Las investigaciones, las citaciones y las cartas de la Autoridad del GST se han vuelto comunes en los negocios desde hace algún tiempo y estas comunicaciones conllevan muchos problemas prácticos. En muchas ocasiones, las investigaciones sobre el GST también obstaculizan las actividades comerciales habituales. Además, tanto las autoridades del GST como los contribuyentes se enfrentan a muchos problemas prácticos, como la aprobación previa, la investigación simultánea por parte de más de una autoridad del GST, la solicitud de información innecesaria, etc.
Teniendo en cuenta los desafíos a los que se enfrenta la industria durante los procedimientos de investigación, la Junta ha emitido las siguientes pautas que deben seguirse en las zonas CGST al llevar a cabo cualquier investigación para garantizar la facilidad de las operaciones comerciales, con sujeción a las disposiciones legales o instrucciones emitidas en este nombre:
1. Aprobaciones para iniciar una investigación
- De acuerdo con las jurisdicciones asignadas, el Comisionado Principal será responsable de desarrollar y aprobar la inteligencia, realizar búsquedas y completar la investigación, incluidas las acciones posteriores.
- Cualquier información o inteligencia que se recopile durante el curso de la investigación, relacionada con otra formación de campo del CGST, se transmitirá en relación con la formación de campo del CGST o DGGI, según sea el caso.
- La investigación debe iniciarse solo después de obtener la aprobación previa del (Pr.) Comisario.
- Sin embargo, en los siguientes casos se requiere la aprobación previa por escrito de Zonal (Pr.) Comisario jefe, si se va a iniciar una investigación:
- cuestiones de interpretación que buscan recaudar impuestos o impuestos sobre cualquier sector/producto/servicio por primera vez, ya sea en Central Excise o GST; o
- gran empresa industrial y grandes corporaciones multinacionales; o
- asuntos delicados o asuntos con implicaciones nacionales; o
- asuntos que ya están ante el Consejo del GST.
En los casos mencionados anteriormente, la formación de campo del CGST correspondiente también debe recopilar información sobre las prácticas comerciales prevalecientes y la naturaleza de las transacciones realizadas para analizar la justificación adecuada para iniciar una investigación y tomar medidas.
- Las formaciones sobre el terreno deben determinar si otra oficina investigadora o administración tributaria ya ha iniciado alguna consulta sobre el mismo tema con respecto al mismo contribuyente. El puesto debe presentarse ante la autoridad que vaya a aprobar el inicio de la investigación.
2. Posibles problemas relacionados con la investigación
- Investigaciones iniciadas por la DGGI o la autoridad estatal del GST:
- Puede haber casos en los que la DGGI o el departamento de GST del Estado ya hayan iniciado simultáneamente una investigación basada en registros contra el contribuyente.
- El (Pr.) El comisionado debe comunicarse con las demás oficinas investigadoras para considerar la viabilidad de que solo una de las oficinas se ocupe de todos estos temas con respecto al contribuyente y que las demás oficinas consoliden su material con esa oficina. Si este resultado no es factible, dicho (Pr.) debe confirmar en el archivo las razones que lo justifican en el expediente Comisario.
- Investigación con respecto a otro GSTIN del mismo PAN
- Puede darse el caso de que, durante el curso de la investigación, el (Pr.) El Comisario opina que la cuestión es relevante para algunos o todos los demás GSTIN de dichos contribuyentes (el mismo PAN). Además, el asunto también entra en el ámbito de los estatutos de la DGGI y la DGGI evita abordar (ya que lo mismo es más apropiado para el escrutinio o la auditoría de las declaraciones, etc.), que el (Pr.) El Comisario remita el asunto a la sección zonal (Pr.) Comisionado en jefe. Él, a su vez, solicitará al Pr. La DG de la DGGI abordará el asunto de acuerdo con las directrices de la DGGI.
- Sin embargo, en el caso mencionado anteriormente, si el asunto no está comprendido en el Estatuto de la DGGI, entonces el (Pr.) El Comisionado tomará cualquiera de las 2 acciones siguientes con la aprobación de Zonal (Pr.) El comisionado principal dentro de los 30 días posteriores al inicio de la investigación:
- Si está disponible la descripción de los GSTIN o tipos de entidades similares involucrados (o que es probable que estén involucrados) en varias jurisdicciones, la referencia independiente se compartirá con cada zona en cuestión o con todas las zonas.
- En otras situaciones, el Pr. Se solicitará a la DG DGGI que emita la alerta adecuada.
- Tema relacionado con la interpretación de la ley
- En ciertos casos, el asunto objeto de investigación puede basarse en la interpretación de la Ley del GST y estar provocando la falta de pago o el pago insuficiente de los impuestos. Sin embargo, los contribuyentes siguen una práctica comercial muy extendida basada en esa cuestión en el sector/industria.
- En tal caso, zonal (Pr.) El Comisionado Principal hará una referencia independiente a la rama política correspondiente de la Junta, es decir, la Política del GST o TRU. Esta referencia debe hacerse antes de concluir la investigación y con la misma antelación, por lo que puede resultar útil para promover la uniformidad o evitar litigios si el asunto, una vez tramitado, es uno de los que también se presenta ante el Consejo del GST.
- Investigación con respecto a las entidades que cotizan en bolsa, la PSU o el gobierno. Departamento
- Si se va a iniciar una investigación contra una empresa que cotiza en bolsa, una PSU o un Departamento de Gobierno. /agencia o autoridad establecida por ley o información que deba obtenerse de ellas, las formaciones sobre el terreno del CGST deberán enviar primero una carta oficial a la autoridad designada de dicha entidad en lugar de emitir una citación.
- Dicha carta contendrá los detalles de los motivos de la investigación y las disposiciones legales correspondientes, y solicitará la presentación de los detalles pertinentes especificados en un período de tiempo razonable.
- Referencia al caso o consulta original
- Cuando la carta solicite información o documentos de un contribuyente habitual, se puede hacer referencia a una consulta «con respecto a» o «en relación con» esa entidad. Además, la carta o citación debe revelar la naturaleza específica de la consulta. No deben mencionarse las expresiones vagas o generales, como que el oficial está realizando una investigación en relación con una «investigación del GST» o «evasión del GST» o «evasión del GST», etc.
- Alcance de la citación (información que se puede solicitar mediante la citación)
- La información que ya está disponible en el portal del GST no debe solicitarse por carta o citación. Además, una carta o citación no debe utilizarse como medio para solicitar información rellenada en formatos o proforma.
- La citación emitida no debe superar el alcance de la citación dada en virtud del artículo 70 de la Ley CGST de 2017. No es aceptable enviar cartas o citaciones con un contexto o contenido similar al de una investigación sobre pesca.
- Si un contribuyente ha utilizado el ITC para el pago del GST sobre sus suministros externos, un oficial del CGST no emitirá la citación o carta en la que se mencione: «aclare si el ITC utilizó y utilizó de manera adecuada».
- Antes de solicitar cualquier información o documento, se debe registrar la relevancia y la idoneidad de lo que se busca (en un archivo electrónico), asegurándose de que sea holístico y el resultado de la preparación, y también para no tener que volver a emitir citaciones o solicitar información fragmentaria.
- Aprobación previa antes de emitir la citación
- Al emitir las citaciones, la norma consistirá en la aprobación previa y razonada (de un oficial que no sea inferior al nivel de comisario de día o subcomisionado) del contenido de la citación que imprimirá el oficial de citaciones, incluso en términos de lo que se busca y del plazo que se proporcionará si es razonable para su cumplimiento.
- Cuando, por razones estrictamente operativas, no sea posible obtener dicho permiso previo, la aprobación de dicho oficial puede ser verbal; sin embargo, todo esto debe confirmarse por escrito lo antes posible.
- Archivo electrónico de investigación
- El oficial debe mantener un archivo de oficina electrónica que contendrá toda la información y los documentos relacionados con la investigación, tales como:
- Copia escaneada de una declaración (grabada bajo citación)
- Aprobación, que se obtuvo para emitir citaciones.
- Resultado de la búsqueda/inspección realizada, incluido el panchnama.
El archivo electrónico debe enviarse a Addl para su información. /Jt. Comisionado en no más de 4 días hábiles a partir de la fecha de la declaración, de la finalización de la búsqueda/inspección.
- Plazo para la conclusión de la investigación
- La investigación debe concluir lo antes posible, es decir, no más de un año.
- La notificación de la causa justificada no debe demorarse una vez concluida la investigación.
- El informe de cierre, después del pago de las cuotas gubernamentales por parte de la persona interesada, no debe demorarse y debe contener una breve narración autoexplicativa del problema y del período involucrado.
- La conclusión de la investigación también puede consistir en dejar constancia de que la investigación no continúa, ya que no se encontró nada objetable en lo que respecta al asunto investigado.
3. Reparación de quejas
El (Pr.) El Comisionado debe ser proactivo para evitar que se presenten quejas en relación con la investigación y el trabajo relacionado.
El Addl. /Jt. El comisionado a cargo de la investigación es el oficial de quejas, a quien los contribuyentes pueden dirigirse (por carta, correo electrónico o con cita previa) para presentar su queja. En caso de que persista una queja razonable, el (Pr.) El comisionado puede considerar la posibilidad de reunirse, con cita previa, con el contribuyente.