La generación de facturas electrónicas se ha hecho obligatoria para todos los contribuyentes que tengan una facturación total de más de 100 crores durante el ejercicio financiero anterior.
Con efecto a partir del 1 de octubre de 2020, algunos contribuyentes notificados comenzaron a emitir facturas después de obtener el número de referencia de la factura (IRN) del portal de registro de facturas (IRP) (comúnmente denominado «facturas electrónicas»). Del 1 al 1 de enero de 2021, los contribuyentes con una facturación total superior a 100 millones de rupias durante el ejercicio anterior también empezaron a generar el IRN de las facturas a través del portal IRP.
1. Forma de rellenar automáticamente la factura electrónica
Según el aviso emitido por el CBIC, los detalles de las facturas electrónicas se completarán automáticamente en el GSTR-1 de la siguiente manera:
- Tras la generación de la factura electrónica, los detalles de dicha factura comenzarán a rellenarse automáticamente en la tabla correspondiente del GSTR-1 del proveedor.
- Los detalles rellenados automáticamente se pueden descargar en un archivo de Excel haciendo clic en la pestaña «Descargar detalles de las facturas electrónicas (Excel)» disponible en GSTR-1.
- En caso de que el GSTR-1 para el período correspondiente ya esté archivado, los detalles de las facturas electrónicas se pueden descargar en Excel.
- Tenga en cuenta que los detalles que se completan automáticamente en este archivo de Excel son los que figuran en el portal de facturación electrónica Portal de registro de facturas (IRP). Por lo tanto, cualquier modificación posterior que se realice en los documentos rellenados automáticamente (en las tablas GSTR-1) no se reflejará en este archivo de Excel.
- Los detalles de las facturas se rellenarán automáticamente en función de la fecha del documento, es decir, si el documento tiene la fecha del 31 de enero de 2021 y el IRN se genera el 2 de febrero de 2021, dicha factura aparecerá en el GSTR-1 de enero de 2021.
- Los siguientes detalles se rellenarán automáticamente en las siguientes pestañas del GSTR-1:
| Type of supplies |
Auto-populated in GSTR-1 Table |
| Taxable outward supplies made to registered persons (other than reverse charge) |
Table 4A of GSTR-1 - Supplies other than those (i) attracting reverse charge and (ii) supplies made through e-commerce operator |
| Taxable outward supplies made to registered persons attracting reverse charge |
Table 4B – Supplies attracting tax on reverse charge basis |
| Export supplies |
Table-6 – Exports |
| Credit or debit notes issued to registered persons |
Table 9B – Credit or debit notes (Registered) |
| Credit or debit notes issued to unregistered persons |
Table 9B – Credit or debit notes (Unregistered) – with UR type as Exports with payment and without payment of tax |
- Si alguna factura contiene varios artículos, a los efectos de completar automáticamente los datos en el GSTR-1, la información se agregará a nivel de tarifa.
Por ejemplo, si una factura contiene el artículo A (tipo de GST -5%) de 100 INR, el artículo B (tipo de GST -12%) de 150 INR y el artículo C (tipo de GST -5%) de 200 INR, en el GSTR-1, la facturación por debajo del tipo de GST del 5% aparecerá de 300 INR y la facturación por debajo del tipo del 12% aparecerá de 100 INR.
- La siguiente información adicional también aparecerá en el GSTR-1:
- Fuente (factura electrónica)
- Número de referencia de la factura (IRN)
- Fecha del número de referencia de la factura (fecha IRN)
- En caso de cancelación del IRN, el documento se eliminará del GSTR-1.
- El contribuyente puede editar o eliminar los detalles de las facturas electrónicas que se completan automáticamente en el GSTR-1. Sin embargo, en tales casos, los campos «Fuente», «IRN» y «fecha IRN» se restablecerán para quedar en blanco en las tablas correspondientes del GSTR-1. Estos documentos editados se tratarán como si no se rellenaran automáticamente, sino que el contribuyente los cargara por separado.
- Antes de presentar el GSTR-1, los contribuyentes deben revisar los detalles de las facturas electrónicas que se completan automáticamente en tablas específicas:
- Al verlos en línea en el portal GST, o
- Descargando el JSON desde el portal GST, o
- Mediante el uso de API a través de GSP
- Los contribuyentes deben modificar o actualizar solo aquellos documentos en los que los detalles rellenados automáticamente a partir de las facturas electrónicas no coincidan con la factura real emitida.
- El proveedor debe agregar manualmente los suministros que no se rellenan automáticamente en el GSTR-1.
- La pestaña «historial de descargas de facturas electrónicas» se puede utilizar para ver la lista de los últimos cinco archivos descargados.
- El archivo de Excel descargado de la página del panel de control del GSTR-1 contendrá los detalles de todas las facturas electrónicas recibidas del Portal de registro de facturas (IRP), incluidas las facturas canceladas.
- También estará disponible la siguiente información adicional relacionada con dichas facturas electrónicas:
- Número de referencia de la factura (IRN): hash de 64 cadenas
- Fecha del número de referencia de la factura (fecha IRN)
- Estado de la factura electrónica: válida o cancelada
- La fecha de rellenado o eliminación automática (en caso de que el IRN se cancele) será la fecha en la que los detalles de la factura electrónica se rellenen automáticamente en el GSTR-1 o en la que se cancele el IRN. Cualquier modificación posterior que se realice en los documentos rellenados automáticamente (en las tablas del GSTR-1) no se reflejará en este archivo de Excel.
- Estado de rellenado o eliminación automáticos del GSTR-1 (cualquiera de los siguientes):
- Rellenado automáticamente,
- Eliminado,
- Fallo en la autopoblación,
- Falló la eliminación
- Error al rellenarlo o eliminarlo automáticamente: descripción del error, si lo hubiera
2. Fecha de reflejo de las facturas en el GSTR-1
Los datos del GSTR-1 aparecen en forma de T+3, es decir, la fecha de la transacción más 3 días. Por lo tanto, si los datos se actualizan el 1 de enero de 2021, se reflejarán en el GSTR-1 a partir del 4 de enero de 2021.
3. Error en la generación automática del GSTR-1 de diciembre de 2020
Según las quejas recibidas de los contribuyentes, GSTN observó que, si bien incorporó los datos de las facturas electrónicas del mes de diciembre de 2020 al GSTR-1, los detalles de algunas facturas no se introdujeron en el GSTR-1. La GSTN está trabajando prioritariamente para subsanar estas lagunas inadvertidas y los detalles de esas facturas se enviarán en breve al GSTR-1.
Sin embargo, GSTN ha aconsejado a los contribuyentes que no deben esperar lo mismo y que deben proceder a preparar y presentar el GSTR-1 para el mes de diciembre de 2020 (antes de la fecha límite), basándose en los datos reales según sus registros.
Como se indicó anteriormente, los contribuyentes pueden modificar o eliminar solo aquellos documentos en los que los detalles rellenados automáticamente en las facturas electrónicas no coincidan con los documentos reales emitidos.
Además, el contribuyente puede editar o eliminar los detalles de las facturas electrónicas que se rellenan automáticamente en el GSTR-1. Sin embargo, en tales casos, los campos «Fuente», «IRN» y «fecha de IRN» se restablecerán para quedar en blanco en las tablas correspondientes del GSTR-1 y, por lo tanto, no se reflejarán en las correspondientes tablas GSTR-2A/2B/4A/6A. Estos documentos editados se tratarán como si no se rellenaran automáticamente, sino que el contribuyente los cargara por separado.
Además de los detalles que se completan automáticamente a partir de las facturas electrónicas, los contribuyentes pueden agregar las facturas que no aparecen en el GSTR-1 en las tablas respectivas del GSTR-1.
En el panel de control del GSTR-1 hay disponible una función adicional de descarga consolidada en Excel de todos los documentos que se completan automáticamente a partir de facturas electrónicas. Este archivo también incluye detalles de los documentos cancelados.