El gobierno de Haryana ha presentado una nueva iniciativa llamada Plan de liquidación única de Haryana para la recuperación de las cuotas pendientes, 2025, cuyo objetivo es ayudar a las empresas y a las personas a liquidar sus cuotas tributarias pendientes de forma simplificada. Publicado en la Gaceta del Gobierno de Haryana el 27 de marzo de 2025, este plan permite a los contribuyentes liquidar sus impuestos, intereses o multas pendientes en virtud de diversas leyes tributarias mediante el pago de una cantidad reducida sin intereses ni multas. Este artículo analiza el plan de liquidación única de Haryana, 2025.
1. Antecedentes y objetivo
El impuesto sobre bienes y servicios (GST), introducido el 1 de julio de 2017, sustituyó a varios impuestos indirectos, como la Ley del Impuesto al Valor Añadido (IVA) de Haryana de 2003, la Ley CST, el impuesto de entrada, etc. Esto dejó a muchas empresas con disputas fiscales sin resolver por los impuestos indirectos aplicables bajo el régimen anterior al GST, y que a menudo se ven atrapadas en batallas legales, lo que crea problemas tanto para las empresas como para el sistema judicial estatal.
Por lo tanto, teniendo en cuenta el éxito del Plan de Liquidación Única de 2023, el Gobierno de Haryana ha creado una versión 2.0 del mismo con más beneficios. El plan tiene como objetivo:
- Minimice el litigio: Simplificar la resolución de las controversias tributarias para reducir la carga de los juzgados y tribunales.
- Alivie las cargas financieras: Ofrecer exenciones de intereses y multas, junto con una posible devolución de impuestos, para brindar alivio a los contribuyentes.
- Aumente los ingresos estatales: Fomentar las liquidaciones rápidas para recuperar las cuotas pendientes, lo que contribuye al crecimiento económico de Haryana.
- Promover el cumplimiento: Fomentar un sistema tributario transparente y equitativo que permita a las empresas liquidar las cuotas atrasadas y empezar de cero.
2. ¿Aplicabilidad del esquema OTS de Haryana?
El plan de liquidación única de Haryana, 2025, es un programa gubernamental que ayuda a las personas o empresas a liquidar los impuestos, intereses o multas impagos con respecto a los impuestos aplicables antes del 1 de julio de 2017.
El esquema OTS-2025 es aplicable a la demanda tributaria cuantificable pendiente en virtud de las siguientes leyes:
- Ley del impuesto al valor agregado de Haryana, 2003
- Ley central del impuesto sobre las ventas de 1956
- Ley del impuesto de Haryana sobre los artículos de lujo, 2007
- Ley del impuesto sobre el entretenimiento de Haryana, 1955
- Ley general del impuesto sobre las ventas de Haryana, 1973
- Ley del impuesto de desarrollo del área local de Haryana, 2000
- Ley del impuesto de Haryana sobre la entrada de mercancías en áreas locales, 2008
Según la OTS de 2025, los solicitantes pueden pagar un «monto de liquidación» reducido en lugar de la totalidad de las cuotas, con una exención de intereses y multas.
3. ¿Quién es elegible para presentar una solicitud en virtud de la OTS, 2025?
Cualquier persona, esté registrada o no, que tenga cuotas pendientes cuantificadas para el período que finaliza el 30 de junio de 2017, puede optar por aprovechar los beneficios del Plan OTS de 2025. Cabe señalar que las cuotas pendientes cuantificadas deben corresponder al período que finaliza el 30 de junio de 2017, pero pueden haberse decidido en cualquier momento a partir de la fecha de presentación de la solicitud (OTS-1).
En consecuencia, los siguientes contribuyentes pueden optar por OTS, 2025:
- Contribuyente con cuotas pendientes cuantificables para el período que finalizó el 30 de junio de 2017;
- El monto de la demanda se determina hasta la fecha de presentación de una solicitud en virtud de OTS, 2025;
- Los contribuyentes que han presentado una apelación ante los tribunales o tribunales (como el Tribunal Fiscal de Haryana, el Tribunal Superior de Punjab y Haryana o el Tribunal Supremo) pero que tienen la intención de retirarla antes de presentar una solicitud ante la OTS de 2025.
4. ¿Quién no es elegible para optar por OTS, 2025?
Los siguientes solicitantes no podrán optar al régimen:
- contra quienes se hayan iniciado procedimientos penales en virtud de las leyes pertinentes;
- cuando la solicitud se refiera a reembolsos erróneos en virtud de la Ley pertinente.
- cuya solicitud en virtud del Plan OTS 2023 no ha sido rechazada hasta el día designado para este plan.
Dichos solicitantes no podrán optar por este plan únicamente durante ese año en particular en virtud de la ley pertinente en la que se inicie dicho procedimiento.
5. ¿Un contribuyente con una demanda pendiente está obligado a optar por OTS, 2025?
- No, una persona puede optar por el Plan OTS en virtud de todas las leyes pertinentes o cualquiera de las leyes pertinentes.
- Tiene que optar por todos los años en virtud de una ley pertinente en la que tiene las cuotas pendientes cuantificadas.
- El importe acumulado de las cuotas pendientes cuantificadas se tendrá en cuenta en el marco del plan.
6. Proceso de presentación de la solicitud en virtud de la OTS, 2025
El contribuyente deberá seguir el siguiente proceso para presentar una solicitud en virtud de Haryana OTS, 2025:
- Proceso de solicitud
- Los solicitantes deben completar la solicitud en línea en el formulario OTS-1 dentro de los 180 días a partir del 1 de abril de 2025;
- El importe liquidado se puede pagar de una sola vez o en cuotas.
- Junto con la solicitud, se debe presentar una declaración que indique que toda la información proporcionada es verdadera. Si alguna información es falsa o está incompleta, la solicitud puede ser rechazada.
- El contribuyente debe presentar una solicitud por separado en virtud de cada ley.
- Sin embargo, se debe presentar una sola solicitud para todos los años en virtud de una ley pertinente.
- Forma de realizar el pago:
- El solicitante puede optar por pagar el importe de la liquidación en una suma global o en cuotas.
- Cuando el pago se realice en una suma global, el importe adeudado según OTS, 2025 se pagará antes de la presentación de la solicitud en el formulario OTS-1.
- Sin embargo, cuando el pago se realice en cuotas, la primera cuota se realizará con la solicitud OTS-1 y la segunda en un plazo de 60 días a partir de la emisión de la orden provisional en el FORMULARIO OTS-4A.
- Procesamiento:
- La autoridad fiscal local comprobará la exactitud de la solicitud en un plazo de 45 días.
- Si todo está en orden, se emitirá una orden de liquidación final en el formulario OTS-4. Sin embargo, en caso de que surja algún problema, se emitirá una notificación de deficiencia en el formulario OTS-3 y el solicitante deberá proporcionar la información en un plazo de 15 días.
- Si el solicitante no soluciona los problemas o no retira las apelaciones, la solicitud será rechazada en el formulario OTS-5 y los procedimientos legales pueden continuar contra el contribuyente.
7. ¿Solicita el Plan una persona o un evaluado cuya apelación esté pendiente ante la autoridad de apelación en virtud de la ley, el Tribunal Superior o el Tribunal Supremo pertinentes?
Respuesta: Sí. Una persona o un evaluado que tenga una apelación pendiente puede solicitar el Sistema siempre que deba retirar la apelación total e incondicionalmente en un plazo de 60 días a partir de la fecha de emisión de la orden provisional OTS-4A y presentar la prueba de dicha retirada de la apelación ante la autoridad jurisdiccional.
8. Pago de impuestos según OTS-2025
El contribuyente debe realizar el siguiente pago para liquidar las cuotas en virtud de la OTS-2025;
Demanda tributaria pendiente
Exención del importe del impuesto
El importe de liquidación de las cuotas tributarias tal como se indica en la columna
Una cantidad interesante a pagar en virtud de OTS, 2025
Importe de la multa pagadera en virtud de OTS, 2025
Hasta 10 000 000 rupias
1.00,000
40% del importe del impuesto sobre el saldo
0%
0%
Por encima de 10 000 000 a 10 000 000 rupias
0
50% del importe del impuesto
0%
0%
Más de 10 000 000 rupias
0
100% del importe del impuesto
0%
0%
9. Opciones de pago bajo OTS
Para adaptarse a empresas de diferentes capacidades financieras, el esquema OTS-2025 ofrece opciones de pago flexibles:
- Pago único: los solicitantes pueden pagar el monto total de la liquidación en un solo pago.
- Pagos en cuotas: Para cuotas más altas, los pagos se pueden distribuir en cuotas según el Anexo II del plan. Por ejemplo:
- Las cuotas entre 10 lakh y 25 lakh de rupias* se pueden pagar en dos cuotas del 50% cada una.
- Las cuotas superiores a 25 lakh* rupias* se pueden pagar en tres cuotas: el 40% en los primeros 90 días, el 30% en los próximos 90 días y el 30% en los últimos 90 días.
- Fecha límite de pago: los pagos deben completarse dentro del período operativo de 180 días (antes del 30 de septiembre de 2025). El incumplimiento del calendario de pagos implica la retirada de la orden de liquidación provisional.
10. ¿Se ajustará en virtud del Plan cualquier pago realizado antes del día designado?
No, ningún importe de impuesto, interés o multa, o cualquier otra suma pagada por el solicitante antes del día designado, no se deducirá del importe de liquidación en virtud de este plan ni se reembolsará en virtud del plan
11. Comparación con el esquema OTS-2023
El esquema OTS-2025 mejora el esquema OTS-2023 de varias maneras:
- Estructura simplificada: A diferencia de la OTS-2023, que clasificó las cuotas en cuatro grupos (indiscutibles, impugnadas, tasadas y con disparidades de tarifas) con porcentajes de pago variables (del 30 al 100%), la OTS-2025 utiliza un enfoque único y unificado basado en el Anexo A, lo que reduce la complejidad.
- Aplicación única: La OTS-2025 requiere solo una solicitud para todos los años en virtud de una ley relevante, a diferencia del requisito de la OTS-2023 de presentar solicitudes separadas por año.
- Exención adicional: La exención de 1 lakh de rupias para cuotas de hasta 10 lakh de rupias es una característica nueva que hace que el plan sea más atractivo para las pequeñas empresas.
Cronograma extendido: La OTS-2025 ofrece un período de 180 días (del 1 de abril al 30 de septiembre de 2025), en comparación con el período de 90 días de la OTS-2023 (del 1 de enero al 30 de marzo de 2024).