Rutas de aprobación para la inversión directa en el extranjero (ODI) por parte del Partido Indio

Category:
FEMA
Published on:
October 21, 2021

Table of contents

Talk to Us
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.

One Firm,
Global Solutions

We support cross-border business with confidence and clarity.
Book a Call

En la fecha de hoy, las empresas indias están abandonando el país para realizar importantes inversiones en el mercado internacional. Estas inversiones directas (ODIs) en el extranjero han presentado una tendencia muy saludable, pero para poder participar en estas transacciones es necesario cumplir ciertas normas.

1. ¿Qué significan las transacciones de «inversión directa en el extranjero»?

  • Las inversiones directas en el extranjero están reguladas por el Reglamento de gestión de divisas (transferencia o emisión de cualquier valor extranjero), notificado mediante la Notificación No. FEMA.120/RB-2004 de fecha 7 de julio de 2004.
  • La inversión directa en el extranjero («ODI») se refiere a las inversiones realizadas por Partido Indio en las empresas conjuntas («JV») y las subsidiarias de propiedad absoluta («WOS») mediante:
    • Suscripción al Memorándum de una entidad extranjera; o
    • Compra de acciones existentes de entidades extranjeras, ya sea mediante compra en el mercado o colocación privada o a través de la bolsa de valores.
  • «Empresa conjunta (JV)» significa una entidad extranjera formada, registrada o constituida de conformidad con las leyes y reglamentos del país anfitrión en el que la parte india realiza una inversión directa;
  • «Filial de propiedad absoluta (WOS)» significa una entidad extranjera constituida, registrada o constituida de conformidad con las leyes y reglamentos del país anfitrión, cuyo capital total está en poder de la parte india;
  • «Partido Indio» significa:
    • una empresa constituida en la India o
    • un organismo creado en virtud de una ley del Parlamento o
    • una empresa asociada registrada en virtud de la Ley de Asociación Indígena de 1932
    • otra entidad en la India, según lo notifique el Banco de la Reserva

Por lo tanto, las personas o cualquier otra persona no están cubiertas por la definición de Partido Indio.

2. ¿Cuáles son las rutas para crear un ODI?

  • La inversión directa en el extranjero se puede realizar a través de las siguientes rutas:
    • Ruta automática: En el caso de las ODIs cubiertas por la ruta automática, una parte india no necesita ninguna aprobación previa del Banco de la Reserva de la India antes de realizar ninguna ODI.
    • Ruta de aprobación: Para las inversiones cubiertas por esta ruta, una parte india debe obtener la aprobación previa del RBI.
    • Ruta prohibida: Las inversiones en sectores prohibidos no están permitidas en absoluto.

3. ¿Qué sectores tienen prohibido fabricar una ODI?

  • Una Parte india puede realizar inversiones directas en el extranjero en cualquier actividad genuina.
  • Sin embargo, cualquier parte india tiene completamente prohibido hacer inversiones o compromisos financieros en entidades extranjeras que se dediquen a los sectores mencionados a continuación:
    1. Bienes raíces;
    2. Empresas bancarias.
  • El negocio inmobiliario significa la negociación de bienes inmuebles o derechos de desarrollo transferibles (TDR). Sin embargo, las siguientes actividades comerciales no se consideran bienes inmuebles:
    1. Desarrollo de los municipios;
    2. Construcción de locales residenciales/comerciales, carreteras y puentes.
  • Sin embargo, los bancos indios que operan en la India pueden establecer empresas conjuntas o WOSS en el extranjero, siempre que el Departamento de Regulación Bancaria (DBR), CO, RBI lo apruebe en virtud de la Ley de Regulación Bancaria de 1949.

4. ¿Qué transacciones están cubiertas por la ruta de aprobación automática por parte de Indian Party?

Se proporciona una ruta de aprobación automática para los siguientes sectores, siempre que se cumplan condiciones adicionales:

  1. Permiso general para todos los sectores
  2. Inversión en operaciones agrícolas en el extranjero, directamente o a través de oficinas en el extranjero
  3. Inversión en el capital de una empresa registrada en el extranjero
  4. Inversión en el sector de servicios financieros
  5. Inversión en un valor extranjero mediante permuta o canje de acciones de una empresa india

4.1 Permiso general de ODI para todos los sectores (Regulación 6 del Reglamento de gestión de divisas (transferencia o emisión de cualquier valor extranjero) (enmienda), 2004)

  • La ODI se puede realizar en cualquier sector, excepto en el sector prohibido o en la ruta de aprobación, siempre que se cumplan las condiciones mencionadas en la Regulación 6 de la Parte I del Reglamento de Gestión de Divisas (Transferencia o Emisión de cualquier Valor Extranjero) (Modificación) de 2004.

4.1.1 Condiciones que deben cumplirse para la ruta de aprobación automática

  • Una Parte india puede realizar inversiones directas en empresas conjuntas o WOS fuera de la India sin ningún requisito de obtener la aprobación previa del RBI, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
  • El total compromiso financiero* de la parte india en JV/WOS no superará el 100% del patrimonio neto de la parte india en la fecha del último balance auditado.
  • La empresa conjunta o WOS en el extranjero debe participar en una actividad empresarial genuina.
  • El Partido Indio no figura en la lista de cautela a los exportadores ni en la lista de morosos del sistema bancario del RBI distribuida por el RBI ni está siendo investigada por ningún organismo de investigación, cumplimiento u organismo regulador.
  • La parte india ha presentado declaraciones actualizadas en forma de tasa de interés anual con respecto a todas sus inversiones en el extranjero;
  • La Parte india canaliza todas las transacciones relacionadas con la inversión en una empresa conjunta o WOS a través de una sola sucursal de un concesionario autorizado que designe. Sin embargo, la Parte india puede designar diferentes sucursales para diferentes empresas conjuntas o WOS.
  • La Parte india presenta el formulario ODA a la sucursal designada de un concesionario autorizado.
  • A los efectos del cálculo del límite del 100% del patrimonio neto, se tendrá en cuenta lo siguiente:
    • remesas de efectivo mediante compras en el mercado y/o inversiones equivalentes en rupias en el caso de Nepal y Bután
    • capitalización de los ingresos de exportación y otros derechos y derechos;
    • el 50% del valor de las garantías emitidas por la parte india a la sociedad de empresa conjunta o filial de propiedad absoluta o en su nombre.
    • inversión en operaciones agrícolas a través de oficinas en el extranjero o directamente
    • Empréstito comercial externo de conformidad con otros parámetros de las directrices del BCE
    • Sin embargo, a pesar de las condiciones mencionadas anteriormente, no se permitirá la inversión en Pakistán.

* Compromiso financiero significa:

  • importe de la inversión directa en forma de contribución al capital social y al préstamo, y
  • el 50 por ciento del importe de las garantías emitidas por una parte india a su empresa conjunta o filial de propiedad absoluta en el extranjero o en su nombre

4.1.2 Fuente de financiación de la ODI

  • Para la aprobación automática, la inversión en ODI debe financiarse mediante una o más de las siguientes rutas:
    • con cargo a los fondos depositados en la cuenta en moneda extranjera («EEFC») de los cambiarios mantenida por la parte india.
    • la retirada de divisas de un concesionario autorizado en la India no supere el 100% del patrimonio neto de la Parte india en la fecha del último balance auditado. Aquí se considerarán nuevamente los factores considerados anteriormente para calcular el límite del 100%.
  • Una Parte india puede emitir ODI sin límite alguno en cualquier valor extranjero con el producto de su oferta internacional de acciones a través del mecanismo de la ADR y/o la RDA. Sin embargo,
    • la emisión de ADR/RDA se realizó de conformidad con el Plan de emisión de bonos convertibles y acciones ordinarias en moneda extranjera (mediante el mecanismo de recibos de depósito) de 1993 y las directrices emitidas periódicamente en virtud del mismo por el Gobierno Central;
    • La Parte india presenta los detalles completos de la inversión propuesta en el formulario ODA.

4.1.3 Otros puntos a tener en cuenta

  • Una Parte india puede conceder un préstamo o una garantía a JV/WOS y en su nombre dentro del compromiso financiero permitido. Sin embargo, el préstamo o la garantía solo se permitirán si la Parte india ha realizado una inversión a modo de contribución al capital social de la empresa conjunta.
  • Si la inversión se realiza en una empresa existente fuera de la India, la valoración de las acciones de la empresa se realizará de la siguiente manera:
    • la inversión supera los 5 millones de dólares: La valoración de las acciones la realizará un banquero comercial de categoría I registrado en la SEBI o un banquero de inversiones o banquero comercial fuera de la India registrado ante la autoridad reguladora correspondiente del país anfitrión;
    • La contraprestación se paga total o parcialmente mediante la emisión de acciones de la parte india: La valoración de las acciones la realizará un banquero comercial de categoría I registrado en la SEBI o un banquero de inversiones o banquero comercial fuera de la India registrado ante la autoridad reguladora correspondiente del país anfitrión;
    • En todos los demás casos: La valoración la realizará un contador público certificado o un contador público certificado.

4.2 Permiso general para invertir en operaciones agrícolas en el extranjero directamente o a través de oficinas en el extranjero (Regulación 6A)

  • Una empresa constituida en la India o una sociedad anónima registrada en virtud de la Ley de Asociación con la India de 1932 puede realizar operaciones agrícolas directamente o a través de sus oficinas en el extranjero, con sujeción a las siguientes condiciones:
    • por lo demás, la parte india reúne las condiciones para realizar inversiones en virtud de la Regulación 6 y que dicha inversión se encuentra dentro de los límites generales especificados en la Regulación 6.
    • En caso de adquisición de terrenos en el extranjero, la valoración de los terrenos es certificada por un tasador certificado registrado ante la autoridad de valoración correspondiente del país anfitrión.

4.3 Permiso general para invertir en acciones de una empresa registrada en el extranjero (Regulación 6B)

  • Una persona física residente o una empresa india que cotiza en bolsa o un fondo de inversión registrado en la India pueden invertir en
    • acciones de una sociedad extranjera que cotice en una bolsa de valores reconocida y que tenga a su nombre una participación no inferior al 10% en cualquier empresa india que cotice en bolsa el 1 de enero del año de la inversión, o
    • los bonos o valores de renta fija emitidos por sociedades con una calificación (a) superior a:
  • Sin embargo, la inversión estará sujeta a las siguientes condiciones:
    • en el caso de una inversión de una empresa india que cotiza en bolsa, la inversión no superará el 25% de la empresa india que cotiza en bolsa en la fecha de su último balance auditado;
    • en el caso de una inversión por parte de un fondo mutuo, la inversión no superará el límite estipulado por SEBI de vez en cuando;
    • todas las transacciones relacionadas con la compra y venta de acciones de la empresa extranjera o de bonos o valores se realizarán a través de la sucursal designada de un agente autorizado en la India.

4.4 Inversión en el sector de servicios financieros (Regulación 7)

  • Una parte india puede invertir en una entidad fuera de la India que participe en actividades de servicios financieros siempre que la parte india:
    • ha obtenido beneficios netos durante los tres ejercicios financieros anteriores por las actividades de servicios financieros;
    • está registrado en la autoridad reguladora de la India para llevar a cabo las actividades de servicios financieros;
    • ha obtenido la aprobación de las autoridades reguladoras pertinentes, tanto en la India como en el extranjero, para incursionar en dicha actividad en el sector financiero;
    • ha cumplido las normas prudenciales relativas a la adecuación del capital prescritas por la autoridad reguladora competente de la India.

(2) cualquier inversión adicional por parte de una empresa conjunta o WOS existente o de su sociedad disociada en el sector de los servicios financieros se realizará únicamente después de cumplir las condiciones mencionadas anteriormente.

4.5 Inversión en un valor extranjero mediante permuta o canje de acciones de una empresa india (Regulación 8)

  • Una Parte india puede adquirir acciones de una empresa extranjera que se dedique a negocios de buena fe a cambio de ADR/GDR emitidas a la empresa extranjera de conformidad con el plan de emisión de bonos convertibles en moneda extranjera y acciones ordinarias (mediante el mecanismo de recibo de depósito) de 1993, y las directrices emitidas periódicamente en virtud del mismo por el Gobierno Central, con sujeción a las siguientes condiciones:
    • la Parte india ya ha realizado una emisión de ADR y/o RDA y que dichos ADR/GDR cotizan actualmente en cualquier bolsa de valores fuera de la India;
    • dicha ODI de la Parte india no supera una cantidad equivalente a 10 veces los ingresos de exportación de la Parte india durante el ejercicio financiero anterior, tal como se refleja en su balance auditado, incluidas todas las inversiones realizadas en virtud del Reglamento de la Parte I.
    • la emisión de ADR y/o la RDA con fines de adquisición está respaldada por nuevas acciones subyacentes emitidas por la Parte india;
    • la participación total en la Parte india por parte de personas residentes fuera de la India en la base de capital ampliada, tras la emisión del nuevo ADR y/o la RDA, no supera el límite sectorial prescrito en las regulaciones pertinentes para dicha inversión;
    • se realiza la valoración de las acciones de la sociedad extranjera,
      • según las recomendaciones del banquero de inversiones si las acciones no cotizan en ninguna bolsa de valores; o
      • sobre la base de la capitalización bursátil actual de la empresa extranjera, calculada sobre la base del precio promedio mensual en cualquier bolsa de valores extranjera durante los tres meses anteriores al mes en que se compromete la adquisición y, además, la prima, si la hubiera, según lo recomendado por el banquero de inversiones en su informe de diligencia debida en otros casos.
  • En un plazo de 30 días a partir de la fecha de emisión de las ADR y/o GDR a cambio de la adquisición de acciones de la empresa extranjera en virtud de la subregulación (1), la Parte india presentará un informe en el formulario ODG al Banco de la Reserva.

5. ¿Para qué ODI se requiere la aprobación del RBI?

Para seguir a ODI, se requiere la aprobación previa del RBI

i) Inversiones extranjeras en el sector de la energía y los recursos naturales que superen el límite prescrito del patrimonio neto de las empresas indias en la fecha del último balance auditado;

ii) Inversiones en entidades extranjeras no constituidas en sociedades anónimas en el sector petrolero por parte de sociedades residentes que superen el límite prescrito de su patrimonio neto a la fecha del último balance auditado, siempre que la propuesta haya sido aprobada por la autoridad competente y esté debidamente respaldada por una copia certificada de la resolución del Consejo por la que se aprueba dicha inversión. Sin embargo, las empresas del sector público de Navaratna, ONGC Videsh Ltd y Oil India Ltd pueden invertir en entidades extranjeras no constituidas en sociedad o sin personalidad jurídica en el sector petrolero (es decir, para la exploración y perforación de petróleo y gas natural, etc.), que estén debidamente aprobadas por el Gobierno de la India, sin ningún límite, por la vía automática;

iii) Inversiones en el extranjero realizadas por empresas propietarias y sociedades anónimas no registradas que cumplan ciertos criterios de elegibilidad;

iv) Inversiones de fideicomisos o sociedades registrados (que cumplen ciertos criterios de elegibilidad) que participan en el sector manufacturero, educativo y hospitalario en el mismo sector en una empresa conjunta o WOS fuera de la India;

v) Garantía corporativa de la Parte india al segundo y subsiguiente nivel de Step Down Filial (SDS);

vi) Todas las demás formas de garantía ofrecidas por la Parte india para su primer y subsiguiente nivel de SDS;

vii) Reestructuración del balance de JV/WOS que implica la cancelación del capital y las cuentas por cobrar de las cuentas por cobrar de las empresas indias que cotizan o no cotizan en bolsa que cumplen ciertos criterios de elegibilidad mencionados en la regla 16A de la notificación ibíd.

viii) La capitalización de los ingresos de exportación que no se hayan realizado más allá del período de realización prescrito requerirá la aprobación previa del Banco de la Reserva; y

ix) El Banco de la Reserva podrá considerar las propuestas de la parte india para asumir compromisos financieros sin contribución de capital en JV/WOS siguiendo la ruta de aprobación según los requisitos comerciales de la Parte india y los requisitos legales del país anfitrión en el que se encuentre JV/WOS.

CA Kapil Mittal
El Sr. Kapil Mittal es socio de la firma y tiene una sólida formación legal y fiscal con más de 15 años de experiencia. Dirige la Práctica de Asesoramiento y Cumplimiento Tributario de la Firma. Se especializa en
Know More About The Author

Recent Blogs

Póngase en contacto con nosotros

¡Nos encantaría saber de ti! Rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.