La Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas («CBIC») implementó una nueva funcionalidad de «Autenticación de Aadhaar» para nuevos registros de GST con efecto a partir del 21 de agosto de 2020. El objetivo de la autenticación de Aadhaar era interconectar la información disponible en diferentes dominios a través del número de Aadhar. Posteriormente, se publicó un procedimiento operativo estándar para tomar medidas estrictas contra los contribuyentes que no llevaran a cabo la autenticación Aadhar.
A partir del 6 de enero de 2021, se implementó la funcionalidad de «Autenticación de Aadhaar» y «e-KYC», cuando el número de Aadhar no esté disponible, para los contribuyentes actuales. Por lo tanto, todos los contribuyentes actuales deben completar la «autenticación Aadhaar» o el «e-KYC».
En este artículo, hemos analizado en detalle la «autenticación de Aadhar» para los contribuyentes actuales.
1. ¿Quién está obligado a llevar a cabo la «autenticación de Aadhaar»?
Todos los siguientes contribuyentes registrados pueden realizar su autenticación de Aadhaar o e-KYC en el portal GST:
Contribuyentes regulares (incluidos los contribuyentes ocasionales, las unidades/desarrolladores de la ZEE),
Distribuidor de servicios de entrada («ISD») y
Composición de los contribuyentes.
Sin embargo, esto no es aplicable a los departamentos gubernamentales, las empresas del sector público, las autoridades locales y los organismos estatutarios.
Al iniciar sesión en el portal GST, aparecerá el siguiente mensaje:
Por lo tanto, una persona puede completar el proceso de autenticación haciendo clic en «Sí, navega a mi perfil» o puede posponerlo haciendo clic en «Recuérdamelo más tarde»
2. ¿Es obligatoria la «autenticación de Aadhaar» para todos los directores y signatarios autorizados?
La autenticación debe realizarse para el firmante principal autorizado y para cualquiera de las personas que sean propietarias, socias, directoras, socias administrativas/karta de la entidad. Por lo tanto, la autenticación de Aadhar no es obligatoria para todos los directores.
Si se designa a la misma persona como firmante autorizado y director/socio/propietario, la autenticación aadhar solo debe realizarse una vez para esa persona.
3. Opción para completar el proceso de autenticación
Una vez que una persona se haya registrado, haga clic en»Sí, navega a mi perfil» entonces el sistema lo guiará y se mostrarán las siguientes 2 opciones:
Enviar enlace de autenticación de Aadhaar
Cargar documentos de e-KYC
En caso de que el número de Aadhar no esté disponible, una persona puede optar por cargar los documentos KYC para completar el proceso de autenticación.
4. Proceso de autenticación mediante el número de Aadhar
Si una persona selecciona la opción de autenticación mediante el «número de Aadhaar», el sistema mostrará una lista de todas las personas (es decir, directores, socios o propietarios) y se podrá seleccionar a la persona interesada para completar el proceso.
La persona debe seleccionar el promotor/socio para la autenticación de Aadhaar marcando la casilla correspondiente a dicha persona.
Nota:
Al seleccionar la casilla de verificación, el estado cambia y pasa a ser necesaria la autenticación de Aadhaar.
En caso de que la columna de Promotor/Socio muestre más de un nombre, el contribuyente solo puede seleccionar uno de ellos.
Si el promotor/socio es el mismo que el firmante principal autorizado, en ese caso, la casilla de verificación junto al nombre se seleccionará automáticamente y el contribuyente tendrá que hacer clic directamente en el ENLACE ENVIAR VERIFICACIÓN.
Al hacer clic en «Enviar enlace de verificación», el sistema mostrará un mensaje indicando que el enlace se ha enviado a la identificación de correo electrónico y al número de teléfono registrados.
Después de enviar el enlace de verificación, el sistema cambiará el estado a «Pendiente de autenticación de Aadhar»
Se recibirá un enlace común tanto en la identificación de correo electrónico como en el número de teléfono registrados, y dicho enlace seguirá siendo válido durante 15 días.
La persona registrada deberá hacer clic en el enlace recibido para la verificación de Aadhar y seleccionar el «Consentimiento para la autenticación». Luego, la persona debe ingresar un número de Aadhar o un VID.
Tras hacer clic en «Validar VID» o «Validar Aadhar», el sistema enviará la OTP al correo electrónico registrado y al número de teléfono móvil del firmante autorizado registrado en la UIDAI. Tras introducir dicha OTP y hacer clic en el botón «VALIDAR OTP», el proceso de autenticación de Aadhar finalizará y el sistema mostrará el siguiente mensaje:
4.1 Puntos importantes para la autenticación de Aadhaar para el registro del GST
Si se utiliza un enlace de autenticación de Aadhaar una vez para la autenticación, no se podrá volver a acceder al mismo enlace de autenticación.
La ventana emergente de mensajes con la autenticación pendiente de Aadhaar no volverá a aparecer cuando el contribuyente inicie sesión en el portal del GST. Sin embargo, hasta que se complete la autenticación, el contribuyente recibirá tres recordatorios por correo electrónico para que autentique el Aadhaar los días 5, 10 y 15.
En caso de que el enlace caduque antes de que se complete la autenticación de Aadhaar, el contribuyente volverá a recibir la ventana emergente de mensajes al iniciar sesión en el portal GST.
Si de las 2 personas requeridas, la autenticación de Aadhaar se completa solo para una persona y otra está pendiente, aparecerá un mensaje emergente del sistema cada vez que el contribuyente inicie sesión en el portal del GST. El contribuyente debe completar la autenticación de otra persona por el mismo medio.
Si ambas personas han intentado autenticar a Aadhaar y ambas han fracasado o no lo han intentado hasta dentro de 15 días, aparecerá una ventana emergente cada vez que un contribuyente inicie sesión en el portal del GST. Una vez más, el contribuyente tendrá dos opciones: cargar los documentos electrónicos de KYC o enviar un enlace de verificación.
5. Proceso de autenticación mediante e-KYC
Si un contribuyente no está disponible con el número de Aadhar o su número de teléfono móvil y su dirección de correo electrónico no están vinculados con el número de Aadhar, puede optar por completar la verificación a través de e-KYC.
Al seleccionar «CARGAR DOCUMENTOS E-KYC», empezará a aparecer la lista de todas las personas.
El sistema proporcionará una lista desplegable de los tipos de documentos que se pueden cargar para e-KYC. El contribuyente puede seleccionar cualquiera de los siguientes documentos:
Número de inscripción de Aadhaar
Pasaporte
EPIC (tarjeta de identificación de votante)
Formulario KYC
Certificado emitido por la autoridad competente
Otros
Al cargar correctamente el documento seleccionado, el sistema mostrará el siguiente mensaje:
Al subir los documentos, se generará un ARN para ello, que pasará a la cola de funcionarios tributarios y el funcionario tributario podrá aprobar o rechazar los documentos.
Si el funcionario tributario aprueba el documento, el contribuyente se considerará autenticado por E-KYC y no autenticado por Aadhaar. No aparecerá ningún mensaje emergente después de la aprobación del funcionario tributario jurisdiccional.
Sin embargo, si el contribuyente desea autenticar a Aadhaar, puede hacerlo accediendo a MI PERFIL > ESTADO DE AUTENTICACIÓN DE AADHAAR > ENVIAR ENLACE DE AUTENTICACIÓN DE AADHAAR. Los contribuyentes no podrán volver a subir documentos si una vez han sido aprobados por el funcionario tributario. Sin embargo, los contribuyentes pueden ver el documento cargado en la columna Cargar un documento con el sistema E-KYC.
Hasta el momento en que el funcionario tributario no tome ninguna medida con respecto al ARN, el contribuyente no podrá volver a cargar los documentos.
Si el funcionario tributario rechaza los documentos, el contribuyente volverá a ver la misma ventana emergente cada vez que inicie sesión en el portal del GST y se seguirá el mismo procedimiento.
Si el contribuyente no ha realizado la autenticación de Aadhaar a través del enlace, en ese caso volverá a aparecer la ventana emergente de autenticación de Aadhaar.
6. Límite de tiempo para completar el proceso de autenticación
Por el momento, el CBIC no proporciona ningún límite de tiempo para completar el proceso de autenticación. Sin embargo, se sugiere completar el mismo lo antes posible.
CA Kapil Mittal
El Sr. Kapil Mittal es socio de la firma y tiene una sólida formación legal y fiscal con más de 15 años de experiencia. Dirige la Práctica de Asesoramiento y Cumplimiento Tributario de la Firma. Se especializa en