo, que no sea fraude o cualquier declaración errónea deliberada o supresión de hechos, puede:

  1. Deposite el importe del impuesto junto con los intereses antes de emitir la notificación en Artículo 74A (1) por su cuenta e informará por escrito al oficial correspondiente sobre dicho pago. En tal caso, el funcionario competente no notificará a dicha persona el impuesto así pagado ni ninguna multa pagadera por el mismo;
  1. Pague el impuesto junto con los intereses en un plazo de 60 días a partir de la emisión del aviso de causa justificada (30 días (se proporcionan en la sección 73). En tal caso, no se pagará ninguna sanción y todos los procedimientos relacionados con dicha notificación se considerarán concluidos.

Según Artículo 74A (9) de la Ley CGST, La persona imputada al pago de impuestos por cualquier motivo de fraude o cualquier inexactitud deliberada o supresión de hechos puede:

  1. Pague el importe del impuesto correspondiente junto con los intereses a pagar y una multa equivalente al 15% de dicho importe impositivo antes de la emisión de la notificación en virtud de sección 74A (1) cuando lo determine, e informe al oficial correspondiente sobre dicho pago. En este caso, el funcionario correspondiente no emitirá ninguna notificación con justificación justificada en relación con dicho impuesto y la multa aplicable al mismo;
  1. Pague el impuesto junto con los intereses pagaderos y una multa equivalente al 25% de dicho impuesto en un plazo de 60 días a partir de la emisión del aviso (30 días se proporcionan en la sección 74). En tal caso, todos los procedimientos relacionados con dicha notificación se considerarán concluidos;
  1. Pague el impuesto junto con los intereses adeudados por el mismo y una multa equivalente al 50% de dicho impuesto en un plazo de 60 días a partir de la comunicación del pedido (30 días se proporcionan en la sección 74). En tal caso, todos los procedimientos relacionados con dicha notificación se considerarán concluidos.

Sin embargo, cuando el pago realizado por el contribuyente de forma individual no alcance el impuesto adeudado, la oficina correspondiente emitirá la notificación por un importe diferencial.

5. Aplicabilidad de la sección 74A de la Ley CGST

Disposiciones de Sección 74A se aplicará desde VUELO 2024-25 en adelante.

6. Conclusión

Sección 74A se ha insertado con la intención de simplificar el proceso tanto para los casos de fraude como para los no fraudulentos. Sin embargo, conceder más tiempo innecesario a los casos no relacionados con el fraude puede causar dificultades a los verdaderos contribuyentes. Además, tratar los casos de fraude y no fraude de manera similar desalentará la motivación para cumplir con el GST. Ya sea que se trate del GST, del impuesto sobre la renta o de cualquier otra ley, los casos de fraude y no fraude se han tratado de manera diferente, especialmente en lo que respecta a los plazos.

California Sachin Jindal
Explore las opiniones, los consejos y las actualizaciones de los expertos de CA Sachin Jindal
Know More About The Author

Recent Blogs

Póngase en contacto con nosotros

¡Nos encantaría saber de ti! Rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.