Distribuidor autorizado por la FEMA

Category:
FEMA
Published on:
April 6, 2021

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Si bien la FEMA confía al Banco de la Reserva de la India grandes responsabilidades, en lo que respecta a las divisas, el RBI no puede reenviar todas las transacciones por sí solo. Esta es la razón por la que el RBI delega estos poderes en un «concesionario autorizado» o en cualquier otro concesionario autorizado de la FEMA.

1. ¿Quién es un distribuidor autorizado según la FEMA?

Un concesionario autorizado puede entenderse como una entidad o persona a la que se le ha otorgado la autoridad para la conversión de la moneda extranjera. El artículo 2 (c) de la Ley define a un «concesionario autorizado» como un agente autorizado, una casa de cambio, una unidad bancaria extraterritorial o cualquier otra persona autorizada por el momento en virtud del subartículo (1) del artículo 10 de la Ley a negociar divisas o valores extranjeros.

Esto se puede entender con la ayuda de un ejemplo: si un residente indio desea visitar Japón y necesita su moneda, que es el yen japonés. En ese caso, solo acudirá al concesionario autorizado para comprar el cambio o, si una persona que reside en el extranjero quiere visitar la India y necesita rupias indias, tendrá que dirigirse a un concesionario autorizado para obtener el cambio de divisas.

2. Distribuidor autorizado según la Sección 10 de la FEMA

Un concesionario autorizado mencionado en la Sección 2 (c) de la Ley está autorizado en virtud del Artículo 10 de la Ley a negociar divisas y valores extranjeros. He aquí un resumen del artículo 10 de la Ley y del nombre del concesionario autorizado:

  • El Banco de la Reserva puede, previa solicitud que se le presente en este nombre, autorizar a cualquier persona a negociar divisas o valores extranjeros, como agente autorizado, cambista de dinero o unidad bancaria extraterritorial o de cualquier otra manera que considere adecuada.
  • La autorización en virtud de esta sección debe hacerse por escrito y debe estar sujeta a las normas mencionadas en ella.
  • Cualquier concesionario autorizado creado, el banco de reserva puede revocar a dicha persona en cualquier momento si está convencido de que:
  1. Hacerlo redunda en beneficio del interés público; o
  2. Un concesionario autorizado no ha cumplido las condiciones por las que se concedió la autorización; o
  3. el concesionario autorizado ha infringido cualquiera de las disposiciones, normas o reglamentos mencionados en esta Ley.
  • El Banco de la Reserva puede ordenar a un concesionario autorizado que cumpla con una instrucción general o especial para negociar divisas o valores extranjeros. Además, si se produce una transacción que implique divisas o divisas extranjeras y que no cumpla con los términos de estas disposiciones, un concesionario autorizado no podrá realizar ningún tipo de transacción sin el permiso previo del RBI.
  • Antes de realizar cualquier transacción de divisas en nombre de cualquier persona, el concesionario autorizado exigirá la declaración o la información de la persona para asegurarse de que la transacción no está diseñada con el propósito de infringir esta Ley y sus normas o reglamentos. En caso de que la persona se niegue a realizar la declaración, el concesionario autorizado se negará por escrito a realizar la transacción y también podrá denunciar el asunto al RBI.
  • Además del concesionario autorizado, si otra persona adquiere o compra la moneda extranjera y la utiliza para cualquier otro propósito, que no esté permitido según las disposiciones de la FEMA, o no la entrega al concesionario autorizado en un período de tiempo específico, se considerará que ha cometido un delito en virtud de la Ley.

3. Categorías de concesionarios autorizados según la FEMA

El Banco de la Reserva de la India, previa solicitud, puede autorizar a cualquier persona a negociar divisas o valores extranjeros. Por lo tanto, un concesionario autorizado se rige por la sección 10 de la ley, que establece los siguientes 4 tipos de personas como concesionarios autorizados:

3.1 Distribuidor autorizado: categoría I

Un concesionario autorizado de la categoría I incluye entidades como bancos estatales, bancos comerciales, bancos cooperativos y bancos cooperativos urbanos. De vez en cuando, se les permite seguir las instrucciones emitidas por el RBI para todas sus cuentas de capital y transacciones en cuenta corriente.

3.2 Distribuidor autorizado: categoría II

Un concesionario autorizado de la categoría II es diferente de los de la categoría I. Esta categoría incluye a los bancos cooperativos, los FFMC mejorados y los bancos rurales regionales, entre otras entidades similares. A estas entidades se les permiten realizar determinadas transacciones no relacionadas con el comercio desde su cuenta corriente, pero en lo que respecta a las FFMC, todas las actividades están permitidas. Estas actividades incluyen:

  • Visitas de negocios o privadas al extranjero
  • Remesas de operadores turísticos
  • Envío de las tasas de exámenes internacionales, como el GRE, el TOEFL y más
  • Participación en capacitaciones especializadas, conferencias mundiales y eventos internacionales
  • Educación en el extranjero
  • Cualquier tratamiento médico que se vaya a llevar a cabo en el extranjero debido a la falta de disponibilidad de tratamientos y servicios en el país.
  • Solicitudes de empleo o empleo en el extranjero
  • Cualquier tarifa o pago por el registro de los documentos
  • La emigración al extranjero y los honorarios de consultoría por la misma
  • Tarifas para la visa internacional
  • Tarifas para cualquier organización internacional

3.3 Distribuidor autorizado: categoría III

Solo se incluyen en la Categoría II entidades, como algunas instituciones financieras selectivas y otras como concesionarias autorizadas en virtud de la FEMA. El Banco de la Reserva de la India permite a estas entidades todas las transacciones relacionadas con el cambio de divisas.

3.4 Cambiadores de dinero en toda regla (FFMC)

La última categoría de concesionarios autorizados de la FEMA incluye entidades como las casas de cambio de pleno derecho. Las FFMC incluyen a los bancos cooperativos urbanos, el departamento de correos y otras casas de cambio de dinero de pleno derecho. Además de establecer las actividades permitidas en la categoría IV, con arreglo a la normativa del RBI, estas entidades pueden comprar valores en divisas para visitas de negocios al extranjero o para fines privados.

Categories Entities Permitted Activities
Category I Commercial Banks, State Co-op Banks, Urban Co-op Banks All current and capital account transactions as per RBI directions issued from time to time
Category II Coop Banks, Upgraded FFMCs, Regional Rural Banks, and others Specified non-trade related current account transactions and all activities permitted to FFMC
Category III Selected financial and other institutions Transactions incidental to the foreign exchange
Full-Fledged Money Changers (FFMCs) Urban Cooperative Banks, the department of post, and other full-fledged money changers Purchase of foreign exchange and sale for private and business visits abroad

4. ¿Cómo convertirse en distribuidor autorizado por la FEMA?

Como se estableció anteriormente, los concesionarios autorizados tienen la jurisdicción del Banco de la Reserva de la India para negociar las divisas y la seguridad extranjera del país. Para convertirse en un distribuidor autorizado por la FEMA, hay que presentar las solicitudes necesarias junto con todos los documentos pertinentes requeridos al Banco de la Reserva de la India.

Tras la debida evaluación, si la FEMA lo aprueba como distribuidor autorizado, es importante tener en cuenta que no le otorga carta blanca en divisas. Deberás presentar todos los documentos de tu transacción al RBI, en función de la categoría a la que pertenezca el concesionario autorizado cercano y a medida que te soliciten estos documentos.

Conclusión

Un agente autorizado de la FEMA es un agente autorizado, una casa de cambio, una unidad bancaria extraterritorial o cualquier otra persona autorizada por el momento en virtud de la subsección (1) de la sección 10 de la Ley a negociar divisas o valores extranjeros. La FEMA establece principalmente cuatro categorías de concesionarios autorizados y, para que una persona se convierta en concesionario autorizado, tiene que presentar las solicitudes necesarias, junto con todos los documentos pertinentes, al Banco de la Reserva de la India.

CA Kapil Mittal
El Sr. Kapil Mittal es socio de la firma y tiene una sólida formación legal y fiscal con más de 15 años de experiencia. Dirige la Práctica de Asesoramiento y Cumplimiento Tributario de la Firma. Se especializa en
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