1. ¿Qué significa capitalización?
La agravación es el proceso de admitir voluntariamente la infracción y declararse culpable y solicitar una reparación por la misma. Proporciona recursos a cualquier persona que infrinja cualquier disposición de la FEMA de 1999, excepto en virtud de Sección 3 (a) de la Ley, minimizando los costos de transacción.
En otras palabras, capitalizar significa «resolver un asunto mediante un pago en dinero, en lugar de otra responsabilidad».
El Reglamento cambiario (procedimientos compuestos) de 2000 y la Directiva maestra núm. 4/2015-16 de la FED del RBI, de fecha 1 de enero de 2016, sobre la «capitalización de las infracciones en virtud de la FEMA» proporcionan un marco amplio para agravar las infracciones en virtud de la FEMA.
La acumulación de infracciones en virtud de la FEMA se puede hacer dentro de 180 grados a partir de la fecha de solicitud de dicha capitalización.
2. ¿Qué es la acumulación de infracciones en virtud de la FEMA?
- Las infracciones en virtud de la FEMA están sujetas a las sanciones prescritas en Sección 13 (a), que representa hasta el 300% de la suma implicada en la infracción, y si la suma no es cuantificable, se sanciona con una multa de hasta 2 lacs de rupias. Además, si la infracción continúa, se impondrá una multa adicional de 5000 rupias por cada día después del primer día en que continúe la infracción.
- La capitalización generalmente se realiza a una cantidad mucho menor en comparación con las penalizaciones. Una vez hecha la capitalización y efectuado el pago puntual según la orden de capitalización, la infracción se regulariza y no se puede iniciar ninguna otra sanción o procedimiento por infracción.
- El Gobierno Central había promulgado el Reglamento cambiario (procedimiento de capitalización) de 2000 («reglamento de la FEMA») relativo a las infracciones compuestas en virtud del capítulo IV de la Ley
- En términos de Sección 15 de la FEMA 1999, otorga poder a la infracción agravada cuando, p. ej.
- Cualquier infracción en virtud del artículo 13 de la Ley puede agravarse
- La persona que cometa dicha infracción puede solicitar dicho compuesto en cualquier momento.
- Dicha capitalización se realizará en 180 días a partir de la fecha de recepción de la solicitud por parte del Director de Cumplimiento o de cualquier otro funcionario de la Dirección de Cumplimiento y funcionarios del Banco de la Reserva de la India, según autorice en este nombre el Gobierno Central y de la manera que se prescriba.
3. Tipos de infracciones en virtud de la FEMA
La infracción puede ser una infracción de denuncia en virtud de la Ley FEMA, por ejemplo: -
- Retraso en la notificación de las remesas entrantes para la asignación de acciones
- Apertura de una filial independiente (SDS) en el extranjero,
- Formulario FC-GPR tras la emisión de acciones a NRI,
- Forme ESOP sobre la emisión de ESOP para Persona residente fuera de la India (PRO),
- Formulario FC-TRS sobre la venta de acciones de una empresa india por/a PROI, etc.
- Es posible que se retrase la recepción o el pago de divisas o que se retrase la asignación de acciones a PROI.
Puede constituir una infracción de la realización de transacciones prohibidas o transacciones realizadas sin la aprobación del RBI o del Gobierno Central, como la compra de tierras agrícolas en la India por parte de la NRI, la adquisición de bienes inmuebles en la India por parte de un ciudadano extranjero, personas residentes fuera de la India, el envío de remesas más allá del límite permitido del LRS, el aumento del BCE de prestamistas no reconocidos, la apertura de una sucursal por parte de PROI sin la aprobación del RBI, la emisión de acciones a ciudadanos de países que comparten fronteras terrestres con la India, etc.
4. ¿Cuáles son los requisitos previos para la capitalización según la FEMA?
- Las contravenciones cometidas por cualquier persona dentro de un período de tres años a partir de la fecha en que una infracción similar cometida por él se agravó anteriormente, dichas infracciones no pueden agravarse y se aplicarán las disposiciones pertinentes de la FEMA de 1999.
- Cualquier segunda infracción o subsiguiente cometida después de la expiración de un período de tres años a partir de la fecha en que la infracción se agravó anteriormente se considerará una primera infracción.
- Las infracciones relacionadas con cualquier transacción en las que se requiera la aprobación o el permiso adecuados de cualquier agencia o autoridad legal interesada, dichas infracciones pueden considerarse compuestas solo después de obtener la aprobación de las autoridades pertinentes.
- La infracción grave sospechosa de lavado de dinero, financiación del terrorismo o que afecte a la soberanía e integridad de la nación o cuando el infractor no pague la suma por la que se agravó la infracción dentro del período especificado en términos de la orden de capitalización, se remitirá a la Dirección de Cumplimiento para una investigación más profunda de conformidad con la Ley FEMA de 1999, o a la autoridad competente en virtud de la Ley PMLA de 2002, o a cualquier otra agencia.
- En los casos en que la Dirección de Cumplimiento haya dictado una sentencia y se haya presentado una apelación en virtud del artículo 17 o el artículo 19 de la Ley de la FEMA de 1999, ninguna infracción puede agravarse en términos de la regla 11 del Reglamento Cambiario de 2000. El solicitante se comprometerá, en forma del anexo III, junto con la solicitud compuesta, a no haber presentado ninguna apelación en virtud de la sección 17 o la sección 19 de la FEMA de 1999.
- Siempre que el Banco de la Reserva identifique una infracción o la entidad implicada en la infracción la ponga en conocimiento de ella mediante una referencia que no sea mediante la solicitud de capitalización prescrita, el Banco seguirá decidiendo:
- Si una infracción es de naturaleza técnica o leve y, como tal, puede abordarse mediante un consejo administrativo o cautelar;
- Si es material y, por lo tanto, debe combinarse para lo cual se debe seguir el procedimiento de composición necesario; o
- Si las cuestiones en cuestión son de naturaleza delicada o grave y, por lo tanto, deben remitirse al Dirección de Cumplimiento (CIERVO).
- Sin embargo, una vez que la entidad interesada presente una solicitud de capitalización por iniciativa propia, admitiendo la infracción, la misma no se considerará de naturaleza «técnica» o «menor» y el proceso de capitalización se iniciará de conformidad con las disposiciones de la Ley.
5. ¿Cuándo se puede presentar una solicitud de capitalización en el marco de la FEMA?
- Una vez que el solicitante se dé cuenta de la infracción de las disposiciones de la FEMA, sea puesto en su conocimiento por el RBI o cualquier otra autoridad legal o auditores o por cualquier otro medio. Puede presentar una solicitud de capitalización.
- Es importante tener en cuenta que los solicitantes también pueden presentar una solicitud de capitalización, por propia iniciativa, al tener conocimiento de la infracción.
- No hay límite de tiempo para presentar una solicitud de capitalización, incluso si la infracción se cometió hace 20 años, se puede presentar una solicitud de capitalización para la misma.
6. Casos en los que la capitalización no está permitida según la FEMA
La capitalización según la FEMA no está permitida en los siguientes casos.
- Sospecha de infracciones graves, como
- El blanqueo de dinero,
- Financiamiento del terrorismo, o
- Afectando la soberanía y la integración de la nación.
- Casos en los que se dicta sentencia y se presenta una apelación.
- Infracciones de transacciones en las que no se han obtenido las aprobaciones o permisos requeridos de las agencias, como la dirección de cumplimiento o el CBI, etc. Estas infracciones pueden agravarse después de obtener esas aprobaciones.
- Una vez que se haya realizado la capitalización, no se podrá hacer otra capitalización por una infracción similar durante los próximos tres años.
- Casos en los que el importe de la infracción no es cuantificable.
En el caso de NDTV & Asrani Inns and Resort Private Limited, el RBI devolvió la solicitud de capitalización con el argumento de que el asunto estaba siendo investigado por la Dirección de Cumplimiento, pero el Tribunal Superior de Bombay dio instrucciones al RBI para que procediera con la solicitud de capitalización.
7. ¿Cuál es el procedimiento para agravar los delitos según la FEMA?
La Dirección de Cumplimiento puede agravar la infracción del artículo 3 (a) de la Ley y el RBI puede agravar el resto de las infracciones.
- La solicitud de capitalización se presentará a la autoridad de capitalización junto con un borrador de demanda de 5000 rupias/- a favor del «Banco de la Reserva de la India», junto con lo siguiente:
- Solicitud en el formato prescrito en el Reglamento cambiario (procedimiento de capitalización) de 2000.
- Los detalles relacionados con la inversión extranjera directa, los préstamos comerciales externos, la inversión directa en el extranjero y las sucursales u oficinas de enlace, según proceda, figuran en el anexo II del Reglamento cambiario (procedimiento de capitalización) de 2000.
- Una copia del Memorándum de Asociación.
- Balance auditado más reciente.
- Un compromiso en el anexo III del Reglamento cambiario (procedimiento compuesto) de 2000 de que no están siendo objeto de ninguna investigación, investigación o adjudicación por parte de ningún organismo, como la Dirección de Cumplimiento, el CBI, etc., en la fecha de la solicitud.
- Mandato del ECS y detalles de la cuenta bancaria del solicitante según el anexo III del Reglamento cambiario (procedimiento de capitalización) de 2000.
- La solicitud se examina en función de los documentos y las presentaciones presentadas y evalúa si la infracción es cuantificable y, de ser así, el importe de la infracción.
- La autoridad de capitalización puede solicitar cualquier información, registro o cualquier otro documento relevante para el procedimiento de capitalización.
- Si el infractor no presenta la información o los documentos adicionales solicitados dentro del período especificado, la solicitud de capitalización podrá ser rechazada.
- En caso de que la solicitud deba devolverse si no se han obtenido las aprobaciones requeridas de las autoridades interesadas o si la solicitud está incompleta por cualquier otro motivo, las tasas de solicitud de 5000 rupias recibidas junto con la solicitud se devolverán acreditándolas en la cuenta del solicitante a través de NEFT, según el mandato de la ECS. Se recomienda a los solicitantes que proporcionen los detalles de su mandato junto con su cuenta bancaria junto con la solicitud en el formato prescrito.
El proceso de solicitud de capitalización es bastante rápido y sin complicaciones. Una vez que se acepte la solicitud, la capitalización se completará dentro de 180 días desde la recepción de una solicitud debidamente cumplimentada.
8. Método de cálculo del monto compuesto según la FEMA
El monto de capitalización depende de.
- Período de infracción
- Los beneficios indebidos obtenidos como resultado de la infracción,
- Pérdida causada a la tesorería
- Beneficios económicos acumulados por el infractor debido al retraso en el cumplimiento
- Historial o historial del infractor, etc.
Las cantidades compuestas en la mayoría de las infracciones se definen; sin embargo, cuando se trata de ganancias indebidas, la metodología de cálculo no está definida y depende en gran medida del juicio del oficial de capitalización.
9. Emisión de la orden de capitalización
La autoridad de capitalización emitirá una orden de capitalización después de dar una oportunidad razonable de ser escuchadas a todas las partes interesadas, pero a más tardar 180 días después de la fecha de la solicitud.
Sin embargo, el infractor tiene derecho a asistir a una audiencia personal y proporcionar documentos adicionales relacionados con dicha solicitud de capitalización.
10. Procedimiento posterior a la capitalización
- El importe a pagar en forma de giro a la vista a favor del «Banco de la Reserva de la India» dentro de 15 días a partir de la fecha de la orden de agravación de dicha infracción.
- Una vez que se aprueba una orden de capitalización, el infractor no tiene derecho a solicitar la retirada de la orden ni a declarar nula la orden de capitalización ni a solicitar la revisión de la orden aprobada por la autoridad de capitalización.
- En caso de no pagar la suma acumulada dentro del plazo especificado en la orden de capitalización, se considerará que el infractor nunca ha presentado una solicitud de capitalización de ninguna infracción en virtud de estas Reglas.
- Al liquidar la suma por la que se acumule la infracción, el Banco de la Reserva emitirá un certificado a este respecto, sujeto a las condiciones especificadas, si las hubiera, en la orden.
11. ¿Efecto legal de la agravación de los delitos en virtud de la FEMA?
Además de ser un proceso voluntario, sus órdenes no son apelables ni existe ningún mecanismo de revisión. Si los pagos según la orden de capitalización no se realizan dentro del plazo permitido de 15 días, el proceso de capitalización transcurriría y el proceso se consideraría nulo y sin efecto. Posteriormente, el RBI remite el asunto al ED para que lo investigue.
Sin embargo, hay algunas excepciones. En el asunto de JVL Agro Industries Private Limited, Allahabad HC opinó que, dado que el peticionario había demostrado una voluntad incondicional de cumplir con la orden de capitalización, se alcanzaría el fin de la justicia si la autoridad de capitalización considerara la solicitud del peticionario de pagar la multa incluso después de la expiración del período prescrito.
12. Sanciones por seguir infringiendo o infringiendo las normas de la FEMA
| S No |
Types of Contravention |
Formula |
| 1 |
Reporting Contraventions
a. Delay in reporting Inward Remittance, filing Form FCGPR, Form FC-TRS, etc.
b. Non submission of ECB Statements
c. Delay in reporting acquisition/step-down subsidiaries/shareholding changes
|
Fixed: ₹10,000 per contravention
Variable:
a. Up to ₹10L: ₹1,000/year
b. ₹10L–₹40L: ₹2,500/year
c. ₹40L–₹1Cr: ₹7,000/year
d. ₹1–₹10Cr: ₹50,000/year
e. ₹10–₹100Cr: ₹1,00,000/year
f. >₹100Cr: ₹2,00,000/year
|
| 2 |
Reporting by LO/BO/PO
|
Same as above, capped at ₹2 Lakhs.
For Project Office: based on 10% of total project cost.
|
| 3 |
Delay in APR/Share Certificates/AAC/FCGPR(B)/FLA Return
|
₹10,000 per delayed document
Share Certificate delay: ₹10,000/year (max 300% of investment)
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| 4 |
Non-allotment/refund after 180 days
LO/BO/PO (other than reporting)
|
₹30,000 + percentage:
a. 1st year: 0.30%
b. 1–2 yrs: 0.35%
c. 2–3 yrs: 0.40%
d. 3–4 yrs: 0.45%
e. 4–5 yrs: 0.50%
f. >5 yrs: 0.75%
(For PO, based on 10% of project cost)
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| 5 |
Other FEMA 20(R)/2017-RB Contraventions (Excl. FLA Returns)
|
₹50,000 + percentage:
a. 1st year: 0.50%
b. 1–2 yrs: 0.55%
c. 2–3 yrs: 0.60%
d. 3–4 yrs: 0.65%
e. 4–5 yrs: 0.70%
f. >5 yrs: 0.75%
|
| 6 |
Corporate Guarantees without UIN/approval or open-ended guarantees
|
₹5,00,000 + percentage:
a. 1st year: 0.050%
b. 1–2 yrs: 0.055%
c. 2–3 yrs: 0.060%
d. 3–4 yrs: 0.065%
e. 4–5 yrs: 0.070%
f. >5 yrs: 0.075%
If used to raise loans reinvested in India, penalty may be trebled.
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