El Tribunal Superior de Bombay ordenó a la CBDT que ampliara la fecha límite de presentación del ITR para garantizar el reembolso en virtud de la Sección 87A

Published on:
January 2, 2025

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En lo que respecta a

M/s La Cámara de Asesores Fiscales contra el Director General del Impuesto sobre la Renta

(PIL 332426 de 2024)

El peticionario presenta el Litigio de Interés Público (PIL) contra la modificación en la utilidad de declaración del impuesto sobre la renta con efecto a partir del 5 de julio de 2024, que impidió a las personas residentes solicitar la devolución en virtud del artículo 87A del Impuesto sobre la Renta de 1961. Según el peticionario, estos cambios unilaterales son arbitrarios y van en contra de la intención legislativa del artículo 87A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Con respecto a lo mismo, el Honorable Tribunal Superior dijo que Los cambios de procedimiento, como los introducidos en el software de utilidad pública o en las instrucciones emitidas por el departamento tributario, no pueden anular el derecho sustantivo a la devolución. En consecuencia, como medida cautelar, el Honorable Tribunal Superior ordenó La CBDT emitirá la notificación requerida en virtud del artículo 119 de la Ley, ampliando la fecha límite para la presentación electrónica del ITR del 31 de diciembre de 2024 al menos al 15 de enero de 2025. Garantizar que todos los contribuyentes que reúnan los requisitos para recibir el reembolso en virtud del artículo 87A puedan ejercer sus derechos legales sin enfrentarse a impedimentos procesales.

1. Breves datos del caso

  • La petición se presenta con respecto a la modificación de la utilidad de declaración del impuesto sobre la renta por parte de la CBDT con efecto a partir del 5 de julio de 2024.
  • La utilidad actualizada impidió que el evaluado solicitara el reembolso en virtud de la Sección 87A por parte del evaluado individual que había optado por el nuevo régimen.
  • El peticionario presentó la petición solicitando instrucciones para llegar al CBDT para modificar la utilidad de declaración de impuestos sobre la renta proporcionada para el año de evaluación 2024-25.
  • El peticionario alegó que el demandado impidió unilateralmente a los evaluados solicitar el beneficio de la Sección 87A al presentar la declaración de impuestos sobre la renta del año fiscal 2024-25 mediante la modificación del software de utilidad para presentar el ITR.
  • Si el evaluado presenta las declaraciones utilizando la empresa de servicios públicos después del 5 de julio de 2024, no podrá solicitar el beneficio de la sección 87A.

2. Alegación del peticionario

El peticionario presentó la siguiente alegación:

a. Nuevo régimen tributario en virtud de la sección 115BAC:

  • La Sección 115BAC fue introducida por la Ley de Finanzas de 2020 y proporcionaba una forma simplificada de calcular las obligaciones tributarias de las personas y los HUF.
  • El nuevo régimen tributario preveía una tasa impositiva más baja con la condición de que el tasado renunciara a ciertas exenciones y deducciones.
  • El nuevo régimen tributario es un régimen predeterminado y el gobierno ha alentado a los contribuyentes a optar por un nuevo régimen para simplificar el cumplimiento.
  • Sin embargo, la implementación de la Sección 115BAC junto con la Sección 87A ha provocado complicaciones no deseadas.

b. Sección 87A

  • En la Ley de Finanzas de 2013, se reintrodujo el artículo 87A para ofrecer una devolución de 2000 INR del impuesto pagadero.
  • Dicho importe de reembolso se incrementó a 12.500 INR/- mediante la Ley de Finanzas de 2019.
  • El principio detrás de la Sección 87A era reducir la carga tributaria de las personas con ingresos más bajos. Sin embargo, hacer cambios arbitrarios en los servicios públicos para desactivar el reembolso ha socavado la intención legislativa.
  • A partir del 25 de mayo de 2024, una persona residente con ingresos de hasta 7 lakhs de INR tendrá derecho a una devolución del 100% del impuesto sobre la renta pagadero.
  • Sin embargo, la desactivación arbitraria de un reembolso a través de los servicios públicos a partir del 5 de julio de 2024 anula el beneficio previsto.
  • Esto crea confusión entre los contribuyentes y los profesionales y socava la confianza del público en el sistema de administración tributaria.
  • Por lo tanto, el peticionario solicita instrucciones para restablecer la funcionalidad y garantizar que todos los contribuyentes elegibles puedan hacer uso del reembolso según el mandato legislativo.

Lea también: La CBDT emitió nuevas pautas para el procesamiento de la solicitud de condonación de la demora en la presentación del ITR

c. Fecha límite para la presentación de la declaración en virtud de la Sección 139

  • Según la Sección 139, las siguientes son las fechas límite para la presentación del ITR para el año 2024-25:
  1. Los contribuyentes, que están obligados a que se auditen sus cuentas y no están obligados a presentar una declaración en virtud de la sección 92E: 31 de octubre de 2024;
  2. Contribuyentes que están obligados a presentar una declaración en virtud de la sección 92E: 30 de noviembre de 2024;
  3. Todos los demás contribuyentes: 31 de julio de 2024
  • El demandado proporciona la utilidad de presentar estas declaraciones en línea antes del final del año financiero para garantizar que los contribuyentes tengan tiempo suficiente para cumplir con las normas.
  • Sin embargo, la modificación de la empresa de servicios públicos a mitad del año de evaluación ha causado dificultades indebidas a los contribuyentes, en particular a aquellos que dependen del reembolso en virtud de la Sección 87A.

d. Efectos del cambio en la utilidad:

  • Con efecto a partir del 5 de julio de 2024, la empresa de servicios públicos modificada impidió al tasado individual solicitar el reembolso en virtud de la condición de la Sección 87A, según la cual los impuestos se recaudan a tasas especiales, como las ganancias de capital a corto plazo sobre las acciones, y el evaluado opta por el nuevo régimen.
  • Esto ha creado un escenario en el que los contribuyentes, a pesar de ser elegibles por ley, se ven privados de sus derechos únicamente debido a las modificaciones técnicas introducidas por los encuestados.
  • Estos cambios han llevado al peticionario a presentar la presente petición de PIL.

3. Pregunta planteada ante el Honorable Tribunal Superior

La cuestión que se plantea al Honorable Tribunal Superior es si la empresa de servicios públicos puede quitarle el derecho legal a solicitar un reembolso según la condición del artículo 87A.

4. Análisis realizado por el Honorable Tribunal Superior

El Honorable Tribunal Superior hizo el siguiente análisis a los efectos de dictar una orden provisional:

  • Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de 1961, existe un concepto de autoliquidación en el que el tasado debe calcular sus propios ingresos, determinar su obligación tributaria y pagar dicho impuesto, y luego presentar una declaración declarando sus ingresos.
  • Sin embargo, debido al cambio en la empresa de servicios públicos que entró en vigor el 5 de julio de 2024, los tasados en general no pudieron solicitar la Sección 87A de la Ley en virtud del nuevo régimen, con respecto a los ingresos imponibles a tasas especiales.
  • Por lo tanto, los evaluados pagaron impuestos adicionales en la medida en que la devolución no estaba permitida.
  • El peticionario tiene derecho a presentar la declaración revisada solicitando un reembolso en virtud de la Sección 87A, lo que permitiría a dicho evaluado calcular un reembolso en la declaración revisada.
  • Sin lugar a dudas, el último día para presentar una declaración tardía es el 31 de diciembre de 2024, lo que permite incluso a los evaluados que no hayan presentado su declaración dentro de los plazos normales.
  • A primera vista, el reembolso en virtud de la Sección 87A está intrínsecamente vinculado a los ingresos totales y a la obligación tributaria del contribuyente.
  • La responsabilidad recae en las autoridades tributarias de garantizar la correcta implementación de la devolución, siempre y cuando el contribuyente cumpla con los criterios legales.
  • Los cambios de procedimiento, como los introducidos en el software de utilidad pública o en las instrucciones emitidas por el departamento tributario, no pueden anular el derecho sustantivo a la devolución.
  • Cualquier acción u omisión por parte de las autoridades tributarias que limite la capacidad de los contribuyentes de aprovechar este beneficio legal es arbitraria y viola el estado de derecho.
  • Los contribuyentes no deben soportar las consecuencias de las ineficiencias administrativas o las acciones ejecutivas unilaterales que socavan la intención legislativa detrás de la Sección 87A.
  • Está bien establecido que los beneficios legales deben extenderse de manera que se alineen con los objetivos de la legislatura.

5. Orden provisional del Honorable Tribunal Superior:

El Honorable Tribunal Superior ha otorgado las siguientes medidas provisionales:

  • Se ordena a la CBDT que emita la notificación requerida en virtud del artículo 119 de la Ley, ampliando la fecha límite para la presentación electrónica del ITR del 31 de diciembre de 2024 al menos al 15 de enero de 2025.
  • Garantizar que todos los contribuyentes elegibles para el reembolso en virtud de la Sección 87A tengan la oportunidad de ejercer sus derechos legales sin enfrentarse a impedimentos procesales.
California Kavit Vijay
Kavit Vijay, socio de la firma, tiene 15 años de experiencia en auditoría y aseguramiento. Dirige la división de Auditoría y Aseguramiento de la firma. Está especializado en:
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