9 Modificación del GST en vigor a partir del 1 de octubre de 2022 | Ley de Finanzas, 2022

Published on:
October 11, 2022

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La Ley de Finanzas de 2022 introdujo varias enmiendas en la Ley del GST. Sin embargo, la mayoría de las enmiendas no se implementaron hasta la fecha. Ahora, con efecto a partir del 1 de octubre de 2022, se aplicarán las siguientes modificaciones.

1. Se amplía la fecha límite para solicitar el ITC y solo se puede solicitar el ITC que cumpla los requisitos: enmienda en el artículo 16 (artículo 100 de la Ley de Presupuestos de 2022)

1.1 Ampliación de la fecha límite para solicitar el ITC

  • Según la sección 16 (4), el ITC con respecto a una factura puede reclamarse hasta una fecha anterior a una de las siguientes:
    • Fecha límite de presentación de la declaración del mes de septiembre del año siguiente; o
    • Fecha de presentación de la declaración anual del año al que se refiere la factura
  • Sin embargo, mediante la Ley de Finanzas de 2022, dicha fecha se ha extendido hasta el 30 de noviembre del año siguiente.
  • Por lo tanto, las facturas del ITC correspondientes al año fiscal 2023 pueden reclamarse hasta el 30 de noviembre o hasta la fecha real de presentación de la declaración anual, lo que ocurra primero.
  • Los contribuyentes saben que se puede solicitar el ITC por las facturas que aparecen en el GSTR-2B. Por lo tanto, si el proveedor no ha subido alguna factura al GSTR-1 o no la ha modificado en el GSTR-1 si fuera necesario, la fecha límite para presentar dicha modificación será la fecha límite del GSTR-1 del mes de octubre del año siguiente.
  • Por ejemplo,
    • El proveedor no ha subido la factura fechada el 10 de marzo de 2023 en su GSTR-1.
    • Ahora el proveedor carga dicha factura en el GSTR-1 de octubre de 2022. Sin embargo, presenta dicho GSTR-1 el 15 de noviembre de 2022, es decir, después de la fecha de vencimiento.
    • Ahora bien, dicho ITC no aparecerá en el GSTR-2B del mes de octubre del destinatario. Más bien, lo mismo aparecerá en el GSTR-2B de noviembre. Por lo tanto, los destinatarios no podrán utilizar el ITC en dicha factura, ya que el GSTR-3B del mes de noviembre se presentará después del 30 de noviembre de 2022.

1.2 Restricción a la hora de solicitar el ITC:

  • El artículo 16 (2) de la Ley CGST especifica las condiciones en las que se puede reclamar al ITC, como que se deben haber recibido bienes o servicios no subyacentes.
  • Ahora se ha insertado una nueva condición según la cual dicho ITC no debe restringirse en virtud de la Sección 38.
  • El artículo 38 establece varios suministros internos por los que el destinatario no tendrá derecho a solicitar el ITC.

2. Cambios en las disposiciones sobre la cancelación del registro del GST: artículo 29 de la Ley CGST

  • En el caso de un concesionario compuesto, el registro anterior del GST se cancela si la declaración del GST no se ha presentado durante 3 períodos impositivos consecutivos. Sin embargo, el registro del GST se cancelará si la declaración correspondiente a un ejercicio financiero no se presenta más allá de los tres meses siguientes a la fecha límite de presentación de dicha declaración.
  • En consecuencia, el registro del GST quedará cancelado si el formulario GSTR-4 (la fecha límite es el 25 de abril del siguiente año fiscal) no se presenta más de 3 meses a partir del 25 de abril.
  • En el caso de concesionarios que no sean concesionarios de composición, el registro del GST se cancela si las declaraciones del GST no se presentan durante un período continuo de seis meses. Sin embargo, ahora se prescribirá un período de incumplimiento.

3. Fecha límite extendida para la presentación de notas de crédito: sección 34 de la Ley CGST

  • La sección 34 trata de las notas de crédito y débito.
  • Según la Sección 34 (2) de la Ley CGST, el proveedor que emita una nota de crédito proporcionará los detalles de dicha nota de crédito en la declaración del GST del período impositivo durante el cual se emita dicha nota de crédito, pero a más tardar en septiembre siguiente al final del ejercicio financiero en el que se realizó dicha entrega, o en la fecha de presentación de la declaración anual correspondiente, lo que ocurra primero.
  • Sin embargo, dado que el plazo para hacer uso del ITC se ha extendido hasta noviembre del año siguiente, la fecha límite para presentar la nota de crédito se ha extendido hasta noviembre del año siguiente.

4. Plazo extendido para presentar una enmienda en el GSTR-1, sección 37 de la Ley CGST

  • El plazo para hacer uso del ITC se ha extendido hasta noviembre del año siguiente. Por lo tanto, el departamento ha extendido el plazo para presentar la rectificación de errores u omisiones en el GSTR-1 hasta una de las siguientes fechas:
    • 30 de noviembre del año siguiente. (Antes era el 30 de septiembre); o
    • Fecha de presentación de la declaración anual.

5. Disposiciones más estrictas del ITC: sustitución del artículo 38 de la Ley CGST (artículo 104 de la Ley de Finanzas de 2022)

a. Artículo 38 anterior

  • La sección 38 se redactó de acuerdo con el modelo de GST que se planificó implementar inicialmente, es decir, el destinatario tomará medidas, es decir, aceptar, modificar o eliminar cada factura que aparezca en su informe de suministros entrantes, es decir, la GSTR-2A/2B.
  • Sin embargo, este modelo de comunicación bidireccional nunca se implementó y, por lo tanto, las disposiciones de la Sección 38 se vuelven redundantes.

b. Sustituyó la sección 38

  • Ahora, la Ley de Finanzas de 2022 ha sustituido a la Sección 38, Comunicación de detalles sobre los suministros internos y el crédito tributario soportado. La nueva sección contiene las siguientes disposiciones:
    • Subsección (1): Los detalles del suministro externo proporcionados por el proveedor se proporcionarán al destinatario mediante un informe generado automáticamente. Este informe ya está implementado en el portal del GST en los formularios GSTR-2A y GSTR-2B.
    • Subsección (2): El informe de rellenado automático del ITC en el informe de suministros entrantes se dividirá en las 2 partes siguientes, a saber:
      • detalles de los suministros entrantes respecto de los cuales el ITC está a disposición del destinatario, es decir, el ITC elegible.
      • detalles de los suministros para los que no se puede hacer uso de dicho crédito, ya sea total o parcialmente, es decir, no es elegible para el ITC.
  • Los siguientes suministros se marcarán como no aptos:
    • Suministros fabricados por un proveedor que haya obtenido un nuevo registro en el GST hasta el período que se prescriba.
    • Suministros realizados por una persona registrada que no ha pagado el GST durante un período de tiempo específico. Esta entrada abarca a los proveedores que han presentado su GSTR-1 antes de la fecha límite especificada, pero no han presentado el GSTR-3B.
    • Suministros realizados por una persona registrada cuyo impuesto repercutido pagadero según el GSTR-1 supere el impuesto repercutido pagado por él en el GSTR-3B en el límite que pueda prescribirse
    • Suministros de proveedores que han utilizado el ITC en el GSTR-3B por encima del ITC elegible.
    • El proveedor no ha cumplido con su obligación tributaria según la Sección 49 (12). Según el artículo 49 (12) de la Ley CGST, recientemente introducido, el Gobierno puede especificar la proporción máxima de la obligación tributaria repercutida que una persona registrada o un grupo de personas registradas pueden liquidar mediante el libro de contabilidad crediticia electrónico. Por lo tanto, la responsabilidad que supere el límite especificado debe pagarse en efectivo.
  • Haga clic aquí para leer la decodificación completa de la Sección 38.

5. Cambios en las fechas de vencimiento del sujeto pasivo no residente: artículo 39 de la Ley CGST

  • Los sujetos pasivos no residentes deben presentar una declaración del GST mensualmente en el formulario GSTR-5 antes del 20 del mes siguiente.
  • Sin embargo, dicha fecha límite se ha reducido hasta el 13 del mes siguiente.

6. Eliminación de secciones redundantes

  • Las secciones 42, 43 y 43A omitieron o dejaron sin efecto la disposición relacionada con el GSTR 2 y 3.

7. Cargo por presentación tardía en el GSTR-8

  • El recargo por demora se cobrará en caso de presentación tardía del GSTR-8 en 100 rupias por día. Cargos máximos por pago atrasado: 10.000/-.

8. Transferencia del saldo de caja entre el GSTIN en el marco del mismo PAN

  • En muchos casos, el saldo se encuentra en el libro de caja electrónico de un estado y la obligación del GST de otro estado se paga en efectivo.
  • Esta práctica provoca un bloqueo innecesario del capital circulante. Sin embargo, hasta ahora no había ninguna ventana disponible para la transferencia de fondos de un GSTIN a otro GSTIN.
  • Según lo recomendado por el Consejo del GST, una persona registrada puede transferir el saldo del libro de crédito electrónico de un GSTIN a otro GSTIN con el mismo PAN.

9. Intereses sobre el ITC utilizados y utilizados indebidamente: artículo 50 de la Ley CGST

  • Cuando el crédito tributario soportado se haya utilizado y utilizado indebidamente, la persona registrada pagará intereses por dicho crédito tributario soportado y utilizado indebidamente, a una tasa que no supere el 24%, según pueda notificar el Gobierno, siguiendo las recomendaciones del Consejo, y los intereses se calcularán de la manera que se prescriba».
  • Solo si se utiliza un ITC mal utilizado, se aplicarán intereses del 24%.
CA Vipin Tyagi
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